Si de los resultados analíticos surgieran porcentajes, en los valores culturales, inferiores a los que fijan los padrones en vigencia, la
Unidad Ejecutora podrá deteriminar para las partidas en infracción su comiso, reexportación, cambio de destino, o destrucción.
Lo mismo será aplicable por la Dirección de Sanidad Vegetal cuando a su
juicio no se cumplan los requisitos fitosanitarios establecidos.