Fecha de Publicación: 24/03/1983
Página: 522-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 111

   Tratándose de exportaciones de semillas certificadas, con resultado de análisis de vigencia, se considerará a la etiqueta de certificación como Certificado Oficial de Análisis de Calidad.


                                CAPITULO VII

      Del Registro General de Productores y Comerciantes de Semillas
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