El Ministerio de Agricultura y Pesca, a través de su Unidad Ejecutora, fiscalizará la producción y la comercialización de las semillas con las facultades previstas en la ley respectiva.
La fiscalización de semillas comerciales, importadas o nacionales, en
depósitos particulares o fiscales y las semillas certificadas, estará a
cargo de la Unidad Ejecutora del Ministerio de Agricultura y Pesca.
Los análisis correspondientes serán realizados por la Dirección de
Laboratorio de Análisis del Ministerio de Agricultura y Pesca o por el
laboratorio que a los efectos de la certificación mantenga la Unidad
Ejecutora.