Fecha de Publicación: 23/03/1984
Página: 515-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

   Las asignaciones de inversión son globales por proyecto. Las unidades
ejecutoras responsables de los mismos efectuarán sus imputaciones de
acuerdo con la clasificación del gasto público según su objeto. Para los
organismos no comprendidos en el Presupuesto Nacional, las asignaciones de
inversión se aprobarán a nivel de rubro.
Ayuda