Fecha de Publicación: 03/04/2019
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 104

   (Departamento de Investigación de Delitos Especiales) Estará a cargo de un Oficial Jefe del Subescalafón Ejecutivo y tendrá los siguientes cometidos:
        a)   Ejecutar las actividades concernientes a la investigación de
             los delitos tipificados en leyes especiales como: violencia
             sexual comercial o no comercial cometida contra niños,
             adolescentes o incapaces, trata de personas, tráfico de
             personas, cuando sean competencia de alguno de los Juzgados
             Letrados de 1ra. Instancia en lo Penal Especializados en
             Crimen Organizado (Art. 5° Ley 18.494 del 05 de junio de
             2009).
        b)   Otras que se le asignen por parte de la D.I.P.N. o por
             disposición del Ministerio Público y Fiscal.
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