Fecha de Publicación: 03/04/2019
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 118

   (Cometidos del Sub Director) Son cometidos específicos del Sub Director:
        a) Dirigir y controlar todo el funcionamiento de la Dirección,
           apoyando al Director en tareas específicas.
        b) Se hará cargo del Despacho de la Dirección en ausencia del
           titular.
        c) Asistir al Director en aspectos ejecutivos de coordinación,
           planificación, supervisión, análisis tácticos y enlaces entre
           los Departamentos, equipos o fuerzas que participan en
           operaciones especiales en diferentes jurisdicciones en forma
           simultánea.
        d) Dirigir y supervisar toda la labor de los departamentos
           dependientes, siendo el responsable de la labor operativa de la
           Dirección.
        e) Controlar el cumplimiento de las disposiciones de la D.I.P.N
           en relación a las Oficinas de Enlace Departamentales.
        f) Tendrá a su cargo la Secretaría, Oficina de Guardia y Central
           Telefónica. Área Interpol, Área Información y Área Operativa
           con sus Departamentos u oficinas dependientes.
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