Fecha de Publicación: 03/04/2019
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 14

   (Departamento de Administración y Logística) Estará a cargo de un Oficial Jefe y tiene como cometidos la aplicación de principios teóricos y técnicas concretas, destinados a administrar, conservar y gerenciar los recursos financieros y logísticos de la D.I.P.N., como de las Unidades bajo su órbita.
   Serán cometidos de este Departamento:
   a)   Realizar el relevamiento y mantener actualizada la información de
        bienes, stock y necesidades existentes.
   b)   Administrar, organizar y controlar los recursos financieros y
        materiales en función de contaduría, tesorería, inventario
        patrimonial, adquisiciones, proveeduría, armería, flota
        automotriz, y suministro (ropa, insumos papelería, informáticos,
        artículos de limpieza, depósito, etc.) teniendo presente la
        estructura y limitaciones legales.
   c)   Se encargará de la administración y control de los servicios de
        alimentación del personal.
   d)   El mantenimiento informático y eléctrico de toda la D.I.P.N. y de
        las Unidades bajo su órbita, como así también la reparación de
        los mismos.
   e)   Crear, mantener y controlar el acceso de los usuarios del Sistema
        Informático.
   f)   Respaldo y Control de las bases de datos de ésta Dirección.
   g)   Control y descarga de los audios Operacionales.
   h)   Instalar, actualizar y mantener las aplicaciones desarrolladas
        por el Departamento.
   i)   Armado de cableado y sectores en el ámbito informático y de
        redes
   j)   Dar cumplimiento a los protocolos de actuación aprobados por la
        D.I.P.N.
   k)   Toda otra tarea que dentro del ámbito de su especialización le
        sea encomendada por el Director de Investigaciones de la Policía
        Nacional.
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