Fecha de Publicación: 03/04/2019
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 157

   (Departamento de Investigación e Inteligencia Criminal) Estará a cargo de un Oficial Jefe del Subescalafón Ejecutivo y tendrá los siguientes cometidos:
        a) Investigación criminal de todas las actividades presuntamente
          delictivas que le sean encomendadas bajo su órbita por
          diferentes autoridades policiales o judiciales, denuncias de
          ciudadanos en el ámbito de su competencia e incluso aquellas
          que sean el resultado de procesos de colección de información
          originados en esta Dirección General y puestas en conocimiento
          del Poder Judicial.
        b) Seguimiento e Investigación sobre hechos de violencia en
          espectáculos deportivos.
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