Fecha de Publicación: 03/04/2019
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 29

   (Principios que rigen la Gestión de Sistemas)
   Centralización: los sistemas a implementarse serán centralizados en el Ministerio del Interior, siendo la U.N.A.T.E.C. el único interlocutor ante las operadoras y prestadoras de servicios de telecomunicaciones. En esta Unidad se administrarán y gestionarán los sistemas y se brindará la capacitación y el apoyo técnico necesario a las Unidades Policiales.
   Seguridad: los sistemas a implementarse permitirán la compartimentación de la información colectada y la creación de usuarios con asignación de privilegios necesarios para el desarrollo de su tarea de acuerdo al nivel de acceso determinado.

   Automatización: responde a la necesidad de modernizar el funcionamiento de las interceptaciones legales, dotándole de mayor nivel de garantía y seguridad.
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