Fecha de Publicación: 03/04/2019
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 32

   (Comunicaciones) -Para todas las comunicaciones oficiales con la finalidad de una mejor administración y control se emplearán las casillas institucionales de correo electrónico.
   En caso de necesidad y ante una eventual emergencia se podrá mantener contacto telefónico, siendo ineludible regularizar inmediatamente el trámite empleando el medio mencionado en el inciso anterior.

                Capacitación y Administración de Usuarios
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