Fecha de Publicación: 03/04/2019
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 94

   (Departamento de Capturas Internacionales) El Jefe del Departamento será un Oficial Jefe del Subescalafón Ejecutivo y sus cometidos serán:
        a)   Investigar, diligenciar y ejecutar en su caso, todos los
             pedidos de informes y solicitudes de capturas
             Internacionales.
        b)   Ejecutar todos los pedidos de detención de personas,
             realizados por las Oficinas Centrales Nacionales de los
             países miembros, con fines de extradición y llevar a cabo
             las diligencias necesarias para evacuar pedidos de informes,
             de acuerdo a la legislación nacional.
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