Fecha de Publicación: 03/04/2019
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 97

   (Sección Lavado de Activos) Estará a cargo de un Oficial Jefe del Subescalafón Ejecutivo, y tendrá los siguientes cometidos:
        a)   Realizar los registros correspondientes a investigaciones de
             casos de la Unidad vinculados a lavado de activos.
        b)   Realizar todas las tareas de registro, soporte, análisis y
             clasificación vinculado al delito de lavado de activos.
        c)   Realizar las tareas que respecto al lavado de activo sean
             asignadas por la autoridad competente.
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