Salto Grande.- Quedarán también exoneradas las rentas derivadas de
las obras, servicios y aprovisionamientos suministrados por
subcontratistas y por proveedores de contratistas, subcontratistas y de
la Comisión Técnica Mixta siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo anterior.
A los efectos del presente artículo y del que antecede, la Comisión
Técnica Mixta deberá proporcionar el correspondiente certificado de
recepción en obra, que justifique que el bien o servicio cumple con las
condicionantes exigidas.
CAPITULO VIII
AGENTES DE RETENCION