Fecha de Publicación: 06/05/1986
Página: 281-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 6

   Fíjanse para los vehículos de dos ruedas ensamblados en el país, los
precios fictos, tasa e impuestos que a continuación se detallan, para la
liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente al semestre
Enero-Junio de 1986:


                                   Ficto    Tasa     Impuesto
Vehículo                             N$       %         N$

A) Ciclomotores hasta 50 c.c.  48.400,00     2         968,00

B) Demás
   hasta 50 c.c.               94.100,00     2       1.882,00
   hasta 100 c.c.              93.700,00     2       1.874,00
   hasta 125 c.c.             126.000,00     2       2.520,00


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