Fecha de Publicación: 05/02/1975
Página: 219-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Fe de erratas publicada/s: 17/02/1975.

Artículo 13

Los contratos de subarrendamiento, cesión de arrendamiento, modificación,
prórroga y rescisión de contratos, contendrán los mismos datos que se
expresan en el artículo 12 y además, el número, folio y libro, donde está
registrado el contrato principal.
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