Calificación fiscal. - La calificación fiscal obliga al Registrador a
comprobar:
1) Si el documento presentado viene acompañado de las liquidaciones y
comprobantes de pago correspondientes al acto o negocio cuya
inscripción se solicita y tiene adheridos timbres o estampillas
fiscales y notariales exigidos por las leyes y reglamentos
aplicables.
2) Si existe correspondencia entre los valores y datos utilizados en la
liquidación y los que resultan de los documentos presentados a
inscribir y con relación a los comprobantes de pago.
3) En las liquidaciones se han utilizado los criterios generalmente
admitidos de interpretación fiscal y los que publique o comunique el
Ministerio de Economía y Finanzas y la Dirección General Impositiva.
4) Los documentos contienen las menciones de carácter fiscal exigidas
por las leyes y reglamentos, cuando esas menciones deban ser
controladas por el Registrador.