Protocolización. - En el anverso de la "Ficha Registral" se reservará un
espacio destinado al Registro en el que se expresará:
1º) Número de asiento, folios que ocupa y libro.
2º) Fecha y hora de entrada del documento portante, que será la de
inscripción, a todos los efectos legales.
3º) Relación del número y folios de la protocolización anterior.
El Registrador rubricará la Ficha y Anexos y firmará la
protocolización (artículo 58 de la ley 13.318 de 28 de diciembre de
1964).