MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
En toda lesión consecuencia de accidentes de tránsito, la Institución tendrá derecho a repetir de acuerdo con las normas generales en materia de derecho civil ante el causante o su asegurador por los gastos resultantes de la atención del afiliado, liquidados de acuerdo con los aranceles del Ministerio de Salud Pública.Ayuda