Las acciones de recuperación de salud, realizadas de acuerdo con el concepto de atención progresiva del paciente, deberán comprender:
a) Actos médicos y odontológicos necesarios; los primeros podrán
tener lugar en el domicilio, consultorio o lugar de internación del
paciente;
b) Internación semiprivada para tratamiento de afecciones en su
aguda;
c) Técnicas paraclínicas de diagnóstico,
d) Recursos terapéuticos, farmacológicos, quirúrgicos, radiantes o
físicos.