MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Fe de erratas publicada/s: 06/05/1983.
La solicitud de autorización especial deberá formularse en un término perentorio de 30 días contados a partir de la publicación del presente decreto. El Poder Ejecutivo dispondrá de un plazo de 30 días para expedirse; si vencido dicho plazo no se hubiere pronunciado la solicitud se considerará aceptada.Ayuda