Las Comisiones Liquidadoras deberán dar cuenta trimestralmente al Ministerio de Salud Pública de su gestión evacuar las consultas que se formulen y dentro de los 60 días de instaladas deberán asimismo informar.
a) De la situación financiera y patrimonial de la institución;
b) De la integración de la masa de afiliados;
c) De todo tipo de irregularidad detectada en la institución.