MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Las autorizaciones solicitadas para inversiones no comprendidas en un
Plan de Desarrollo, sólo podrán ser otorgadas en los casos de equipos
destinados a cubrir la demanda de la población afiliada de la Institución
de Asistencia Médica Colectiva a la fecha de la solicitud.
CAPITULO II
De las Inversiones para la Asistencia Médica Privada Particular
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