Fecha de Publicación: 06/05/1992
Página: 316-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 3

   Fíjanse a partir del 1º de octubre de 1991 las asignaciones trimestrales para gastos de etiqueta a que tendrán derecho los
Cónsules Generales mencionados a continuación o quienes desempeñen
funciones de Encargado General en caso de acefalía y en aplicación de la
siguiente escala:
   N$ 1,55 para los cónsules Generales en Buenos Aires, Córdoba, Los
Angeles, Nueva York, Porto Alegre, Río de Janeiro y San Pablo.
   N$ 1,40 para los Cónsules Generales en Barcelona, Génova, Hamburgo,
Marsella y Rotterdam.
   N$ 1,30 para el Cónsul General en Hong Kong.
   N$ 1,125 para los Cónsules Generales en Sudáfrica y Sidney.
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