Fecha de Publicación: 18/03/2020
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 9

   (Exhortación) Exhórtase a los organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución de la República, a los Entes Autónomos, Servicios Descentralizados Industriales y Comerciales del Estado y a los Gobiernos Departamentales a adoptar en el ámbito de su competencia las medidas que en este Decreto se establecen a fin de coadyuvar con el objetivo emprendido por el Poder Ejecutivo de disminuir el déficit fiscal.
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