Duraznos (priscos, avías y pelones o nectarinas):
En la Categoría "Extra", los Duraznos deberán ser de calidad superior.
Los frutos deberán ser de forma regular, limpios y exentos de defectos,
con excepción de pequeñas alteraciones superficiales que no afecten la
calidad, el aspecto general del producto y su presentación dentro del
embalaje.
En la Categoría "I", los Duraznos deberán ser de buena calidad, los
frutos de forma regular, aunque puedan tener ligeras deformaciones y
presentar ligeros signos de lesiones diversas, producidos por agentes
climáticos, mecánicos u otros.
En la Categoría "II" se comprende a los Duraznos que no pueden ser
clasificados en las restantes categorías, con la condición de conservar
sus características esenciales de calidad y presentación. Podrán
presentar cortes de origen mecánico cicatrizados y ligeras lesiones cicatrizadas que no menoscaben las posibilidades de conservación. La
fruta de esta categoría deberá destinarse exclusivamente a la transformación industrial, no pudiéndose comercializar para su consumo en
estado fresco.
Todos los frutos deberán estar calibrados según su peso,
estableciéndose un mínimo de 100 gramos y un máximo de 180 gramos, según
la siguiente escala de calibres:
1) Igual o menor a 180 gramos y mayor de 160 gramos;
2) Igual o menor a 160 gramos y mayor de 140 gramos;
3) Igual o menor a 140 gramos y mayor de 120 gramos;
4) Igual o menor a 120 gramos y mayor de 100 gramos;
Deberán utilizarse envases rígidos de capacidad máxima de 20 (veinte)
kilogramos netos. En las Categorías "Extra" y "I"; los Duraznos deberán
presentarse en hasta cuatro camadas de frutas como máximo, por envase, en
bandejas separadoras colocadas de forma que las frutas de la capa
superior no rozen con las de la capa inferior. En la Categoría "II",
podrá empacarse a granel dentro del mismo tipo de envase.