Fecha de Publicación: 18/04/2017
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

   Cada Inciso deberá designar una Oficina de enlace y dos personas que serán los puntos focales, a los efectos del relacionamiento con la Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales. Las designaciones así como los datos de contacto deberán ser comunicados dentro de los 10 (diez) días posteriores a la aprobación del presente Decreto y podrán ser modificados en cualquier momento, lo que deberá informarse en forma inmediata. 
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