MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
La Comisión de Productividad, Precios e Ingresos en el plazo de treinta días contados desde la fecha de este decreto, adoptará las medidas necesarias para el cumplimiento y contralor de lo dispuesto en los artículos 14 y 27, numerales 1º, 2º, 6º, 7º y 8º de la ley 14.411.Ayuda