Aprobado/a por: Decreto Nº 126/014 de 07/05/2014 artículo 1.
I. MISION.
Artículo 27 del Decreto-Ley 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas) de 21
de febrero de 1974 en la redacción dada por el artículo 112 de la Ley
16.320 de 1ro. de noviembre de 1992.
- Proteger o recuperar la salud de sus usuarios mediante acciones de
prevención, promoción, asistencia y rehabilitación.
- Ejercer la Dirección General, planificación, supervisión, coordinación
y evaluación de todos los Organos ejecutores de atención sanitaria
directamente afectados a la Misión, en coordinación con los Servicios
Sanitarios de cada Fuerza y del Ministerio de Defensa Nacional.
II. FUNCIONES:
La Dirección Nacional de Sanidad cumplirá su Misión en las siguientes
tareas:
A. Formular las políticas y estrategias de salud con el fin de prevenir,
promocionar, educar en salud y garantizar la asistencia integral a sus
usuarios, conforme a lo que dispone la normativa específica en la materia.
B. Planificar los recursos sanitarios necesarios para cumplir su Misión,
así como proponer la política y determinar las normas y procedimientos
para la adquisición, administración, almacenamiento, abastecimiento y el
empleo de los mismos.
C. Planificar, controlar, administrar y disponer de los recursos
económicos - financieros de forma de mejorar su eficacia y eficiencia.
D. Desarrollar acciones de enseñanza e investigación que impulsen la
eficiencia Institucional e individual de todos los Organos dependientes de
la Institución así como los Organos ejecutores de atención sanitaria de
los Servicios Sanitarios de cada Fuerza y del Ministerio de Defensa
Nacional.
E. Realizar investigaciones sobre problemas de atención de salud en su
ámbito de responsabilidad sobre factores condicionantes de los mismos,
para la evaluación y reajuste periódico de los Programas Sanitarios.
F. Cooperar en investigaciones y estudios epidemiológicos que lleve a cabo
el Ministerio de Salud Pública, que sean de interés para conocer la
problemática de salud de la Comunidad y establecer soluciones para la
misma.
G. Mantener la compilación bioestadística del Sistema Sanitario y una
información oportuna y adecuada con referencia a problemas higiénicos -
preventivos.
H. Asegurar una selección psicofísica apropiada del Personal Militar,
efectuar los reconocimientos médicos que estime necesarios y convenientes
que garanticen la aptitud para mantenerse revistando en actividad, así
como realizar las Comisiones Médicas que establezca la reglamentación en
la materia.
I. Planificar, controlar y administrar los Recursos Humanos, estructurando
planes de reclutamiento, política de destino y plan de carrera,
determinado los Perfiles requeridos para integrar y revistar en los
diferentes niveles de la Dirección Nacional de Sanidad, fijando las demás
condiciones de trabajo.
J. Mantener actualizados los Registros de Usuarios de la Dirección
Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
K. Desarrollar una administración eficiente, basada en un oportuno y
confiable aporte de información para la toma de decisiones a todos los
niveles de organización.
L. Constituirse en una reserva de apoyo sanitario para hacer frente a
situaciones de Desastre o Emergencias Nacionales.
M. Desarrollar en función de los recursos disponibles, los emprendimientos
sanitarios que el Poder Ejecutivo le encomiende y que contribuyan a un
mejor cumplimiento de su Misión.
N. Recomendar los niveles de equipamiento y abastecimientos en las
Organizaciones Sanitarias de las Fuerzas Armadas y del Ministerio de
Defensa Nacional, así como su recuperación y mantenimiento.
O. Mantener la especificidad e integración de la Dirección Nacional de
Sanidad de las Fuerzas Armadas en el Sistema Sanitario Nacional.
P. Supervisar y fiscalizar técnicamente los Servicios Sanitarios de las
Fuerzas Armadas y de los demás Organos ejecutores de atención sanitaria
pertenecientes al Ministerio de Defensa Nacional.
Q. Otorgar premios anuales con el objetivo de promover, fomentar,
reconocer y estimular aquellas actividades que contribuyan a desarrollar
la competitividad, la conciencia social, la inclusión y la solidaridad.
R. Procurar el desarrollo sostenido y progresivo de las Unidades Docentes
Asistenciales, aspirando a la formación y fortalecimiento de los Recursos
Humanos de los prestadores públicos de los Servicios de Salud, en
disciplinas, niveles y ámbitos de acción docente asistenciales
seleccionados.
En ese sentido, la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas
deberá proponer ante la Unidad de Gestión y Coordinación, en adelante
"UGC" (integrada por representantes de la Administración de los Servicios
de Salud del Estado -ASSE- y de la Universidad de la República, que tiene
a su cargo la gestión y conducción del Programa 343 "Fortalecimiento y
Capacitación") la creación de las Unidades Docentes Asistenciales que
entienda oportunas y convenientes.
Asimismo, deberá poner en funcionamiento los proyectos de Unidades
Docentes Asistenciales aprobados, bajo los lineamientos establecidos por
la referida Unidad de Gestión y Coordinación que cuenten con la
conformidad de esta Unidad Ejecutora y se regirá por el Convenio que se
suscriba con la Administración de los Servicios de Salud del Estado sobre
gestión, administración y ejecución de los recursos asignados a esta
Dirección a través del mencionado programa.
III. ESTRUCTURA ORGANICA:
A. ORGANIZACION.
   1.- La Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas estará
   integrada por los siguientes Organos:
     1.1 Dirección Nacional.
     1.2 Sub Dirección Nacional.
     1.3 Hospital Central.
     1.4 Dirección General de Atención Periférica.
     1.5 Dirección de Arquitectura e Ingeniería Hospitalaria.
     1.6 Escuela de Sanidad.
     1.7 Organos Descentralizados.
     Divisiones, Unidades y Comisiones Dependientes del Director Nacional
     de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
     1.1.1 División Planeamiento y Presupuesto.
     1.1.2 División Jurídico Notarial.
     1.1.3 División Relaciones Públicas.
     1.1.4 División Personal.
     1.1.5 División Abastecimientos.
     1.1.6 División Comercial.
     1.1.7 División Adquisiciones.
     1.1.8 División Financiero Contable.
     1.1.9 División Comunicaciones e Informática.
     1.1.10 División Registro de Usuarios.
     1.1.11 Unidad de Control de Asignación de Compensaciones.
     1.1.12 Oficina de Atención al Usuario.
     1.1.13 Unidades Docentes Asistenciales.
     1.1.14 Unidad de Gestión de Institutos de Medicina Altamente
     Especializada.
     1.1.15 Comisiones Asesoras.
   1.1.- La Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas está
   compuesta por: (Anexo II).
     1.1.a) Director.
     1.1.b) Sub Director Nacional.
     1.1.c) Ayudantía.
     1.1.d) Secretaría General.
     1.1.e) Dirección Técnica.
     1.1.f) Estado Mayor Personal.
     1.1.g) Comisiones Asesoras.
     1.1.h) Organos Descentralizados.
     1.1.a (1.2) La Sub Dirección Nacional comprende:
        a) Sub Director.
        b) Secretaría.
     1.1.b La Ayudantía comprende:
        a) Ayudante.
        b) Secretaría.
     1.1.c La Secretaría General comprende: (Anexo IV).
        a) Comando.
        b) Reguladora de Trámites y Archivo.
        c) Calificaciones.
        d) Biblioteca de Extensión Cultural.
        e) Conserjería.
        f) Distribución y Colección de Documentación.
     1.1.d La Dirección Técnica comprende: (Anexo III).
        a) Dirección Técnica.
        b) Sub Dirección Técnica.
        c) Departamento de Epidemiología.
        d) Departamento de Enfermedades Crónicas no Transmisibles.
        e) Departamento de Salud Profesional.
        f) Secretaría.
     1.1.e El Estado Mayor Personal comprende: (Anexo XXIII).
        a) Jefe del Estado Mayor.
        b) Unidad de Auditoría General.
        c) Unidad de Inspección Administrativa.
        d) Asesoría en Control de Calidad de Alimentos.
        e) Secretaría.
     1.1.f Comisiones Asesoras.
        - Comisión de Evaluación de Tecnologías Médicas.
     1.1.g Organos Descentralizados (Anexo XXIV).
        - Servicios Sanitario de las Fuerzas Armadas y Servicio Sanitario
        del Ministerio de Defensa Nacional (MDN), (Dependencia Técnica).
   1.3 El Hospital Central de las Fuerzas Armadas está integrado por:
   (Anexo V).
     1.3.1 Dirección General.
     1.3.2 Sub Dirección General.
        1.3.2.1 - Departamento Personal.
        1.3.2.2 - Departamento de Higiene Ambiental y Mayordomía.
        1.3.2.3 - Departamento de Alimentación.
        1.3.2.4 - Departamento de Electrónica Médica.
        1.3.2.5 - Departamento de Apoyo.
        1.3.2.6- Departamento de Planes, Contralor y Gestión.
        1.3.3 Secretaría General.
     1.3.4 Ayudantía.
     1.3.5 Unidad Asesora de Medicina Legal con Dependencia Técnica de la
     División Jurídico Notarial.
     1.3.6 Dirección Técnica.
     1.3.7 Comité Bioético.
     1.3.8 Departamento de Enfermería.
     1.3.9 Departamento de Estadísticas y Registros Médicos.
   1.4 La Dirección General de Atención Periférica está integrada por:
   (Anexo VII).
     1.4.1 Dirección General.
     1.4.2 Sub Dirección General.
     1.4.3 Sección Secretaría.
     1.4.4 Sección Administración.
     1.4.5 Dirección Técnica.
     1.4.6 Jefaturas Técnicas de Centros de Atención Periférica.
     1.4.7 Departamento de Logística.
   1.5 La Dirección de Arquitectura e Ingeniería Hospitalaria está
   integrada por: (Anexo VIII).
     1.5.1 Dirección.
     1.5.2 Departamento de Mantenimiento Edilicio.
     1.5.3 Departamento Central de Energía y Gases.
     1.5.4 Departamento de Abastecimiento.
     1.5.5 Departamento de Ampliación y Reciclaje de Obras. 1.5.6
     Departamento Contable.
     1.5.7 Departamento de Automotores.
   1.6 La Escuela de Sanidad de las Fuerzas Armadas está integrada por:
   (Anexo IX).
     1.6.1 Dirección.
     1.6.2 Sub Dirección.
     1.6.3 Dirección Técnica.
     1.6.4 Asesoría Legal con Dependencia Técnica de la División Jurídico
     Notarial.
     l.6.5 Jefe de Curso Personal Superior y Subalterno.
     1.6.6 Oficina de Contralor.
   1.1.1 La División Planeamiento y Presupuesto está integrada por:
  (Anexo X).
     1.1.1.1 Jefatura.
     1.1.1.2 Secretaría de División.
     1.1.1.3 Asesoría Técnica.
     1.1.1.4 Asuntos Institucionales.
     1.1.1.5 Control y seguimiento.
     1.1.2 División Jurídico Notarial está integrada por: (Anexo XI).
     1.1.2.1 Jefatura.
     1.1.2.2 Sub Jefatura.
     1.1.2.3. Departamentos.
     - Departamento Jurídico.
     - Departamento Notarial.
     1.1.2.4 Secretaría General.
     1.1.3 División Relaciones Públicas está integrada por: (Anexo XII).
        1.1.3.1 Jefatura.
        1.1.3.2 Secretaría.
   1.1.4 La División Personal está integrada por: (Anexo XIII).
        1.1.4.1 Jefatura.
        1.1.4.2 Sub Jefatura.
        1.1.4.3 Sección Secretaría.
        1.1.4.4 Sección Oficina Reguladora de Trámite.
        1.1.4.5 Sección Unidad Asesora Análoga a la Oficina Sectorial del
        Servicio Civil.
        1.1.4.6 Sección Servicios Generales.
        1.1.4.7 Sección Personal Subalterno.
        1.1.4.8 Sección Gestión y Desarrollo.
   1.1.5 La División Abastecimientos está integrada por: (Anexo XIV).
        1.1.5.1 Jefatura.
        1.1.5.2 Secretaría.
        1.1.5.3 Asesoría Contable.
        1.1.5.4 Departamento I Gestión de stock.
        1.1.5.5 Departamento II Almacenes y Deposito General.
        1.1.5.6 Departamento III Droguería.
        1.1.5.7 Departamento IV Laboratorio de Producción.
   1.1.6 La División Comercial está integrada por: (Anexo XV).
        1.1.6.1 Jefatura.
        1.1.6.2 Sub Jefatura.
        1.1.6.3 Departamento de Estudios y Procedimientos
        Extrahospitalarios.
        1.1.6.4 Departamento de Venta de Servicios.
        1.1.6.5 Departamento Contable.
        1.1.6.6 Secretaría.
        1.1.7 La División Adquisiciones está integrada por: (Anexo XVI).
        1.1.7.1 Jefatura.
        1.1.7.2 Organos Asesores: Asesoría Técnica Contable y Asesoría
        Técnica Jurídica con Dependencia Técnica de la División Jurídico
        Notarial.
        1.1.7.3 Organos funcionales: Sector Control Inicial, Sector
        Operaciones, Sector Apertura, Sector Unidad Centralizada de
        Adquisiciones de Medicamentos y Afines del Estado (UCAMAE).
        1.1.7.4 Organos de control: Sector Control Final del Trámite,
        Oficina de seguimiento del Trámite.
        1.1.7.5 Secretaría.
        1.1.7.6 Oficina de Seguimiento del Trámite.
   1.1.8 La División Financiero Contable está integrada por: (Anexo XVII).
        1.1.8.1 Jefatura.
        1.1.8.2 Sub Jefatura.
        1.1.8.3 Secretaría.
        1.1.8.4 Personal.
        1.1.8.5 Area Procedimientos de Compras.
        1.1.8.6 Area Tesorería.
        1.1.8.7 Area Contable.
        1.1.8.8 Area Presupuesto.
   1.1.9 La División Comunicaciones e Informática está integrada por:
   (Anexo XVIII).
        1.1.9.1 Jefatura.
        1.1.9.2 Investigación y Auditoría.
        1.1.9.3 Mantenimiento y Soporte.
        1.1.9.4 Informática y Sistemas.
        1.1.9.5 Administración de Sistemas y Redes.
        1.1.9.6 Comunicaciones.
        1.1.9.7 Administración y Personal.
   1.1.10 La División Registro de Usuarios está integrada por: (Anexo
        XIX).
        1.1.10.1 Jefatura.
        1.1.10.2 Secretaría.
        1.1.10.3 Segunda Jefatura.
        1.1.10.4 Atención Personalizada al Usuario.
        1.1.10.5 Area Administrativa.
        1.1.10.6 Asistencia Personalizada y Legal, con Dependencia Técnica
        de la División Jurídico Notarial.
        1.1.10.7 Area Informática.
   1.1.11 La Unidad de Control de Asignación de Compensaciones está
        integrada por: (Anexo XX).
        1.1.11.1 Jefatura.
        1.1.11.2 Secretaría.
   1.1.12 La Oficina de Atención al Usuario está integrada por:
        (Anexo XXI).
        1.1.12.1 Asesor y Segundo Asesor.
        1.1.12.2 Administración y Trámite.
        1.1.12.3 Evaluación de Calidad.
        1.1.12.4 Visitas de Salas.
   1.1.13 Unidades Docentes Asistenciales.
   1.1.14 Unidad de Gestión de Institutos de Medicina Altamente
   Especializada está integrada por: (Anexo XXII).
        1.1.14.1 Jefatura de la Unidad de Gestión de Institutos de
        Medicina Altamente Especializada.
        1.1.14.2 Sub Jefatura de la Unidad de Gestión de Institutos de
        Medicina Altamente Especializada.
        1.1.14.3 Secretaría.
        1.1.14.4 Asesoría Médica.
   1.1.15 Las Comisiones Asesoras están integradas por: (Anexo II).
        1.1.15.1 Comisión de Evaluación de Tecnologías Médicas (Anexo II).
B. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES:
1.- DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS (Anexo II).
     Decreto 356/99 de 16 de noviembre de 1999.
     a.- Planificar, coordinar, dirigir y controlar todos los actos y
     aspectos administrativos de la Dirección Nacional relativos a los
     Usuarios, Personal, Logística, Comercial, Apoyo y Servicios.
     b.- Establecer un Sistema Integral de Atención de Salud Militar.
     c.- Coordinar la definición de estrategias para las situaciones de
     Emergencia o de Guerra, en consideración a las peculiaridades
     técnicas sanitarias atinentes a cada Fuerza.
     d.- Instrumentar un Sistema de Información Centralizada que permita
     aportar los elementos necesarios para la planificación y toma de
     decisiones.
     e.- Racionalizar y reorganizar las actuales estructuras sanitarias en
     base a los Programas de Salud establecidos.
     f.- Determinar proyectos, normas técnicas y administrativas que
     permitan una mayor uniformidad, coordinación, eficiencia y eficacia
     de las prestaciones de atención de salud.
     g.- Estructurar los planes de administración y distribución de
     tecnología y recursos materiales acorde a las políticas de salud
     vigente.
     h.- Optimizar la administración de los recursos humanos, materiales y
     financieros disponibles, buscando perfeccionar la calidad de las
     prestaciones.
     i.- Planificar la articulación de recursos en base a la población
     real, su distribución geográfica, grupos etarios, situación socio
     económica y Programas de Salud ya reglamentados a nivel Institucional
     y Nacional.
     j.- Administrar el capital humano, estructurando planes de
     reclutamiento, políticas de destino, plan de carrera y determinando
     los Perfiles de los funcionarios que han de integrar los diferentes
     niveles de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
     k.- Unificar la metodología de los procedimientos administrativos
     comunes y la nomenclatura, instituyendo para ello Manuales de normas
     y procedimientos de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
     Armadas.
     l.- Definir las políticas de docencia e investigación a aplicar en el
     ámbito de las estructuras sanitarias de la Dirección Nacional de
     Sanidad de las Fuerzas Armadas.
     m.- Analizar la articulación de la capacidad actual, como base para
     situaciones de movilización, desastre o Emergencia Nacional.
     n.- Definir las políticas de control y preservación del medio
     ambiente a aplicar en el ámbito de las Fuerzas Armadas, en
     coordinación con los Organismos Nacionales competentes.
     o.- Coordinar con la Asesoría Técnico Sanitaria todos aquellos
     aspectos y actos que tengan relación con sus cometidos.
     p.- Crear las Comisiones que entienda necesarias para el
     funcionamiento eficiente, eficaz y efectivo de la Dirección.
     q.- Fijar los Aranceles de todas aquellas prestaciones que se brinden
     a través de la Venta de Servicios.
1.2.- (1.1.b) SUB DIRECCION NACIONAL: (Anexo II)
     a.- Secundar al Director Nacional en sus propios cometidos,
     realizando las sugerencias que considere convenientes y oportunas,
     para un mejor funcionamiento del servicio.
     b.- Desempeñar toda otra función o comisión que le asigne el Director
     Nacional, de acuerdo a su Cargo y jerarquía.
     1.1.c AYUDANTIA (Anexo II):
     - Asistir al Director Nacional en todo lo relativo a su agenda de
     actividades.
     1.1.d SECRETARIA GENERAL: (Anexo IV).
     a.- Dirigir las actividades de la División acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad y ejercer
     las funciones del mando sobre todo el Personal que la integra.
     b.- Realizar la recepción, clasificación, registro, distribución,
     expedición y archivo de la Documentación Oficial del Servicio. c.-
     Realizar el seguimiento de los expedientes que así se requieran por
     medio del Sistema de Control de Expedientes.
     d.- Realizar la atención al público, recepción de Documentación y
     Notificación de Expedientes que así lo requieran por medio del
     Sistema de Control de Expedientes.
     e.- Realizar la atención al público, recepción de Documentación y
     Notificación de Expedientes que así lo requieran las distintas
     Divisiones de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
     Armadas.
     f.- Gestionar los Informes Anuales de Calificación, Calificaciones y
     Legajo Personal de los Señores Oficiales Superiores que dependen del
     Director Nacional y la administración de las Hojas de Servicios y
     Hechos del Personal Subalterno de la Secretaría.
     g.- Representar al señor Director Nacional ante la Junta de
     Transparencia y Etica Pública.
     h.- Ejercer la Dirección y Supervisión de la Biblioteca de Extensión
     Cultural.
     i.- Ejercer la Administración del Personal de servicios de la
     Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
     1.1.e DIRECCION TECNICA: (Anexo III).
     a.- Dirigir las actividades de la División acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad y ejercer
     las funciones del mando sobre todo el Personal que la integra.
     b.- Planificar, dirigir, ejecutar y supervisar una Política de Salud
     que propicie conductas saludables a través de la implementación de
     Programas de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad.
     c.- Coordinar las actividades entre los distintos Departamentos y
     Servicios Dependientes de la Dirección Nacional en todos sus niveles
     de atención, Comisiones Médicas, considerando el primer nivel de
     atención desarrollado por la Dirección General de Atención Periférica
     y los Servicios Sanitarios de las Fuerzas.
     d.- Desarrollar la especialización de la Medicina Operacional, para
     dar respuesta a las necesidades de los integrantes de las Fuerzas
     Armadas propias de su actividad laboral.
     e.- Representar a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
     Armadas en Comisiones Nacionales convocadas por distintos integrantes
     del Sistema Nacional Integrado de Salud.
     f.- Promover la investigación científica de los Profesionales de la
     Dirección Nacional integrando el Comité Científico, Comité de Etica y
     preside el Tribunal de Premios Anuales de la Dirección Nacional.
     g.- Coordinar con otras Instituciones prestadoras de Salud públicas y
     privadas, el desarrollo de actividades de complementación de
     servicios.
     1.1.f ESTADO MAYOR PERSONAL: (Anexo XXIII).
     a.- Dirigir las actividades acorde a las Políticas y Objetivos
     establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad y ejercer las
     funciones del mando sobre todo el Personal que lo integra.
     b.- Coordinar aspectos funcionales, técnicos y administrativos de las
     actividades de los Organos dependientes de la Dirección Nacional,
     asistiendo al Director Nacional en el ejercicio del mando.
     UNIDAD DE AUDITORIA GENERAL: (Anexo XXIII).
     Funciones y responsabilidades:
     a.- Dirigir las actividades acorde a las Políticas y Objetivos
     establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad y ejercer las
     funciones del mando sobre todo el Personal que la integra.
     b.- Efectuar la planificación anual de las auditorias y elevarla para
     su aprobación por parte del Director Nacional.
     c.- Proponer a la Dirección la integración del equipo de auditoría.
     d.- Revisar y aprobar el Programa de Trabajo (objetivo, alcance,
     enfoque, procedimientos, tiempo estimado de la actuación, etc.).
     e.- Supervisar periódicamente las actividades que desarrolla el
     Equipo de Auditoría, a fin de orientar los procedimientos, evaluar el
     avance del trabajo, resolver consultas, revisar productos intermedios
     y finales, identificar factores que distorsionan y recomendar cursos
     de acción.
     f.- Comprobar la ejecución del Programa de Trabajo aprobado y
     autorizar modificaciones, en caso de que éstas se justifiquen.
     g.- Determinar la documentación que se recaba, respaldar
     adecuadamente las observaciones, conclusiones y recomendaciones
     efectuadas.
     h.- Dilucidar diferencias de opiniones entre los integrantes del
     equipo.
     i.- Asegurar que las comunicaciones de trabajo sean precisas,
     objetivas, claras, concisas, constructivas y oportunas.
     j.- Realizar entrevistas inicial y final con las autoridades
     correspondientes de la dependencia auditada.
     k.- Supervisar la elaboración del Informe Final.
     l.- Evaluar el desempeño del Personal a cargo.
     m.- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y
     reglamentarias, (Manuales de Procedimientos, Código de Etica,
     Circulares, etc.).
     n.- Guiar al Personal para que se logre lo planificado, con un
     alcance adecuado y práctico.
     De los Auditores:
     a.- Ejecutar el Programa de Trabajo.
     b.- Obtener evidencia suficiente, confiable y relevante, aplicando
     los procedimientos de auditoría aprobados en el Programa de Trabajo.
     c.- Documentar los procedimientos de auditoría aplicados de acuerdo
     al orden definido.
     d.- Comunicar al Jefe de la Unidad de Auditoría General, en forma
     oportuna, los hallazgos significativos detectados en el transcurso de
     la actuación.
     e.- Sugerir procedimientos de auditoría alternativos o adicionales
     para obtener mejores resultados en el trabajo a desarrollar.
     f.- Participar en forma activa en el logro de los objetivos fijados
     en el Programa de Trabajo.
     g.- Preparar un Informe de la actuación y entregarlo al Jefe de la
     Unidad de Auditoría General.
     h.- Cumplir las disposiciones legales y las disposiciones
     reglamentarias internas (Manuales de Procedimientos, Código de Etica,
     circulares, etc.).
     UNIDAD DE INSPECCION ADMINISTRATIVA:
     Funciones y responsabilidades:
     a.- Realizar las inspecciones, informaciones de urgencia, y controles
     de auditoría que se dispongan por el Señor Director Nacional de
     Sanidad de las Fuerzas Armadas.
     b.- Efectuar las investigaciones y sumarios administrativos que les
     fueran encomendadas por el Señor Director Nacional de Sanidad de las
     Fuerzas Armadas.
     c.- Actuar en coordinación con la Unidad de Auditoría General, en
     aquellas auditorías que el Señor Director Nacional de Sanidad de las
     Fuerzas Armadas disponga.
     De sus integrantes:
     Se integrará con un número variable de funcionarios Instructores y
     Asesores Técnicos designados por el Señor Director Nacional de
     Sanidad de las Fuerzas Armadas a esos efectos, sin perjuicio de sus
     destinos y de las demás funciones que pudieran cumplir en la Unidad
     Ejecutora.
     ASESORIA EN CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS: (Anexo XXIII).
     a.- Dirigir las actividades acorde a las Políticas y Objetivos
     establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad y ejercer las
     funciones del mando sobre todo el Personal que la integra.
     b.- Realizar control de calidad de todos los alimentos que ingresan
     al Departamento de Alimentación del Hospital Central, controlando el
     cumplimiento de las normativas vigentes y las condiciones exigidas.
     c.- Efectuar medidas correctivas frente a incumplimientos por parte
     de los proveedores.
     d.- Asesoramiento a los diferentes Departamentos de la Dirección
     Nacional en relación a alimentos.
     e.- Elaboración de especificaciones técnicas para cada alimento en
     conjunto con el Servicio de Bromatología y con el Departamento de
     Alimentación.
     f.- Participación en las aperturas de ofertas para la adquisición de
     alimentos por procedimientos propios, con el fin de controlar las
     documentaciones solicitadas en las Condiciones Técnicas.
     g.- Realizar docencia en el área de su competencia.
     h.- Colaborar en la prevención de Enfermedades Trasmitidas por los
     Alimentos (ETAs).
     1.1.g (1.1.15) COMISIONES ASESORAS: (Anexo II)
     a.- COMISION DE EVALUACION DE TECNOLOGIAS MEDICAS.
     Sus responsabilidades y competencias serán fijadas por el señor
     Director Nacional.
     1.3.- HOSPITAL CENTRAL DE LAS FUERZAS ARMADAS: (Anexo V).
     a.- Dirigir las actividades de la Dirección acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad y ejercer
     las funciones del mando sobre todo el Personal que la integra.
     b.- Ejecutar las políticas, acciones y emprendimientos sanitarios
     dispuestos por la Dirección Nacional de Sanidad.
     c.- Brindar atención ambulatoria de carácter recuperativo, a los
     usuarios que lo demanden por medio de Servicios de Consulta o de
     Emergencia.
     d.- Brindar atención médica Hospitalaria a pacientes que requieran
     ser internados para su diagnóstico y tratamiento.
     e.- Realizar exámenes especiales para contribuir a perfeccionar los
     diagnósticos clínicos tanto a pacientes ambulatorios como
     Hospitalizados.
     f.- Realizar tratamientos especializados de acuerdo a las necesidades
     de los pacientes, tanto ambulatorios como hospitalizados.
     g.- Constituir el nivel superior dentro del Sistema Militar de Salud,
     para brindar atención adecuada a los pacientes referidos desde
     centros de nivel inmediatamente inferior y de acuerdo a normas y
     protocolos establecidos por las autoridades y el Ministerio de Salud
     Pública para el Sistema de referencia.
     h.- Tecnificar y actualizar la organización administración propia del
     Sistema, así como los procedimientos para garantizar la eficacia y
     eficiencia de los Servicios de infraestructura administrativa que
     deben servir de apoyo a los Servicios Técnicos, mediante el estudio
     permanente de la asignación de los recursos humanos a los diferentes
     Servicios, con la finalidad de racionalizar los mismos de acuerdo a
     la demanda.
     i.- Desarrollar Programas propios de enseñanza e investigación para
     el Personal Técnico y Administrativo, tendiendo a producir en éstos
     una amplitud positiva además de una adecuada capacitación, para
     elevar permanentemente la calidad de atención de los usuarios.
     j.- Desarrollar el sistema de información de Historias Clínicas con
     el fin de disponer de fuentes fidedignas de datos de usuarios.
     k.- Realizar investigaciones relacionadas con la eficiencia y
     rendimiento de los recursos Hospitalarios, así como de los
     procedimientos y técnicas utilizadas, con vistas a mejorar la calidad
     de prestación de Servicios.
     l.- Realizar investigaciones sobre problemas de salud en su ámbito y
     sobre factores condicionantes de los mismos, para su evaluación y
     reajuste periódico de los Planes Sanitarios o Protocolos de
     Diagnóstico y Tratamiento.
     m.- Participación en Investigaciones y estudios epidemiológicos que
     disponga el Servicio de Sanidad, para conocer la problemática de
     salud de la comunidad militar y establecer soluciones para la misma.
     n.- Desarrollar Programas de Control de Salud, acorde con las
     Directivas establecidas por la Dirección Nacional de Sanidad de las
     Fuerzas Armadas.
     o.- Brindar apoyo sanitario ante situaciones de desastre o
     emergencias nacionales, previendo a tales efectos la elaboración de
     los Planes respectivos.
     1.4.- DIRECCION GENERAL DE ATENCION PERIFERICA: (Anexo VII).
     Decreto 259/2000 del 6 de setiembre del 2000, inserto en Boletín del
     Ministerio de Defensa Nacional N° 10.146 de fecha 12 de setiembre de
     2000.
     a. Dirigir las actividades de la Dirección acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad y ejercer
     las funciones del mando sobre todo el personal que la integra.
     b. Planificar, programar, organizar, coordinar, dirigir, controlar y
     evaluar acciones desarrolladas por los Centros de Atención Periférica
     dentro del Sistema, a fin de asegurar el cumplimiento de la misión.
     c. Establecer normas y procedimientos para el empleo de los recursos
     sanitarios garantizando un nivel adecuado de atención sanitaria
     preferentemente en la periferia de la Capital.
     d. Definir las estrategias a implementar en los Servicios Sanitarios
     del Primer Nivel de Atención.
     e. Desarrollar un Sistema de Evaluación permanente de la Atención
     Sanitaria que se preste en la periferia, basándose en un modelo
     sanitario que propenda a la Calidad de Atención.
     f. Analizar, diseñar, desarrollar, documentar e implementar un
     Sistema de Información que se ajuste a la Misión.
     1.5.- DIRECCION DE ARQUITECTURA E INGENIERIA HOSPITALARIA: (Anexo
     VIII).
     a.- Dirigir las actividades de la Dirección acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad y ejercer
     las funciones del mando sobre todo el Personal que la integra.
     b.- Será el responsable del funcionamiento de la totalidad de los
     Departamentos que la integran: Personal, Abastecimiento, Depósito,
     Contable, Técnico, Mantenimiento Edilicio y Central de Energía y
     Gases y la Administración directa de la Dirección de Obra y
     Reciclaje.
     c.- Presidir la Comisión Técnica Interministerial, la que cumplirá
     los cometidos dispuestos en la resolución que le dio origen y sus
     modificaciones.
     d.- Presidir la Comisión de Habilitaciones con los cometidos que le
     atribuyera la Orden de la Dirección Nacional que la creó.
     e.- Velar por el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el
     presente manual.
     f.- Establecer el horario de funcionamiento de la totalidad de las
     Dependencias de su ámbito, de acuerdo a las necesidades,
     fundamentalmente del Hospital Central.
     g.- Hacer cumplir las normas vigentes en materia laboral para el
     Personal Civil.
     h.- Integrar la Comisión Asesora de Adjudicaciones N° 2 con los
     cometidos dispuestos por la Orden de Servicio de la Dirección
     Nacional N° 7174 asegurando la integración competente para cada
     circunstancia.
     i.- Fiscalizar la documentación, existencia y conservación de todo el
     material e instalaciones de sus Dependencias.
     j.- Proveer a las diferentes Reparticiones de la Dirección Nacional
     de Sanidad de la mano de obra especializada para realizar el
     mantenimiento, reparación y construcción dispuestos y/o autorizados
     por esta Dirección Nacional y asesorados técnicamente según el Plan
     Director proyectado.
     k.- Ser el responsable de la conservación y mantenimiento de los
     bienes muebles o inmuebles que integran el patrimonio de la sede de
     la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
     l.- Planificar la ejecución, control de los trabajos generales de
     Obra y Mantenimiento de edificios, instalaciones, máquinas y equipos
     correspondientes, en las áreas de la Dirección Nacional de Sanidad de
     las Fuerzas Armadas.
     m.- Asegurar a través del Jefe de la Central de Energía y Gases el
     funcionamiento permanente de los servicios, instalaciones y
     abastecimiento de calderas, gas, electricidad, ascensores, teléfonos,
     agua, sanitaria, gases medicinales, (oxígeno, aire, aspiración,
     etc.), acondicionamiento térmico y equipo de los servicios
     asistenciales del Hospital Central y las que correspondan a la
     Dirección Nacional.
     n.- Planificar y coordinar la capacitación del Personal en el
     funcionamiento y mantenimiento de los distintos equipos a su cargo.
     o.- Ser responsable de la gestión y almacenamiento de los materiales
     necesarios para contar con un stock de repuestos y abastecimiento
     para atender los requerimientos asignados o de urgencias.
     p.- Ser responsable de la operación y mantenimiento de la Central de
     Energía y Gases y Sub Estaciones de la Administración Nacional de
     Usinas y Teléfonos del Estado (U.T.E) asegurando un funcionamiento
     continuo y adecuado de las mismas.
     q.- Planificar, preparar y ejecutar planes de mantenimiento de las
     distintas áreas de responsabilidad, asegurando la continuidad de los
     servicios prestados durante las 24 horas en aquellas tareas cuya
     operación y reparación así lo requieran.
     r.- Elevar la Memoria Anual de la Dirección de Arquitectura a
     Ingeniería Hospitalaria en base a las directivas recibidas.
     s.- Disponer y supervisar que cada dependencia posea un Procedimiento
     Permanente de Operaciones (P.P.O.) que ampliará profundizará y
     detallará las funciones y responsabilidades establecidas en el
     presente manual, exigiendo una actualización continua.
     t.- Ser responsable de la marcha y continuidad del Plan Director de
     Obras y que no se realicen reforma alguna, reciclajes o
     construcciones que no estén enmarcadas en el mismo.
     u.- Asesorar al Señor Director Nacional en lo que respecta a la
     iniciación y ejecución de obras.
     v.- Como Administrador Estratégico, ser el responsable de la
     administración de los recursos asignados, asegurando el cumplimiento
     de las previsiones realizadas.
     w.- Asegurar a través del Jefe del Departamento Contable que los
     rubros asignados a sueldos de personal civil contratado sean
     suficientes para el año.
     1.6.- ESCUELA DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS: (Anexo IX).
     Decreto 310/002 de fecha 13 de agosto de 2002.
     a.- Dirigir las actividades de la Dirección acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad y ejercer
     las funciones del mando sobre todo el Personal que la integra.
     b.- Impartir enseñanza Técnica - Sanitaria e Instrucción Militar al
     Personal Superior y Subalterno de la Dirección Nacional de Sanidad y
     de las distintas Fuerzas, que por Ley correspondan y las dispuestas
     por la misma.
     c.- Planificar, desarrollar y consolidar todo lo referente a la
     enseñanza técnica - sanitaria e Instrucción Militar, acorde a las
     directivas emanadas de la Dirección Nacional de Sanidad de las
     Fuerzas Armadas.
     d.- Supervisar, coordinar y evaluar las actividades de los alumnos de
     pre, postgrado y residentes que cumplan su actividad en la Dirección
     Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, en el marco de los
     convenios con Facultades, Institutos y Escuelas, públicos y privados.
     e.- Supervisar, coordinar y evaluar la realización de cursos
     regulares, cursillos, reuniones y conferencias con invitados
     nacionales y/o extranjeros.
     f.- Impulsar y coordinar las tareas de Educación a realizarse en la
     Dirección Nacional aplicada en sus diferentes disciplinas de la salud
     militar y de la población en general.
     g.- Impulsar y coordinar las tareas de investigación a realizarse en
     la Dirección Nacional aplicada en sus diferentes disciplinas de la
     salud militar y de la población en general.
     h.- Programar y desarrollar la investigación dentro del área de la
     docencia y optimizar los sistemas de educación.
     i.- Proponer los nombramientos de instructores de la Dirección
     Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas para su conformidad.
     j.- Efectuar la revisión permanente de los programas que se dictan a
     los efectos de estar al día con los avances científicos.
     k.- Realizar la evaluación permanente del sistema educativo y de los
     Instructores incluyendo el análisis de los resultados y de las no
     conformidades en vista a la mejora continua.
     l.- Planificar, desarrollar y consolidar todo lo referente a las
     enseñanzas Técnico - Sanitario para personas físicas o jurídicas
     ajenas a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas en
     carácter de venta de servicios.
     m.- Planificar y ejecutar eventuales actividades en apoyo a la
     Dirección Nacional, en lo referente a desastres nacionales, a través
     del Departamento de Medicina Operacional.
     n.- Mantener un espacio educativo dentro del ámbito de la Dirección
     Nacional donde los profesionales de la salud dependientes de esta
     Dirección, puedan disponer de instancias, de aprendizaje y desarrollo
     profesional médico continuo.
  1.1.1.- DIVISION PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO (Anexo X).
     a.- Dirigir las actividades de la División acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad y ejercer
     las funciones del mando sobre todo el Personal que la integra.
     b.- Asesorar en la elaboración y evaluación de la gestión estratégica
     de la Dirección de Sanidad.
     c.- Asesorar sobre la estructura programática, así como las metas a
     cumplir para cada ejercicio y las prioridades en la asignación de los
     recursos a ser destinados a las diferentes Reparticiones.
     d.- Coordinar los planes y ejecuciones de las Divisiones y
     Reparticiones con respecto a la estimación total de los Recursos
     Presupuestales y propios que se proyecta recibir, obtener o recaudar.
     e.- Asesorar en la elaboración y evaluación en base a indicadores
     desempeño en los Planes Quinquenales, y proyectos de Ley de
     Presupuesto y Rendición de Cuentas.
     f.- Oficiar de nexo con sus homónimos del Ministerio de Defensa
     Nacional y Presidencia de la República y otros Organismos Públicos
     y/o Privados del Sistema de Salud Nacional y Presupuestario en
     general.
     g.- Planificar, evaluar y controlar la formulación y ejecución de las
     Previsiones Anuales, Misiones Oficiales y Comisiones de Servicio en
     el exterior, capacitación y pasantías en el país.
     h.- Implementar y mantener un Sistema de Información Gerencial
     Central al que converjan todos los sistemas en desarrollo, que
     permita efectuar la apreciación continúa de la situación y evaluación
     por resultados, generando una gestión responsable de la cultura del
     gasto y asignación de los recursos.
     i.- Participar en todos aquellos Convenios que celebre la Dirección
     de Sanidad, en áreas de su competencia.
     j.- Inegrar todas aquellas Comisiones para las que sea designada por
     la Dirección.
     k.- Supervisar las áreas críticas o prioritarias que resulten del
     análisis de la información recibida.
   1.1.2.- DIVISION JURIDICO NOTARIAL: (Anexo XI).
     A) Jefatura de División:
     Dirigir las actividades de la División acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad y ejercer
     las funciones del mando sobre todo el Personal que la integra.
     B) Departamento Jurídico:
     a.- Asesorar en materia jurídica a la Jefatura.
     b.- Proyectar Leyes, Decretos, Resoluciones y Mensajes.
     c.- Sustanciar y proyectar lo concerniente a sanciones, sumarios y
     recursos.
     d.- Informar en los asuntos atinentes a la formulación, análisis y
     modificación de normas legales y reglamentarias.
     e.- Representar a la Dirección Nacional de Sanidad ante cualquier
     Organo Jurisdiccional, Institución pública o privada.
     f.- Patrocinar en juicios al Ministerio de Defensa Naciona-Dirección
     Nacional de Sanidad en asuntos de su competencia.
     g.- Recepción de demandas y adjudicación del patrocinio de juicios
     entre sus Letrados.
     h.- Control, seguimiento, registro e Informe en relación a los
     juicios a cargo de la Repartición, así como también en relación con
     el procedimiento de pago de sentencias condenatorias de una suma de
     dinero.
     i.- Desarrollo y mantenimiento de material relativas a bibliografía y
     doctrina, normativa nacional e internacional, jurisprudencia,
     dictámenes fiscales y de asesores de la Repartición.
     j.- Informar peticiones y solicitudes que le sean ordenadas por el
     Director Nacional.
     C) Departamento Notarial:
     a.- Asesorar y ejecutar las actividades referentes a la materia
     notarial.
     b.- Estudiar la titulación de inmuebles.
     c.- Certificar firmas, autenticar documentos y actuaciones en
     general, relativas a la Unidad Ejecutora.
     d.- Asesorar en materia de bienes inmuebles relacionados con la
     Unidad Ejecutora y llevar un registro actualizado de los mismos.
     e.- Asesorar en materia de Convenios a suscribir por Unidad Ejecutora
     y llevar un registro actualizado de los mismos.
     f.- Tramitar y proyectar Resoluciones, referidas a su materia.
     g.- Llevar el registro de Poderes o Cartas Poderes suscritos por el
     señor Director Nacional.
     h.- Tramitar las Declaraciones Juradas Patrimoniales del Jerarca y
     demás funcionarios de la Unidad Ejecutora, así como certificar sus
     firmas.
     i.- Titulación de vehículos de la Unidad Ejecutora.
     j.- Intervenir en los procedimientos licitatorios de la Unidad
     Ejecutora.
     k.- Intervenir en las cesiones de créditos o derechos que se
     presentan ante la Unidad Ejecutora.
     l.- Intervenir en las donaciones que se realizan o que se pretenden
     realizar por la Unidad Ejecutora.
   1.1.3.- DIVISION RELACIONES PUBLICAS: (Anexo XII).
     a.- Dirigir las actividades de la División acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad y ejercer
     las funciones del mando sobre todo el Personal que la integra.
     b.- Reunir la información de prensa relativa a la Salud y difundir la
     misma en el ámbito de la Dirección Nacional de las Fuerzas Armadas.
     c.- Dar difusión a toda aquella información de interés para la
     Comunidad Militar, a través de los distintos medios de comunicación.
     d.- Atender toda la organización y desarrollo de las actividades
     Ceremoniales y de Protocolo, propias de la Sanidad Militar según las
     directivas impartidas por el Director Nacional.
     e.- Asesorar al Director en todo lo concerniente a la imagen interior
     y exterior de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
     Armadas.
     f.- Toda otra que de este documento se desprenda como propia o afín.
     g.- Confeccionar encuestas de satisfacción y definir el método a
     utilizar.
     h.- Asesorar sobre el material humano y equipamiento necesario para
     lograr una mejora continua de las responsabilidades.
     i.- Informar al público interno en forma periódica de las principales
     actividades y novedades que contribuyen a optimizar la gestión de la
     Institución.
   1.1.4.- DIVISION PERSONAL: (Anexo XIII).
     a.- Dirigir las actividades de la División acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad de las
     Fuerzas Armadas y ejercer las funciones del mando sobre todo el
     Personal que la integra.
     b.- Obtener, clasificar y distribuir el capital humano de acuerdo a
     las prioridades y requerimientos del Servicio.
     c.- Mantener actualizados los Registros de Personal.
     d.- Proponer los cambios de Destinos y Ascensos del Personal de la
     Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas de acuerdo a las
     necesidades del Servicio y en base a los méritos y calificaciones de
     los mismos.
     e.- Confeccionar la Orden de la Dirección Nacional de Sanidad de las
     Fuerzas Armadas.
     f.- Realizar Concursos de Ingresos y Ascensos para el Personal de
     Servicios Generales, Personal Equiparado y Personal Subalterno.
     g.- Llevar registro actualizado y control del Sistema de registro de
     entrada y salida del Personal de la Dirección Nacional.
     h.- Llevar registro y tramitar las solicitudes de Misiones Operativas
     de Paz por parte de todo el Personal de la Dirección Nacional.
     i.- Abrir y mantener actualizados los Legajos Personales de los
     Cuerpos de Servicios Generales y Civiles.
     j.- En los procedimientos para la organización y ejecución de la
     Instrucción Básica Militar.
     k.- Coordinar los Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento para
     Oficiales de Servicios Generales en los grados de Teniente 1° a
     Capitán y de Mayor a Teniente Coronel y del Curso de Capacitación de
     Aspirante a Alférez de Servicios Generales.
     l.- Coordinar el Curso de Residentes para Médicos Residentes.
     m.- Confeccionar cuadros numéricos, alfabéticos, por destinos, con
     las cantidades asignadas, ocupadas y vacantes de todo el Personal de
     la Dirección Nacional.
     n.- Controlar las certificaciones médicas del Personal y remitirlas a
     la repartición de origen.
     o.- Actualizar en forma permanente los programas informáticos del
     Personal Superior y Subalterno, en el cual constan todos los
     antecedentes funcionales y personales de los mismos.
     p.- Centralizar las Calificaciones Anuales de todo el Personal de la
     Dirección Nacional, derivando las mismas, a las Comisiones
     Calificadoras y Tribunales de Evaluación según corresponda,
     recibiendo las notificaciones de los mismos para su posterior archivo
     en los Legajos Personales.
  1.1.5.- DIVISION ABASTECIMIENTOS: (Anexo XIV).
     a.- Dirigir las actividades de la División acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad de las
     Fuerzas Armadas y ejercer las funciones del mando sobre todo el
     Personal que la integra.
     b.- Su cometido es planificar y optimizar las necesidades de capital
     humano y materiales en función de las tareas logísticas de su
     responsabilidad y gestionar los recursos financieros asignados,
     coordinando en función de los mismos todas las tareas inherentes a la
     adquisición de recursos materiales desde el inicio del trámite hasta
     la recepción de mercadería y su posterior entrega.
     c.- Realizar la planificación de las previsiones anuales para apoyar
     la Misión y el cometido de la Dirección Nacional.
     d.- Mantener actualizado los diferentes sistemas informáticos que
     permitan aportar los elementos necesarios para una eficiente
     planificación.
     e.- Unificar con las demás divisiones metodologías para desarrollar
     los procedimientos administrativos de gestión.
     f.- Mantener un nivel de stock de abastecimiento para atender
     solicitudes normales o estar en condiciones de gestionar las de
     emergencia o en caso de contingencias emergentes.
     g.- Fabricar especialidades farmacéuticas económicamente rentables a
     través de su Laboratorio Farmacéutico, según normas internacionales
     de calidad.
     h.- Preparar el plan de abastecimiento anual de la Dirección Nacional
     de Sanidad de las Fuerzas Armadas, remitiéndolo a la División
     Planeamiento y Presupuesto para su consideración y asignación de
     recursos coordinando su compra con la División Adquisiciones.
     i.- Coordinar la emisión de Informes Técnicos de Licitaciones y
     Compras Directas de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
     Armadas con los diferentes solicitantes.
     j.- Llevar el inventario de materiales y equipamiento de las
     distintas reparticiones de la Dirección Nacional de Sanidad de las
     Fuerzas Armadas, Ministerio de Defensa Nacional y Unidades de las
     Fuerzas Armadas, concerniente a Enfermerías y Consultorios
     Odontológicos.
     k.- Recepcionar la totalidad de las mercaderías destinadas al
     Departamento de Alimentación del Hospital Central.
     l.- Controlar los estados de stock, balances, gastos, créditos
     disponibles y consumos del rubro Alimentación.
     m.- Asegurar el funcionamiento de la Imprenta de la Dirección
     Nacional.
     n.- Apoyar en el área de la salud ocular.
     o.- Asesorar en compras estatales para la adquisición de
     abastecimientos.
     p.- Continuar realizando el relevamiento y mejora del nuevo Sistema
     Integrado de Abastecimiento, con las Divisiones Financiero Contable,
     Adquisiciones, Planeamiento y Presupuesto, Centro de Materiales y
     Departamento de Alimentación del Hospital Central.
     q.- Continuar con la fabricación de prendas en SMS para el
     abastecimiento de Ropa Descartable para Block Quirúrgico, cortándose
     y confeccionándose zapatones y sobre túnicas tanto para Cirugía
     Hepática como para Cirugía Convencional.
     r.- Mantener el flujo constante de insumos, materiales y equipamiento
     a través de las siguientes formas de abastecimiento:
     1. Unidad Centralizada de Adquisiciones (UCA).
     2. Unidad Centralizada de Adquisición de Alimentos (UCAA).
     3. FONDO NACIONAL DE RECURSOS.
     4. FONDO DE TERCEROS.
     5. FUNDACION DR. FERNANDEZ ENCIZO.
     6. FONDO ROTATORIO.
  1.1.6.- DIVISION COMERCIAL: (Anexo XV).
     a. Dirigir las actividades de la División acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad de las
     Fuerzas Armadas y ejercer las funciones del mando sobre todo el
     Personal que la integra.
     b. Prever los procedimientos médicos extrahospitalarios, acorde a la
     demanda de los Departamentos y/o Servicios del Hospital Central.
     c. Mejorar la calidad de atención y aumentar la oferta de servicios
     compatible con la disponibilidad del Hospital Central de las Fuerzas
     Armadas a no usuarios de Sanidad Militar, con el fin de incrementar
     los ingresos al Fondo de Terceros de la Dirección Nacional.
     d. Determinar la capacidad ociosa de la Institución en materia
     asistencial y realizar la promoción necesaria para vender esos
     servicios a otras Instituciones o público no usuario.
     e. Actualizar los aranceles a cobrar en base a un monitoreo continuo
     de los servicios de precios y costos.
     f. Supervisación, control y conciliación contable de los datos
     aportados por el Departamento de Estudios y Procedimientos
     Extrahospitalario y el Departamento de Venta de Servicios.
  1.1.6.3.- Funciones del Departamento Estudios y Procedimientos
  Extrahospitalarios:
     a. Recepcionar, controlar, analizar, consolidar y elevar las
     previsiones anuales de estudios extrahospitalarios, efectuadas por
     los diferentes departamentos y servicios del Hospital Central.
     b. Recepcionar, tramitar y archivar toda la documentación que se
     reciba en el Departamento.
     c. Iniciar procedimientos de compra para cubrir la previsión de
     estudios anuales.
     d. Analizar y controlar la asistencia que reciben los usuarios de la
     Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas a través de la
     Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE).
     e. Controlar la documentación (detalles y facturas) que entregan los
     proveedores de servicios extrahospitalarios.
     f. Recepcionar, controlar, registrar y tramitar las solicitudes para
     procedimientos extrahospitalarios.
     g. Tareas conjuntas de control con el Departamento Contable de los
     estudios realizados por los distintos proveedores.
     h. Solicitud de cotizaciones a distintos proveedores para lograr el
     beneficio por calidad y/o precio al usuario y la Institución.
     i. Participación en Comisiones Técnicas afines al Departamento intra
     y extra Institucionales.
     j. Representación de la Dirección Nacional ante Unidad Central de
     Adquisiciones (UCA) en lo referente a estudios y procedimientos
     médicos.
     k. Mantener una guardia médica permanente.
     l. Coordinar, autorizar y controlar la internación de usuarios de la
     Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas en Centro de
     Tratamiento Intensivo del interior del País y en Montevideo cuando no
     hay disponibilidad de camas.
     m. Cumplimiento de las metas establecidas en el Plan Estratégico de
     Gestión de la Dirección Nacional.
     n. Control y registro de estudios autorizados, pagados y entregados a
     los usuarios.
     ñ. Mantener un listado de los convenios que tiene la Dirección
     Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas con otras Instituciones
     públicas o privadas, e instrumentar lo que a la División le competa
     de los convenios suscritos.
     o. Confeccionar la Memoria Anual que le compete al Departamento.
  1.1.7.- DIVISION ADQUISICIONES: (Anexo XVI).
     a.- Dirigir las actividades de la División acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad y ejercer
     las funciones del mando sobre todo el Personal que la integra.
     b.- Establecer metas para el cumplimiento de los Objetivos y los
     mecanismos de control adecuados para las mismas.
     c.- Coordinar las tareas y acciones que la Dirección Nacional
     disponga con otras dependencias de la misma u organismos externos.
     d.- Representar a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
     Armadas ante la Unidad Centralizada de Adquisiciones (U.C.A.) y otras
     Unidades Centralizadas de Compra del Estado que eventualmente se
     creen.
  1.1.8.- DIVISION FINANCIERO CONTABLE: (Anexo XVII).
     a.- Dirigir las actividades de la División acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad y ejercer
     las funciones del mando sobre todo el Personal que la integra.
     b.- Asesorar al Director Nacional y sus Dependencias, sobre la
     adecuada ejecución y empleo de los recursos económicos y financieros.
     c.- Asesorar al Director Nacional en el análisis de los convenios,
     complementaciones de servicios e intercambios institucionales, en sus
     aspectos económicos, financieros y de costos, su incidencia en el
     Presupuesto de Sanidad, así como de procedimientos y normas legales
     que los rigen.
     d.- Cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos de
     contabilidad y presupuesto, establecidas a nivel nacional por los
     Organismos integrantes del Poder Ejecutivo y por el Tribunal de
     Cuentas de la República, así como aquellas normas internacionales a
     las cuales el País se adhiera.
     e.- Prestar los servicios correspondientes de finanzas, contabilidad,
     controlar y ejecución de gasto, sean estos financiados tanto por
     rubros presupuestales, donaciones y legados, como aquellos
     provenientes de fondos de terceros, destinados al cumplimiento de las
     planificaciones quinquenales y anuales dispuestas por la Dirección
     Nacional y las respectivas Leyes Presupuestales.
     f.- Participar en el proceso de compra y contratación de bienes y
     servicios destinados al funcionamiento y la ejecución de inversiones,
     verificando el cumplimiento de las normas legales establecidas al
     respecto y brindando los informes de ejecución correspondiente.
     g.- Realizar recaudación las tareas y funciones de tesorería,
     recaudación y pagos para Sanidad, elaborando los comprobantes e
     informes de tesorería que se establezcan.
     h.- Realizar las tareas de facturación y cobranza, de aquellas
     actividades derivadas de las ventas de servicios, la complementación
     e intercambio de servicios, tanto con Instituciones y/o Empresas
     Públicas, como aquellas del ámbito del derecho privado.
     i.- Realizar tareas de habilitación y aquellas destinadas al pago de
     las remuneraciones personales, en cumplimiento de las normas legales,
     asegurando el adecuado empleo de recursos presupuestales provenientes
     de rentas generales, como aquellos que se destinen de Fondo de
     Terceros.
     j.- Analizar los estados financieros, presupuestales y de costos de
     las distintas actividades y servicios de Sanidad, proponiendo las
     medidas necesarias para el eficaz y eficiente empleo de los recursos.
     k.- Realizar el planillado y pago de las Misiones Oficiales en el
     exterior.
     l.- Ejercer las funciones que le asigne la Dirección Nacional acorde
     a la naturaleza de la División.
  1.1.9.- DIVISION COMUNICACIONES E INFORMATICA: (Anexo XVIII).
     a.- Dirigir las actividades de la División acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad de las
     Fuerzas Armadas y ejercer las funciones del mando sobre todo el
     personal que la integra.
     b.- Formular y ejecutar la política de seguridad preservando la
     integridad física de los medios y la integridad y confidencialidad de
     los datos y sistemas.
     c.- Realizar investigaciones de nuevas tecnologías de sistema y
     equipamiento disponibles que puedan ser incorporados al sistema
     informático de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
     Armadas, que posibiliten una mejor calidad en la gestión
     administrativa, clínica y atención a usuarios.
     d.- Especificar todos los requerimientos técnicos informáticos en los
     procesos de adquisiciones y contrataciones de personal, material y
     sistemas.
     e.- Administración de los recursos humanos y control de los
     procedimientos administrativos de la División.
     f.- Almacenar y distribuir equipamiento e insumos de informática y
     comunicaciones.
     g.- Controlar las existencias del material de comunicaciones e
     informática de toda la Institución.
     h.- Mantener un Sistema Informático integrado aplicado a la gestión
     de la salud, destinado a la atención de los usuarios, a las gestiones
     y al apoyo en la toma de decisiones.
     i.- Construir el principal Organo asesor de la Dirección Nacional
     fundamentalmente en:
       - Planificar Políticas Informáticas, determinar necesidades,
       adquirir      y distribuir material informático.
       - Aplicar nuevas tecnologías en todas las áreas de la Institución.
       - Desarrollar nuevos proyectos informáticos para brindar un mejor
       servicio de atención al usuario, fortaleciendo y simplificando los
       procedimientos administrativos.
       - Establecer las políticas de seguridad para el uso de los
       sistemas, información y medios informáticos.
       - Planificar la instrucción y capacitación del Personal tanto a
       nivel de paquetes estándar disponibles en el mercado, como de las
       herramientas desarrolladas por la División.
       - Ejercer el control operativo de todas las actividades
       relacionadas con el tratamiento computacional de datos y
       estadísticas, mediante desarrollos propios o adquiridos, que puedan
       ser integrados a la plataforma existente en la Institución.
       - Coordinar actividades de Informática y Estadísticas con el
       Ministerio de Defensa Nacional, Fuerzas Armadas, Administración
       Pública, definiendo estrategias y protocolos de comunicación e
       intercambio.
       - Instalar, operar y mantener la red informática.
       - Asistir técnicamente a nivel hardware y software: manteniendo el
       equipamiento informático y el software instalado en él.
     j.- Recomendar la optimización de procesos mediante técnicas de
     organización y métodos de investigación operacional, participando en
     las definiciones de ciclos a nivel administrativo/ operacional y su
     relacionamiento con las herramientas disponibles.
     k.- Instalar, operar y mantener el sistema de comunicaciones radio y
     telefónico de la Dirección Nacional.
     l.- Planificar la integración de las comunicaciones a los Sistemas de
     Gestión, estableciendo su factibilidad técnica y económica.
     m.- Instrucción de Comunicaciones en el ámbito de Sanidad Militar.
  1.1.10.- DIVISION REGISTRO DE USUARIOS: (Anexo XIX).
     a.- Dirigir las actividades de la División acorde a las Políticas y
     Objetivos establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad de las
     Fuerzas Armadas y ejercer las funciones del mando sobre todo el
     personal que la integra.
     b.- Organizar, desarrollar y controlar el Registro de Usuarios de la
     Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, recabando la
     información correspondiente a través de los Delegados de las Fuerzas,
     del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas y de las
     Dependencias del Ministerio de Defensa Nacional, acorde a lo que
     determinen las Leyes, Decretos y reglamentaciones vigentes.
     c.- Tramitar, controlar y actualizar la documentación que avala el
     derecho de asistencia de los usuarios, realizando el registro de los
     mismos en el sistema informático correspondiente en coordinación con
     la División Informática de la Dirección Nacional de Sanidad de las
     Fuerzas Armadas.
     d.- Gestionar las solicitudes especiales de asistencia, recabando el
     apoyo legal de la Asesoría Jurídica de la División o de la División
     Jurídica Notarial de la Dirección Nacional cuando la situación lo
     amerite, confeccionar el documento que registre la resolución de la
     Autoridad competente y la notificación del interesado.
     e.- Proporcionar información estadística relacionada con las
     funciones de la División de las dependencias oficiales que lo
     requieran para sus tareas específicas.
     f.- Confeccionar Carné de Usuario a quienes corresponda, validándose
     el derecho de los restantes usuarios acorde a lo dispuesto en la
     Orden de Servicio 7063, a través de su Cédula de Identidad.
     g.- Recabar de los usuarios y/o de la División Financiero Contable de
     la Dirección Nacional la documentación correspondiente en el cual
     conste el aporte dispuesto por legislación vigente cuando surjan
     dudas relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones que puedan
     afectar el derecho de asistencia.
     h.- Proporcionar información, evacuar consultas y orientar a los
     interesados con relación a los derechos asistenciales, en forma
     personal o a través de medios informativos disponibles (incluido Web,
     revistas y publicaciones) en coordinación con la División Relaciones
     Públicas de la Dirección Nacional.
     i.- Administrar los recursos humanos y materiales de la División en
     beneficio de las funciones específicas de la misma. -
  1.1.11.- UNIDAD DE CONTROL DE ASIGNACION DE COMPENSACIONES: (Anexo XX).
     a.- Dirigir las actividades acorde a las Políticas y Objetivos
     establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
     Armadas y ejercer las funciones del mando sobre todo el Personal que
     la integra.
     b.- Asesorar, planificar, coordinar y supervisar la política de
     asignación de Compensaciones y determinar las normas y procedimientos
     de control de las mismas.
     c.- Crear y mantener actualizado el Instructivo mediante el cual se
     establecen las normas para quienes sean beneficiarios de las
     Compensaciones, acorde a lo previsto por la normativa vigente en la
     materia.
     d.- Establecer medidas correctivas en los casos de incumplimiento del
     Instructivo anteriormente citado.
     e.- Controlar que los pagos mensuales a los beneficiarios se ajusten
     a lo establecido en la normativa vigente así como en el
     correspondiente Instructivo.
     f.- Recomendar los niveles de equipamiento para un más eficaz y
     eficiente control de las Compensaciones.
     g.- Mantener actualizados los registros del Personal beneficiario de
     Compensaciones, con especificación de lugares y horarios de trabajo.
     h.- Propender al logro de una administración eficiente de las
     Compensaciones, basado en un oportuno y confiable aporte de
     información para la torna de decisiones de la Dirección Nacional.
  1.1.12.- OFICINA DE ATENCION AL USUARIO: (Anexo XXI).
     a.- Dirigir las actividades acorde a las Políticas y Objetivos
     establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad y ejercer las
     funciones del mando sobre todo el Personal que la integra.
     b.- Informar al Usuario en cualquier terna de su interés.
     c.- Recepcionar quejas, denuncias, sugerencias y agradecimientos.
     d.- Tramitar asuntos entrados.
     e.- Comunicarse con los Usuarios.
     f.- Administración y registro.
     g.- Evaluación de Calidad.
     h.- Visitas de Salas y Policlínicas.
     i.- Análisis y gestión de procesos, de calidad del servicio.
       - El área administrativa tiene como función de recibir al usuario
       y/o familiares y tiene la responsabilidad de recepcionar y dar
       trámite a todas las quejas, reclamos, solicitudes, denuncias y
       agradecimientos que realizan los usuarios, brindando posteriormente
       los resultados al denunciante, e informando al Ministerio de Salud
       Pública mensualmente.
       - La evaluación de calidad, tiene como función recepcionar los
       formularios de alta que realizan los usuarios y la responsabilidad
       de informarle al Jefe de los resultados de los mismos para su
       conocimiento y demás efectos.
      - Las visitas a sala y policlínicas: tienen como función recorrer
      las distintas salas y policlínicas del Hospital para evaluar las
      inquietudes de los pacientes y el estado de las mismas y la
      responsabilidad de informarle al Jefe del resultado de las mismas
      para su conocimiento y demás efectos.
  1.1.13.- UNIDADES DOCENTES ASISTENCIALES:
     a.- Dirigir las actividades acorde a las Políticas y Objetivos
     establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
     Armadas y ejercer las funciones del mando sobre todo el Personal que
     la integra.
     b.- Cada Unidad Docente Asistencial (UDA) deberá, entre otras
     funciones, hacer cumplir el Reglamento General de Funcionamiento de
     las Unidades Docentes Asistenciales elaborado por la Unidad de
     Gestión y Coordinación.
     c.- Cumplir con las obligaciones asumidas en el convenio suscrito
     entre la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas y la
     Administración de Servicios de Salud del Estado referido en el cuerpo
     de éste Reglamento.
     d.- Cumplir con las obligaciones asumidas en los convenios suscritos
     por cada una de las Unidades Docentes Asistenciales creadas en el
     ámbito de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
  1.1.14.- UNIDAD DE GESTION DE INSTITUTOS DE MEDICINA ALTAMENTE
ESPECIALIZADA (UGIMAE): (Anexo XXII).
     a.- Dirigir las actividades acorde a las Políticas y Objetivos
     establecidos por la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
     Armadas y ejercer las funciones del mando sobre todo el Personal que
     la integra.
     b.- Coordinar con el Fondo Nacional de Recursos (FNR) todas las
     acciones referidas a los Institutos de Medicina Altamente
     Especializada dentro de la Dirección Nacional.
     c.- Pre facturar todas las ventas de servicios que se realicen al
     Fondo Nacional de Recursos dentro de los convenios existentes.
     d.- Redactar los manuales de procedimientos de pre-facturación y
     gestión interna de los Institutos de Medicina Altamente
     Especializada.
     e.- Controlar los Institutos de Medicina Altamente Especializada.
     f.- Realizar el seguimiento y la actualización de costos en los
     Institutos de Medicina Altamente Especializada.
     g.- Certificar por calidad el proceso de gestión de Institutos de
     Medicina Altamente Especializada.
   1.1.14.1.- Funciones y Responsabilidades Jefatura de la Unidad de
   Gestión de Institutos de Medicina Altamente Especializada:
     a.- Relacionar la Unidad con las diferentes Reparticiones de la
     Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
     b.- Supervisar los trabajos de la Unidad.
     c.- Autorizar las adquisiciones de materiales de los Institutos de
     Medicina Altamente Especializada a través del Fondo Nacional de
     Recursos.
   1.1.14.2.- Sub Jefatura de la Unidad de Gestión de Institutos de
   Medicina Altamente Especializada:
     a.- Supervisar el cumplimiento del Convenio.
     b.- Supervisar el trabajo de la Unidad.
     c.- Autorizar en el programa de compras de la Unidad.
     d.- Controlar la facturación de las internaciones, transplantes,
     evaluaciones, seguimientos y cápitas.
     e.- Coordinar el relacionamiento con el Fondo Nacional de Recursos.
     f.- Controlar el mantenimiento de los registros.
     g.- Asesorar mejoras en la gestión.
     h.- Asesorar en modificaciones al convenio.
   1.1.14.4.- Asesoría Médica:
     a.- Controlador de las Historias Clínicas.
     b.- Determinar los actos médicos realizados e insumos consumidos.
     c.- Asesorar sobre mejoras de la gestión de Historias Clínicas y
     corrección de Convenios.
IV) DISPOSICIONES GENERALES:
     El cargo de Sub Director Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas
     será ejercido por un Oficial Superior combatiente, quien subrogará al
     Señor Director Nacional en todos los aspectos que éste le delegue.
     1) El cargo de Director General del Hospital Central de las Fuerzas
     Armadas será ejercido por un Oficial Superior combatiente.
     2) El cargo de Director de la Escuela de Sanidad será ejercido por un
     Oficial Superior o Jefe combatiente.
     3) El cargo de Jefe del Estado Mayor Personal será ejercido por un
     Oficial Superior o Jefe combatiente.
     4) El cargo de Director Técnico de la Dirección Nacional de Sanidad
     será ejercido por un Oficial Superior o Jefe Médico.
     5) El cargo de Director de Arquitectura e Ingeniería Hospitalaria
     será ejercido por un Oficial Superior combatiente.
     6) El cargo de Director Técnico del Hospital Central será ejercido
     por un Oficial Superior o Jefe Médico.
     7) El cargo de Director General de Atención Periférica será ejercido
     por un Oficial Superior combatiente.
     8) El cargo de Sub Director General del Hospital Central será
     ejercido por un Oficial Superior combatiente.
     9) Los cargos de Jefe de División serán ejercidos por Oficiales
     Superiores combatientes.
     10) El Director Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas dispondrá
     la promulgación del Manual de Organización y Funcionamiento de sus
     Organos Dependientes: Hospital Central, Escuela de Sanidad, Dirección
     General de Atención Periférica, Dirección de Arquitectura e
     Ingeniería Hospitalaria y de las Divisiones que lo integran, los que
     desarrollarán y profundizarán la organización aquí establecida, las
     normas y procedimientos de funcionamiento que aseguren el
     cumplimiento de la Misión asignada, así como los perfiles y demás
     requisitos para integrarlos y ocupar las diferentes jefaturas.
     11) En el Manual de Organización y Funcionamiento de la Escuela de
     Sanidad de las Fuerzas Armadas se detallarán los Cursos a realizarse
     fijando las condiciones generales de ingreso a los mismos y su
     funcionamiento.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 126/014 de 
07/05/2014.
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