MODIFICACION AL REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL. ALIMENTOS FARINACEOS. ALMIDON DE PAPA
Aprobado/a por: Decreto Nº 130/004 de 20/04/2004 artículo 1.
Artículo 1º.- Modifícase el artículo 18.2.24 del Capítulo 18 - Alimentos Farináceos, Sección 2 - Harinas y Almidones del Reglamento Bromatológico Nacional (Decreto No. 315/994 de 5 de julio de 1994), agregándose a su redacción actual lo siguiente:
"Se exceptúa el almidón de papa, el cual podrá presentar un contenido de
humedad máximo de 21%".
(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 315/994 de 05/07/1994 Capítulo 18
Sección 2, numeral 18.2.24.
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