Aprobado/a por: Decreto Nº 133/000 Derogada/o de 16/05/2000 artículo 1.
Derogado/s por: Decreto Nº 339/003 de 19/08/2003 artículo 2.
 Artículo 1.- Sustitúyense los literales b.- del numeral 4.2.3.1 y c. del numeral 4.2.4.4 del Reglamento de Ceremonial y Protocolo del Ejército (R.G. 29-2), aprobado por el artículo 1ro. del  Decreto 59/990 de 12 de febrero de 1990, en la redacción modificativa dada por los Decretos 676/990 de 20 de diciembre de 1990, 85/995 de 20 de febrero de 1995, 391/996 de 8 de octubre de 1996, 338/997 de 16 de setiembre de 1997, 170/998 de 7 de julio de 1998, 259/998 de 22 de setiembre de 1998, 13/999 de 14 de enero de 1999 y 228/999 de 28 de julio de 1999, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:
"4.2.3.1 Desarrollo.-
b.- Ejecución.-
En el lugar de Honor donde se encuentra ubicada la máxima autoridad, se
colocarán los guiones para la realización de la "Vista" correspondiente;
los mismos se colocarán a 10 pasos a cada lado de la Autoridad citada.-
El Comandante de las Fuerzas de Desfile acompañado de su Estado Mayor o
Ayudante y Escolta se presentará ante la Autoridad que preside la
Ceremonia solicitando autorización para la iniciación del mismo. Una vez
concedida la misma, se ubicará frente a la Autoridad a la cual se le
rendirá Honores, dejando espacio suficiente para el pasaje de las
distintas fracciones.
El Comandante indicará con su sable la orden de marcha, la cual será
transmitida a las Tropas por el Clarín de Ordenes y si fuera necesario
repetida por el Radio Operador. Permanecerá en dicho lugar, hasta que
finalice el pasaje de las Fuerzas a su mando.-
Al toque de "Marcha" las fracciones que se encuentran en la línea, ya
habrán adoptado el dispositivo dispuesto (columna por grupos, Secciones o
Masa) y deberán estar en condiciones de iniciar en forma simultánea el
Desfile. Si el dispositivo adoptado fuera en Masa, las Tropas a pie
podrán marchar con armas terciadas.-
Las Bandas y Charangas ejecutarán marchas militares de autores nacionales
con intervención de Banda Lisa.-
Hasta el Escalafón Sub-Unidad, los Comandantes desfilarán al frente de
las mismas y realizarán el Saludo Militar al pasar frente a la Autoridad;
los restantes Comandantes de Fracción se ubicarán del lado opuesto al que
se rinden honores en caso de desfilar en columna de Grupo y al frente de
la misma lo hagan por Secciones o en Masa.-
Los Comandantes de Sección mandan "Vista" al lado correspondiente, dando
la voz ejecutiva 10 pasos antes de llegar a la Autoridad y "Vista al
Frente" 10 pasos luego de haber rebasado esa línea o en la perpendicular
de los guiones correspondientes.-
Cuando se desfile en columna por grupos y con el fin de evitar hacer
alinear ante las Autoridades, al llegar al lugar correspondiente, se
ordenará a la izquierda en línea y se continuará marcando el paso en la
nueva línea para de esa forma hacer las correcciones necesarias en la
alineación, después de lo cual se mandará alto.-
En las ceremonias internas (Día de las Armas, aniversarios, inspecciones,
visitas y otras), una vez anunciado el inicio del desfile rindiendo
honores a las autoridades presentes, el Comandante de la Fuerza impartirá
las órdenes correspondientes a la adopción del dispositivo.-
Adoptado el dispositivo, ordenará "paso redoblado" y se integrará a la
cabeza de los efectivos, rendirá honores a la autoridad correspondiente y
de inmediato se ubicará frente a la misma, dejando espacio suficiente
para el pasaje de las distintas fracciones, permaneciendo en dicha
ubicación hasta la finalización del pasaje de las Fuerzas a su mando".-
"4.2.4.4 Procedimiento.-
c. Finalizada la revista, el Estado Mayor acompañará al Comandante de las
Fuerzas cuando éste se dirija para solicitar autorización para iniciar la
ceremonia.-
Llegado al lugar donde se encuentran las autoridades, el Estado Mayor
dará frente a las mismas manteniéndose en posición militar detrás del
Comandante de las Fuerzas, mientras éste se adelanta para solicitar la
orden de iniciación.-
El lugar ocupado en este momento por el Estado Mayor será el centro de la
vía por donde desfilarán las tropas.-
Una vez que el Comandante de las Fuerzas haya obtenido la autorización,
se procederá acorde a lo establecido en 4.2.3.1 b.- Ejecución".-

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 59/990 Derogada/o de 12/02/1990 artículo 1 
Numerales 4.2.3.1 y 4.2.4.4.
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