Aprobado/a por: Decreto Nº 189/024 de 27/06/2024 artículo 1.
   Artículo 1.- Alcance.-
   1.1 El presente Reglamento rige para la distribución en todo el territorio nacional de carnes de las especies bovina, ovina, equina, porcina, caprina, de ave, de conejo y animales de caza menor, sus menudencias, subproductos y productos cárnicos aptos para consumo humano que sean provenientes de establecimientos habilitados por la autoridad competente (en adelante "Carnes y Derivados").

(*)Notas:
Ver Reglamento sustituído: Decreto Nº 32/021 de 21/01/2021.
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