Aprobado/a por: Decreto Nº 196/025 de 19/09/2025 artículo 1.
Ver Reglamento sustituído: Decreto Nº 470/007 de 03/12/2007.
                                CAPÍTULO I
                                Finalidad
   ARTÍCULO 1°.- El presente Reglamento tiene por finalidad determinar las condiciones de ingreso al Cuerpo de Alumnos de la Escuela Militar de Aeronáutica.

                               CAPÍTULO II
                              De los Cursos
   ARTÍCULO 2°.- Para cumplir con las funciones establecidas en la Ley Orgánica de la Fuerza Aérea y en el "Reglamento General de la Escuela Militar de Aeronáutica", se realizarán los siguientes Cursos para la formación de Oficiales:
   a) Curso Preparatorio.
   Un año de duración, en el que se habilita al ciudadano a realizar los Cursos Profesionales de Cadetes. Cumple también una finalidad selectiva de Aptitud Militar, Física, Intelectual y de Conducta.
   b) Curso Profesional.
   Tres años de duración, en los que se brindan a los futuros Oficiales los conocimientos básicos que les permitan ejercer sus funciones dentro de la misma y perfeccionarse en el transcurso de su carrera.

                               CAPÍTULO III
                                 Ingresos
   ARTÍCULO 3°.- Para seguir la carrera de Oficial de la Fuerza Aérea en el Cuerpo de Comando, es obligatorio el ingreso a la Escuela Militar de Aeronáutica y aprobar los respectivos Cursos.
   Condiciones de ingreso para el Curso Preparatorio.
   ARTÍCULO 4°.- Para el ingreso al Curso Preparatorio es necesario:
   a) Ser Oriental (ciudadano/a natural).
   b) Podrán los postulantes tener descendencia cierta o esperada, siendo su estado civil: soltero, casado, viudo o divorciado.
   c) Tener menos de 23 años al 1° de marzo del año que se procura ingresar.
   d) Haber formulado Juramento de Fidelidad a la Bandera.
   e) Presentar Constancia del Certificado de Buena Conducta, expedido por la Autoridad Policial.
   f) Presentar solicitud de ingreso, entre los días 1° de setiembre y 30 de noviembre de cada año, con los recaudos exigidos en el artículo 5° de este Reglamento.
   g) Aprobar los exámenes psicofísicos.
   h) Obtener beca en el Concurso de Oposición correspondiente.
   i) Haber aprobado 6° año de Enseñanza Secundaria o Enseñanza Técnico Profesional equivalente.

                               CAPÍTULO IV
                      De las solicitudes de ingreso
   ARTÍCULO 5°.- Para el Curso Preparatorio: los recaudos que deberán presentarse para el ingreso al Curso Preparatorio son:
   a) Solicitud de ingreso de acuerdo al Formulario N° 1 "Solicitud de Ingreso".
   b) Testimonio de la partida de nacimiento.
   c) Certificado de Estudios.
   Para los postulantes a ingreso, el expedido por Educación Secundaria justificando la aprobación de 3° año de Bachillerato Diversificado en cualquiera de las Orientaciones o el equivalente en la Enseñanza Técnico Profesional.
   d) Cédula de Identidad.
   e) Credencial Cívica.
   f) Constancia de tramitación del Certificado de Buena Conducta.
   g) Certificado de Vacunación vigente.
   h) Radiografía de tórax y placa panorámica de columna frente y perfil parado, informada especificando el grado en valor numérico de escoliosis.
   i) Electrocardiograma.
   j) Electroencefalograma.
   k) Los estudios mencionados en h), i), j), deben presentarse debidamente informados por sus respectivos especialistas. I) Carné de Salud vigente.
   m) Autorización de padre, madre o tutor para que el interesado efectúe la actividad de vuelo que desarrolle la Institución, según Formulario N° 2 "Autorización de padre, madre o tutor para efectuar vuelos", si correspondiese.
   n) Llenar en el momento de la inscripción el Formulario N° 3 "Ficha de datos personales de los postulantes a ingreso", sobre los datos familiares y personales.

                                CAPÍTULO V
                               De las becas
   ARTÍCULO 6°.- Para llenar las necesidades anuales la Superioridad determinará el número de becas para Alumnos del Curso Preparatorio.
   ARTÍCULO 7°.- El Concurso de Ingreso tendrá por objeto determinar una selección entre los postulantes que han sido declarados aptos en el examen psicofísico y llenen las exigencias legales, a efectos de asignarles becas en la forma que se determina en el artículo siguiente.
   ARTÍCULO 8°.- El número de becas a que se refiere el artículo 6° se llenará de la siguiente forma:
   a) El 25% de las becas.
   1. El 15% será para los postulantes del Liceo Militar/Curso Preparatorio Naval que hayan aprobado la totalidad de los exámenes del 3° Año del Bachillerato Diversificado en cualquiera de las Orientaciones. El 10% será para los postulantes egresados de la Escuela Técnica de Aeronáutica como Aerotécnico de 2ª.
   En estos casos la asignación de becas se hará sin mediar Concurso de Ingreso, debiendo los postulantes aprobar los exámenes psicofísico y de aptitud física y por su orden decreciente de promedios de las calificaciones finales de promoción, aportaren los Institutos Docentes anteriormente mencionados.
   El orden de prelación de ingreso estará dado al promediar dichas calificaciones finales en escala del 1 al 10 con la prueba de ingreso de aptitud física.
   2. Si el número de becas asignado no pudiera ser llenado totalmente, las vacantes se pasarán a los postulantes del literal b).
   b) El 75% de las becas:
   1. Para los demás postulantes que reúnan las exigencias reglamentarias y que hayan cumplido todas las pruebas de admisión y de acuerdo al orden decreciente del promedio final en las pruebas de precedencia calificada.
   2. Todo postulante del Liceo Militar, Curso Preparatorio Naval o Aerotécnico egresado de la Escuela Técnica de Aeronáutica que no obtuviera beca dentro del porcentaje que le corresponde, pasará a disputar becas dentro del porcentaje establecido para los postulantes procedentes de otros Institutos.
   3. En todos los casos el excedente de becas que pudiera producirse dentro de las escalas de distribución antes mencionadas, será otorgado por riguroso orden decreciente de promedio a los postulantes que, pese a haber salvado las pruebas de precedencia calificada, no hubieran obtenido beca dentro de la escala que le corresponda.
   4. Una vez completadas las asignaciones se confeccionarán listas de espera con aquellos postulantes que, habiendo cumplido con todos los requisitos para el ingreso, no hayan obtenido beca. Esta lista mantendrá su vigencia hasta el 1° de marzo inclusive del año lectivo para el que se emitió la convocatoria, quedando a criterio de la Dirección de la Escuela Militar de Aeronáutica recurrir a ella para llenar las vacantes que se produjeran antes de esa fecha.

                               CAPÍTULO VI
                           Proceso de selección
   ARTÍCULO 9°.- El proceso de selección constará de 5 etapas:
   a) Prueba Psicofísica.
   b) Prueba de Conocimiento.
   c) Evaluación de Aptitud Física.
   d) Entrevista.
   e) Evaluación Final.
   ARTÍCULO 10°.- El orden de precedencia en el Curso Preparatorio se determinará en base a la calificación obtenida al finalizar el Curso Básico de Formación Militar.
   ARTÍCULO 11°.- La ordenación para la precedencia calificada se obtendrá en la siguiente forma: se multiplica cada nota obtenida en las distintas pruebas por el coeficiente respectivo de ellas; se sumarán luego los productos obtenidos y este total se divide por la suma de los 3 coeficientes.
   ARTÍCULO 12°.- Los coeficientes a asignarse en las pruebas de precedencia calificada son:
   Razonamiento
   10.00
   Idioma Español
   10.00
   Aptitud Física
   9.00
   ARTÍCULO 13°.- Las pruebas se cumplirán bajo seudónimo y en la forma determinada por la Dirección de la Escuela Militar de Aeronáutica y se regirán en lo compatible por lo dispuesto en el "Reglamento General para la Escuela Militar de Aeronáutica".
   ARTÍCULO 14°.- El postulante o Alumno que, durante la realización de un examen, en cualquier circunstancia cometa o intente cometer algún fraude, será inmediatamente expulsado del aula y eliminado de la Lista de Aspirantes a Ingreso.

                               CAPÍTULO VII
   Aptitudes psicofísicas exigibles a los candidatos a ingreso a la Escuela Militar de Aeronáutica.
   ARTÍCULO 15°.- El presente Capítulo establece los requisitos de la aptitud psicofísica para el ingreso a la Escuela Militar de Aeronáutica.
   A) Formulario de Examen Psicofísico:
   1) En los reconocimientos médicos se utilizará el Formulario N° 4 "Fichas de Exámenes Psicofisiológicos".
   2) Los resultados de los reconocimientos médicos serán consignados en estos formularios, que se confeccionarán por duplicado. El original será archivado en forma definitiva en la División de Medicina Aeronáutica de la Fuerza Aérea Uruguaya y el duplicado servirá para iniciar o continuar el Legajo Sanitario.
   B) Técnica del Reconocimiento:
   Exámenes:
   Los reconocimientos médicos para ingreso o control constarán de los siguientes exámenes:
   1) Clínico médico quirúrgico.
   2) Oftalmológico.
   3) Otorrinolaringológico.
   4) Cardiológico y Electrocardiográfico.
   5) Neuropsiquiátrico y Electroencefalográfico con deprivación de sueño.
   6) Odontológico.
   7) Psicológico.
   8) Radiografía de tórax, estudio funcional respiratorio.
   9) Análisis de laboratorio:
   a. Sangre: Hemograma completo, glicemia, urea, perfil lipídico, uricemia, serología (VDRL y HIV) y Grupo sanguíneo.
   b. Orina completa.
   c. Detección de drogas.
   10) Para postulantes de sexo femenino:
   a. Anamnesis y examen ginecológico.
   b. Ecografía pelviana.
   c. Beta HCG negativa.
   11) Otros que sean necesarios a efectos de evaluar la aptitud.
   ARTÍCULO 16°.-
   A) Calificación de Aptitud.
   El resultado del examen psicofísico que sólo tendrá valor ante la Escuela Militar de Aeronáutica, se expresará con los siguientes términos:
   1) Apto: cuando reúna los requisitos psicofísicos establecidos para el ingreso.
   2) Condicional: comprende a quien padece en el momento del reconocimiento médico una alteración inhabilitante que puede remitirse antes de la fecha de su incorporación sin secuelas, estando comprendido en este concepto el período de convalecencia. Toda intervención quirúrgica o dentaria, así como los tratamientos y restauraciones que se consideren necesarias para rehabilitar al candidato, serán efectuadas bajo responsabilidad y a expensas del interesado, antes del ingreso al que aspira. En el momento de la incorporación se procederá a examinar nuevamente al candidato.
   3) No Apto: cuando no reúna los requisitos médicos establecidos para el ingreso.
   B) Organismo responsable de los reconocimientos psicofísicos.
   1) Dirección del Servicio de Sanidad de la Fuerza Aérea.
   2) Los resultados de los reconocimientos médicos de los candidatos a ingreso a la Escuela Militar de Aeronáutica, serán efectuados por un tribunal médico designado por el Director del Servicio de Sanidad de la Fuerza Aérea.
   3) Los candidatos a ingreso que estén en desacuerdo con la calificación de "No apto", podrán recurrir ante la Dirección del Servicio de Sanidad de la Fuerza Aérea, acorde con las normas generales de impugnación de los actos administrativos.
   4) La Dirección del Instituto, instrumentará la notificación de la calificación antes referida, con una antelación de por lo menos 15 días previos a la fecha de incorporación.
   5) La Dirección del Servicio de Sanidad de la Fuerza Aérea determinará la procedencia del pedido y en caso afirmativo designará la integración de una Comisión Médica para analizar y fundamentar la aptitud.
   ARTÍCULO 17°.- Requisitos Psicofísicos.
   A) Conformación corporal:
   Será valorada por las tablas o índices que a continuación se indican y fundamentalmente por la apreciación armónico constitucional del candidato.
   Son causas de No Aptitud:
   1) Talla: estatura menor de 1.60 metros o mayor de 1.95 metros en ambos sexos. Estos requisitos son excluyentes para formar parte del Escalafón "A" Aviadores, no así para el Escalafón "B" Navegantes.
   2) Peso: se aplicarán las Tablas y Nomogramas que calculen el índice de masa corporal (I.M.C.).
   Aptos: Valores normales.
   25 para el hombre 24 para la mujer
   Aptos: Condicionales:
   26 a 30 en el hombre (Sobrepeso) 25 a 29 para la mujer (Sobrepeso)
   No Aptos: Obesidad:
   Mayor de 30 en el hombre
   Mayor de 29 en la mujer
   Déficit de Peso:
   Menor de 20 en el hombre
   Menor de 19 en la mujer
   3) Perímetro torácico: el inferior en 7 centímetros a la mitad de la talla.
   4) Índice de Pignet: el inferior a menos de 5 y el superior a más de 36.
   B) Piel, tejido celular y anexos:
   Son causas de No Aptitud:
   1) Las dermatosis graves, extensas, crónicas y recidivantes.
   2) El acné seborreico muy pronunciado o pustuloso.
   3) La dermatitis atópica.
   4) Los líquenes.
   5) Los eczemas.
   6) Las micosis cutáneas extensas.
   7) La ictiosis.
   8) La bromhidrosis crónica y marcada.
   9) La hiperhidrosis macerante o rebelde.
   10) El pénfigo.
   11) La psoriasis.
   12) El albinismo.
   13) Los postulantes que tengan tatuajes en el cuerpo, podrán ingresar, siempre que no se vean con el porte de todos los Uniformes Militares, incluyendo el Uniforme de educación física corto.
   14) Los postulantes que tengan tatuajes en las extremidades y que no superen el 20% de la piel, podrán ingresar de manera condicional, teniendo 1 año para removerlos.
   15) No podrán ingresar quienes tengan tatuajes en cuello y/o cara.
   16) Las pigmentaciones extensas y visibles.
   17) Las hiperqueratosis intensas o que dificulten el uso del calzado.
   18) Las ulceraciones extensas o crónicas que afecten la función.
   19) Las alopecias patológicas crónicas.
   20) Las piodermitis graves y extensas.
   21) La esclerodermia.
   22) Los angiomas según el tamaño y la localización.
   23) Las cicatrices que dificulten la actividad específica.
   24) Toda otra afección o lesión de la piel y sus anexos que perturbe cualquier función.
   C) Cabeza-Cuello:
   Son causas de No Aptitud.
   1) Las exostosis o deformaciones craneales que dificulten el uso de equipos del uniforme.
   2) El prognatismo o micrognatía.
   3) Los quistes o fístulas branquiales congénitos.
   4) Las contracciones espásticas de los músculos del cuello persistentes y crónicas.
   5) Las costillas cervicales que produzcan complicaciones por compresión arterial espontánea provocada por las maniobras del examen.
   6) Cualquier otra afección o lesión del cráneo o cuello que altere el funcionamiento de los órganos propios.
   D) Tórax:
   Son causas de No Aptitud.
   1) La disminución marcada de la elasticidad de las paredes torácicas.
   2) La excursión respiratoria inferior a 5 centímetros.
   3) El tórax infundibuliforme, en quilla, de zapatero o cualquier otro defecto de la pared torácica que interfiera la función respiratoria.
   4) Todas las afecciones del mediastino.
   5) Toda otra afección del tórax.
   E) Columna vertebral:
   Son causas de No Aptitud:
   1) Las espondilitis de cualquier etiología.
   2) Las alteraciones marcadas de los ejes de la columna vertebral (cifosis, escoliosis y lordosis) que afecten a la dinámica postural.
   3) Escoliosis por encima de 20° de valor angular en cualquier topografía.
   4) Escoliosis congénita.
   5) Enfermedad de Scheuremann con más de 50° de valor angular a nivel torácico, o mayor de 10° a nivel toracolumbar.
   6) Cifosis congénita.
   7) Cifosis torácica menor de 10° de valor angular.
   8) Antecedente de cirugía de columna por patología discal.
   9) Las espondilosis de cualquier etiología.
   10) Las espondilolistesis.
   11) El mal de Pott.
   12) Las luxaciones vertebrales o secuelas de fracturas de columna.
   13) Toda otra afección de la columna vertebral que perturbe su función.
   F) Huesos:
   Son Causas de No Aptitud:
   1) La osteomielitis.
   2) La tuberculosis ósea.
   3) La osteítis deformante.
   4) Los callos óseos exuberantes y dolorosos.
   5) Las fracturas recientes cuyo período de curación definitivo sobrepase la fecha de incorporación. Toda otra afección de los huesos que perturbe su función.
   6) Cirugías previas que hayan requerido cualquier tipo de prótesis.
   G) Articulaciones-Ligamentos-Músculos: Son Causas de No Aptitud:
   1) Las artritis agudas y crónicas.
   2) La artritis reumatoidea.
   3) Los trastornos intrarticulares que dificulten la función.
   4) La hidrartrosis y hemartrosis.
   5) Las osteoartritis-artrosis y estados asociados.
   6) La artritis psoriásica.
   7) La sinovitis, bursitis, tenosinovitis y periartritis.
   8) Los esguinces y luxaciones recidivantes.
   9) Las pseudoartrosis.
   10) Las anquilosis.
   11) Las rupturas y retracciones y adherencias ligamentosas.
   12) Las hernias musculares.
   13) Las distrofias musculares.
   14) La luxación congénita de cadera.
   15) Toda otra afección o lesión de las articulaciones, ligamentos y músculos que perturbe una determinada función.
   H) Extremidades Superiores:
   Son Causas de No Aptitud:
   1) La ausencia o pérdida parcial o total de un dedo de cualquier mano.
   2) La polidactilia y sindactilia.
   3) Las retracciones aponeuróticas tendinosas que perturben la función.
   4) Cualquier otra afección o lesión de los miembros superiores que perturben la función respectiva.
   I) Extremidades Inferiores.
   Son Causas de No Aptitud:
   1) La ausencia o pérdida del dedo gordo del pie.
   2) La ausencia o pérdida de dos dedos de un pie.
   3) El pie plano que comprometa la función.
   4) Pie plano contracturado del adolescente.
   5) Pie plano grado 3.
   6) El pie equino y cavo que comprometa la función requerida.
   7) Pie cavo-varo grado 3.
   8) El Hallus valgus y Hallus varus.
   9) Quinto dedo varo.
   10) Cinodactilida y Polidactilia.
   11) El dedo martillo con marcada hiperqueratosis.
   12) La hiperqueratosis y verrugosis plantales.
   13) El mal perforante plantar.
   14) El genu valgus, varum o recurvarum pronunciados.
   15) El acortamiento de un miembro en más de 2 centímetros o que altere la dinámica.
   16) Toda otra afección o lesión de los miembros inferiores que perturbe la función de los miembros.
   J) Aparato Respiratorio: Son Causas de No Aptitud:
   1) La disminución de la capacidad vital forzada, por debajo del 80% del valor predicto u otras alteraciones del Funcional Respiratorio que indiquen la existencia de enfermedad pulmonar obstructiva, restrictiva o mixta de acuerdo a parámetros "I.T.S.".
   2) La pleuresía y derrame pleurales, así como sus secuelas, con excepción de aquellas mínimas que no alteren la función respiratoria ni impliquen riesgo en el padecimiento de otras patologías de aparición súbita.
   3) El neumotórax espontáneo o antecedentes de haberlo padecido excepto cuando haya sido tratado mediante la resección quirúrgica de bullas o vesículas que lo hubieran provocado.
   4) El empiema.
   5) La bronquitis crónica y asma.
   6) Las bronquiectasias.
   7) El enfisema pulmonar.
   8) Las infecciones quísticas del pulmón.
   9) El tórax positivo (se considerará tórax positivo el que presenta imágenes radiográficas patológicas de etiología difícil de precisar en el reconocimiento, pero incompatible con la Aptitud).
   10) Cualquier otra afección o lesión que perturbe la función respiratoria.
   K) Examen Odontológico: Son Causas de No Aptitud:
   1) Policaries.
   2) Paradenciopatías severas (distróficas o degenerativas).
   3) Deformaciones óseas maxilares que a juicio del tribunal odontológico afecten la oclusión o la funcionalidad de la articulación temporo-maxilar.
   4) Deformaciones congénitas o accidentales de las partes blandas de la boca que afecten cualquier función.
   5) Prótesis que a juicio del tribunal odontológico no reúnan las condiciones mínimas de funcionalidad.
   6) Disgnacias severas que afecten algunas de las funciones principales: respiración, fonación, masticación.
   7) No reunir un mínimo de veinte dientes perfectamente sanos de los cuales no habrá menos de 4 incisivos y 2 caninos superiores, 4 incisivos y 2 caninos inferiores, 4 molares superiores y 4 inferiores en cada arco dental.
   Dentro de los 20 dientes sanos requeridos se considerará apto, aplicaciones protésicas de tipo puente fijo y o implantes que reúnan condiciones mínimas funcionales.
   8) Labio leporino no reparado quirúrgicamente que afecte la fonación aún en grados leves.
   9) Las fístulas salivales.
   10) La pérdida parcial, atrofia o hipertrofia de la lengua, lengua bífida, adherencias en la lengua o en las partes blandas (si condicionan o interfieren en la masticación, la deglución o la emisión de la palabra).
   11) La perforación o pérdida extensa de sustancia del paladar o adherencias extensas.
   12) Todos los casos que cumpliendo con los requisitos de aptitud tengan a juicio del tribunal odontológico cualquier deficiencia.
   13) Se podrá excluir de causa de no aptitud la agenesia de incisivos laterales o la inclusión de una pieza anterior cuando la alineación de las piezas dentarias sea funcional, buena y sin brechas.
   14) Los dientes serán libres de sarro y se evidenciará en la boca que se practican
   las reglas más estrictas de la higiene personal.
   L) Aparato Digestivo:
   1) Esófago:
   Son Causas de No Aptitud:
   a. La estenosis.
   b. Los divertículos.
   c. Las úlceras y esofagitis de cualquier etiología.
   d. El megaesófago.
   2) Estómago o duodeno:
   Son causas de No Aptitud:
   a. La gastritis crónica.
   b. Las duodenitis. La enfermedad ulcerosa gastroduodenal.
   c. La gastroenterostomía, gastrectomía y resección por úlcera péptica.
   d. La dolicogastría manifiesta.
   3) Intestino, Hígado, Páncreas y Peritoneo:
   Son causas de No Aptitud:
   a. La enteritis, colitis y proctitis crónicas.
   b. Las úlceras intestinales.
   c. Las reacciones intestinales parciales que perturben la función.
   d. La fisura del ano, la fístula anal, los abscesos isquiorectales, la incontinencia anal y el prolapso rectal.
   e. El colon irritable, la colitis ulcerosa o antecedentes de haberla padecido.
   f. Las diarreas crónicas de cualquier etiología.
   g. Las diverticulitis, diverticulosis y megacolon.
   h. Las hemorragias gastrointestinales.
   i. La hepatomegalia.
   j. Toda enfermedad congénita, adquirida o crónica del hígado.
   k. La hepatitis dentro de los 6 meses previos al examen o persistencia de los síntomas después de ese lapso, con signos clínicos o de laboratorio, de la disfunción hepática.
   l. La coletiasis, la colecistitis crónica y las diasquinecias biliares.
   m. La colecistectomía.
   n. La pancreatitis aguda o crónica.
   o. Las viceroptosis pronunciadas.
   p. Las afecciones crónicas del peritoneo.
   q. Las hernias y eventraciones de cualquier tamaño y localización o antecedentes de cualquier operación de hernias dentro de los 60 días precedentes.
   r. Cualquier otra afección que perturbe la función normal del aparato digestivo.
   M) Aparato circulatorio:
   Son causas de No Aptitud:
   1) Las endocarditis, miocarditis y pericarditis de cualquier etiología, así como síntomas que delaten antecedentes de haberlas padecido, con secuelas de cualquier tipo.
   2) Las anomalías valvulares y los soplos orgánicos de cualquier naturaleza o etiología.
   3) Las enfermedades de las arterias coronarias.
   4) Valores de presión arterial que excedan a los que se expresen, tomados en decúbito supino y expresada en milímetros de mercurio.
   (a) Sistólica, MAXIMO TOLERADO: 130.
   (b) Diastólica, MAXIMO TOLERADO: 85.
   5) La cardiopatía hipertensiva, otras miocardiopatías y todo tipo de cardiopatías congénitas.
   6) La hipotensión arterial, cuando los valores de la presión sistólica sean persistentemente inferiores a 95 milímetros de Hg. en decúbito supino.
   7) Los trastornos electrocardiográficos que revelen una anomalía en la génesis y/o propagación del estímulo eléctrico cardíaco, o alteraciones miocárdicas estructurales.
   8) Las aneurismas de cualquier vaso.
   9) Los trastornos vasomotores periféricos que comprometen la función como el síndrome y/o enfermedad de Raynaud y la Eritromelalgia severa.
   10) La astenia neurocirculatoria y el Síncope Neurocardiogénico reiterado.
   11) Las várices y flebitis.
   12) Las hemorroides voluminosas. Las no voluminosas serán evaluadas con criterio médico que tome como base el pronóstico de su evolución.
   13) Cualquier otra afección o lesión que perturbe la función cardiocirculatoria.
   N) Examen Oftalmológico: Son causas de No Aptitud:
   a) Relativo a la visión:
   1.a. Curso de Aviadores:
   Visión sin corrección menor a 8/10 y que no llegue a 10/10 con corrección en ambos ojos.
   1.b. Curso Navegantes:
   Visión sin corrección menor a 7/10 y con corrección y visión binocular no llegue a 10/10.
   2. Alteraciones en la visión de colores.
   No se admitirán errores en la lectura del Test de ISHIHARA.
   3. Alteraciones en el encandilamiento y en la adaptación a la oscuridad.
   4. Alteraciones del campo visual.
   b) Relativo al balance ocular:
   1. Exoforias, Endoforias, Hipertropías, Hipotropías. Se exigirá Ortoforia.
   2. Alteraciones en los valores de la tonometría ocular.
   3. Pérdida anatómica o funcional de un ojo. Posición anormal de los ojos o párpados. Protrusión ocular. Neoformaciones.
   4. Cirugía refractiva. Lentes intra oculares.
   Implantes continuarán siendo causales de No Aptitud según las siguientes especificaciones:
   4.a. La cirugía refractiva que presentó complicaciones o no cumple con una agudeza visual como fue determinada en el literal N) 1.a. y 1.b. respectivamente. A su vez la aptitud quedará supeditada al espesor corneal post quirúrgico que será valorada por el médico oftalmólogo.
   4.b. Los lentes intraoculares de cámara anterior.
   4.c. Los lentes intraoculares de cámara posterior cuando presentan alguna complicación o alteración de agudeza visual, como se determinó en el literal N) 1.a. y 1.b.
   4.d. La afaquia.
   5. Lesiones y enfermedades crónicas del ojo, sus anexos y vías ópticas.
   O) Aparato Urogenital. Son causas de No Aptitud:
   1) La albuminuriadosable.
   2) La hematuria, cilindruria u otros hallazgos indicadores de enfermedad del tracto renal.
   3) La glucosuria.
   4) La pérdida anatómica o funcional de un riñón.
   5) La nefritis aguda o crónica.
   6) La nefrosis.
   7) La litiasis renal o de las vías urinarias.
   8) La pielitis crónica.
   9) La ptosis renal.
   10) La pielonefritis, la hidronefritis y la pionefritis.
   11) El riñón poliquístico.
   12) Las estrecheces de las vías urinarias.
   13) La cistitis crónica.
   14) La incontinencia o retención de la orina
   15) Las fístulas uretrales.
   16) Las uretritis crónicas.
   17) El hermafroditismo o pseudohermafroditismo.
   En la mujer:
   18) Atrofia o distrofia gonadal y/o uterina.
   19) Infección genital crónica.
   20) Malformaciones vulvo perineovaginales.
   21) Endometriosis.
   22) Poliquistosis ovárica.
   23) Tumores malignos del aparato genital femenino.
   24) Tumores benignos del aparato genital femenino que afecten su normal funcionamiento.
   25) Cualquier otra afección o lesión que perturbe la función urogenital.
   P) Sistema Otorrinolaringofaringológico:
   Son causas de No Aptitud:
   a) Oído:
   1. La pérdida total o parcial de un pabellón auricular o distrofias.
   2. La atresia del conducto auditivo externo o disminución de más de un 50% de su luz.
   3. La infección crónica del conducto auditivo externo.
   4. La otitis media crónica.
   5. La otitis media catarral crónica.
   6. La otitis media colesteatomatosa.
   7. La perforación de la membrana del tímpano.
   8. La mastoiditis aguda o crónica.
   9. Las intervenciones quirúrgicas en el oído medio.
   10. La obstrucción tubaria crónica.
   11. Las alteraciones de la función vestibular.
   12. Las hipoacusias uni o bilaterales que sobrepasen una pérdida de 15 decibeles en una o más frecuencias tomadas por vía aérea.
   b) Nariz:
   1. La pérdida total o parcial de la nariz.
   2. Las deformaciones o malformaciones que interfieren la respiración y la emisión de la palabra.
   3. Las modificaciones del volumen, forma o aspectos de la nariz serán un impedimento en cuanto dificulten u obstaculicen el adecuado uso del equipo reglamentario.
   4. La rinitis atrófica u ocenosa.
   5. Las desviaciones o malformaciones del septum nasal que alteran la permeabilidad nasal (Prueba de Rosenthal positiva).
   6. Las hipertrofias de los cornetes.
   7. La perforación del tabique nasal que provoque marcada disfunción.
   8. La anosmia o parosmia.
   9. La sinusitis crónica.
   10. Las rinopatías alérgicas.
   c) Faringe-Laringe:
   1. La amigdalitis crónica.
   2. La hipertrofia amigdalina o adenoidea que interfiera la función respiratoria o la fonación.
   3. La faringitis crónica.
   4. Los trastornos orgánicos o funcionales de la deglución.
   5. La parálisis del velo del paladar cuando interfiera la deglución o la fonación.
   6. La parálisis de las cuerdas vocales.
   7. La laringitis crónica de cualquier naturaleza.
   8. La afonía, disfonía o cualquier otro trastorno que altere el timbre fisiológico de la voz de acuerdo con la edad.
   9. Cualquier otra afección o lesión del sistema otorrinolaringofaringológico que perturbe alguna función del mismo.
   Q) Sistema Endócrino-Metabolismo y Nutrición:
   Son causas de No Aptitud:
   1) El gigantismo o acromaglia.
   2) El enanismo.
   3) La distrofia adiposo genital. Hipopituitarismo.
   4) El bocio. Historia de tiroidectomía.
   5) El Hipotiroidismo manifiesto. El mixedema sea o no postoperatorio.
   6) El cretinismo.
   7) Las disfunciones paratiroides.
   8) El hiperinsulinismo.
   9) El síndrome de hipersuprarrenalismo o hiposuprarrenalismo progresivos.
   10) Las disfunciones gonadales, que traigan aparejadas manifestaciones de hipogonadismo o hipergonadismo de grado patológico.
   11) Los reumatismos crónicos.
   12) Las enfermedades por carencias, avitaminosis, etcétera, cuando ocasionen un estado patológico que no puede ser corregido antes de la fecha de incorporación.
   13) La obesidad manifiesta en grado inconveniente, a menos que ella haya sido corregida antes de la fecha de incorporación.
   14) La gota.
   15) La diabetes mellitus en cualquiera de sus grados.
   16) La osteomalacia.
   17) La lipomatosis múltiple.
   18) Cualquier otra afección que perturbe las funciones endócrinas.
   19) En la mujer la poliquistosis ovárica, hipertricosis.
   R) Sistema Hemático:
   Son causas de No Aptitud:
   1) La anemia, en cualquiera de sus formas clínicas (se exceptúan las hemorrágicas o carenciales que sean corregidas antes de la incorporación).
   2) Las enfermedades mieloplásicas roja, blanca o plaquetaria.
   3) Las enfermedades mieloproliferativas roja, blanca o plaquetaria.
   4) La enfermedad de Hodgkin y los linfomas.
   5) Las diátesis hemorrágicas en cualquiera de sus formas.
   6) Las enfermedades tromboembólicas.
   7) Las enfermedades crónicas del bazo.
   8) La esplenectomía.
   9) Las afecciones crónicas de los vasos linfáticos.
   10) Cualquier otra afección que por su naturaleza provoque o pueda provocar trastornos serios en el organismo.
   S) Sistema Nervioso:
   Son causas de No Aptitud:
   1) Las epilepsias en todas sus formas clínicas.
   2) La disritmia cerebral comprobada elecroencefalográficamente.
   3) Los tics nerviosos evidentes.
   4) Las neuritis, neuralgias, neuropatías o radiculopatías, cualquiera sea su etiología.
   5) Los antecedentes de afección o lesiones encefálicas o meníngeas cuando haya dejado secuelas.
   6) Las neurosífilis cualquiera sea su forma clínica.
   7) Las jaquecas, mareos a repetición y síndromes vertiginosos.
   8) Los operados de cualquier proceso encefalomedular.
   9) Las parálisis y paresia.
   10) Las distonías neurovegetativas evidentes.
   11) Cualquier secuela de traumatismo craneoencefálico que se diagnostique en el momento del examen clínico o en los trazados electroencefalográficos o imagen tomográfica anormal, que delate la perturbación de alguna función neuropsíquica.
   12) Cualquiera otra afección neurológica que se diagnostique en el momento del examen o existan antecedentes de enfermedades neurológicas familiares y hereditarias.
   T) Enfermedades y Trastornos Mentales: Son causas de No Aptitud:
   1) Psicosis delirantes agudas o crónicas.
   2) Trastornos del desarrollo, oligofrenias y demencias de cualquier etiología.
   3) Neurosis estructuradas.
   4) Trastornos de ansiedad.
   5) Trastornos del estado de ánimo.
   6) Trastornos disociativos.
   7) Trastornos somatomorfos.
   8) Caracteropatías con trastornos de la conducta.
   9) Toxicomanías en general.
   10) Afecciones congénitas o adquiridas, agudas o crónicas, activas o latentes del Psiquismo, que pudieren significar un riesgo para el desempeño de la actividad militar.
   U) Perfil Psicológico:
   Comprenderá básicamente las exigencias mínimas requeridas en las áreas intelectual, psicomotriz, afectiva y psicosocial, tratando de apreciar el desarrollo de su personalidad y una adecuada motivación para la actividad a realizar.
   V) Enfermedades transmisibles y parasitarias:
   Apto Condicional:
   1) La sífilis primaria.
   Son causas de No Aptitud:
   2) La tuberculosis en cualquiera de sus localizaciones y formas clínicas.
   3) La sífilis en secundaria o terciaria.
   4) La blenorragia aguda o crónica (Gonococias).
   5) La enfermedad reumática y sus secuelas.
   6) La brucelosis.
   7) La enfermedad de Chagas.
   8) La lepra.
   9) La hepatitis o virus.
   10) La amebiasis.
   11) El paludismo.
   12) La equinococosis.
   13) Las parasitosis viscerales que inciden sobre el estado general.
   15) Cualquier otra enfermedad infecto-contagiosa o parasitaria que perturbe la función normal de algún órgano o aparato.
   W) Enfermedades Alérgicas:
   Son causas de No Aptitud:
   1) El asma bronquial.
   2) La bronquitis espasmódica a repetición.
   3) La coriza espasmódica.
   4) El edema angioneurótico.
   5) Las jaquecas a repetición.
   6) La urticaria recidivante.
   7) La dermatitis alérgica.
   8) La anafilaxia alimentaria.
   9) Los pruritos crónicos.
   10) Cualquier otra afección alérgica que modifique la función normal del organismo.
   X) Tumores:
   Son causas de No Aptitud:
   1) Los tumores malignos de cualquier localización.
   2) Tumores benignos, cuando por su volumen, número, localización y extensión, produzcan deformaciones evidentes o impidan el normal funcionamiento de un órgano o miembro. (En todos los casos se indicará su localización).
   3) Tumores benignos en la mujer que afecten el normal funcionamiento del aparato genital.
   Y) Malformaciones, deformaciones y vicios congénitos o adquiridos:
   Son causas de No Aptitud:
   1) Las malformaciones, deformaciones, fracturas mal consolidadas, vicios congénitos o adquiridos, que perturben la función de un órgano. (En todos los casos se indicará su localización).
   Z) Enfermedades de causa física:
   Son causas de No Aptitud:
   1) Las afecciones o trastornos orgánicos o funcionales producidos por aumento exagerado de la sensibilidad al frío, calor, hipobaria, movimiento, radiaciones, ruidos, siempre y cuando disminuyan o interfieran la capacidad para la vida militar o constituyan un riesgo evidente para la salud el mismo.
   2) En el transcurso del primer año de estudios en la Institución serán causa de baja, previo informe del Tribunal Médico, todas las afecciones crónicas que padeciera el postulante previo a su ingreso, aun cuando no hubieran sido declaradas o constatadas en el Examen Médico de Admisión, así como también aquellas que aparecieran en el período de ese año.

                              CAPÍTULO VIII
                         Pruebas de conocimiento
   ARTÍCULO 18°.- Las pruebas de precedencia calificada (Escala de 1 a 10), se realizarán en la forma y en el orden que se establece a continuación:
   A. Razonamiento:
   a) Consistirá en una prueba escrita de 3 horas de duración que se realizará en la siguiente forma:
   1. Resolución de problemas sobre la base de los Cursos de Matemática vigentes del Bachillerato Diversificado, Orientación Humanística.
   2. Respuestas a un cuestionario de 10 preguntas extractadas de los mismos programas y con las mismas condiciones.
   b) Ambas partes tendrán igual valor y la nota final se obtendrá con su promedio.
   c) La calificación obtenida determinará la precedencia correspondiente a esta prueba.
   d) Dichas pruebas podrán tener carácter de eliminación, de acuerdo al número de postulantes, lo cual será informado previamente a la realización de las mismas, siendo el mínimo para su aprobación de 5.50.
   B) Idioma Español:
   a) Consistirá en una prueba escrita de 3 horas de duración sobre:
   1. Argumentativo, producción escrita sobre texto de autores incluidos en los programas de Educación Media.
   2. Texto expositivo, con respuestas de opción múltiple.
   3. Dictado de no menos de 150 palabras.
   a) La nota final será el promedio aritmético de las obtenidas en las pruebas antes referidas.
   b) La calificación obtenida determinará la precedencia correspondiente a esta prueba.
   c) Dichas pruebas podrán tener carácter de eliminación, de acuerdo al número de postulantes, lo cual será informado previamente a la realización de las mismas, siendo el mínimo para su aprobación de 5.50.
   C) Aptitud Física: las pruebas a calificar son las determinadas en el Capítulo IX.
                               CAPÍTULO IX
                              Aptitud física
   ARTÍCULO 19°.- Los aspirantes a ingreso que hubieran llenado las exigencias de los artículos anteriores, serán sometidos a las pruebas de suficiencia física que controlará un Tribunal Examinador compuesto por los Jefes de Estudios, del Cuerpo de Alumnos, del Departamento de Educación Física y un Oficial Instructor en calidad de Secretario.
   ARTÍCULO 20°.- Estas pruebas consistirán en demostrar las siguientes capacidades mínimas.

Hombre
Mujer
a) Carrera de 100 metros llanos
14"
16"
b) Carrera de 300 metros llanos
50"
1"
c) Carrera de 3000 metros llanos
15'
18'
d) Extensión de brazo
20 en 1'
10 en 1'.
e) Flexiones de barra
7
7
f) Natación (de cúbito abdominal)
50 mts. 
50 mts.
g) Abdominales
30 en 1'
30 en 1'.
h) Prueba de arrojo
CAPÍTULO X Entrevista y evaluación final
   ARTÍCULO 21°.- Los postulantes a ingreso serán sometidos a una entrevista de carácter eliminatorio por parte de la Junta de Procesamiento de Antecedentes de Postulantes a Ingreso a efectos de la evaluación de las aptitudes personales.
   ARTÍCULO 22°.- La Junta de Procesamiento de Antecedentes de Postulantes a Ingreso estará integrada por el Sub Director, el Jefe de Estudios, el Jefe del Cuerpo de Alumnos y aquellos asesores que la Dirección entienda conveniente.

                               CAPÍTULO XI
                         Disposiciones generales
   ARTÍCULO 23°.- Los postulantes inscriptos que no se presenten al concurso de admisión en las fechas que se determinen perderán el derecho de ingreso.
   ARTÍCULO 24°.- La solicitud de ingreso implica por parte del interesado y de su padre, madre o tutor legal el compromiso de aceptar íntegramente el régimen disciplinario administrativo y docente de la Escuela Militar de Aeronáutica.
   ARTÍCULO 25°.- Quienes ingresen deberán tener un representante en los departamentos de Montevideo o Canelones, cuando no residan en ellos sus padres o tutores legales, que se entenderá con la Dirección cuando fuera necesario. No podrá desempeñar funciones de tutor o representante el personal adscripto a la Escuela Militar de Aeronáutica.
   ARTÍCULO 26°.- Los ingresados quedan obligados a someterse a las vacunaciones y demás medidas preventivas obligatorias que el Servicio de Sanidad de la Fuerza Aérea disponga.
   ARTÍCULO 27°.- Los desperfectos de cualquier orden en las instalaciones, material docente, equipo, vestuario, etcétera, ocasionados por omisión o negligencia de los Alumnos serán de cargo de los mismos o de los padres o tutores legales.
   ARTÍCULO 28°.- Los Alumnos ingresados recibirán a partir de la fecha de su alta, la remuneración que se les asigna por la Ley de Presupuesto Nacional. También se les proporcionará asistencia médica, odontológica, de profesores y alimentación.
   ARTÍCULO 29°.- Los postulantes que obtengan Beca deberán poseer a su ingreso al Instituto, el equipo y útiles que exige la reglamentación interna del mismo.
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