Aprobado/a por: Decreto Nº 200/989 Derogada/o de 02/05/1989 artículo 1.
Ver vigencia: Decreto Nº 269/998 Derogada/o de 29/09/1998 artículo 3.
Art. 6º. La bibliografía de referencia, a ser usada como material de
estudio con carácter oficial, para la realización de las distintas
pruebas, será puesta en conocimiento de los eventuales concursantes,
mediante publicación en el Boletín del Ministerio de Defensa Nacional.
   A tales efectos, el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas elevará
anualmente la realización de textos y demás material de estudio vigente, a
la vez que asegurará que en la Escuela de Sanidad de las Fuerzas Armadas,
existan suficiente cantidad de ejemplares de los mismos, como para
satisfacer a las demandas de los interesados. 


(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 269/998 de 29/09/1998 artículo 1.
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