Aprobado/a por: Decreto Nº 200/989 Derogada/o de 02/05/1989 artículo 1.
Ver vigencia: Decreto Nº 269/998 Derogada/o de 29/09/1998 artículo 3.
 Art. 9º. Para la determinación del tema monográfico a ser planteado,
se procederá de la siguiente forma:
   a) Anualmente el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas propondrá
al Ministerio de Defensa Nacional una lista de como mínimo 5 (cinco)
posibles temas para cada jerarquía y cuerpo ajustados a los lineamientos
generales establecidos en el Anexo 1 Cuadro A.-   
   b) De dicha lista el Ministerio de Defensa Nacional, seleccionará 3
(tres) temas que serán dados a publicidad por intermedio del Boletín de
Defensa Nacional, con por lo menos 3 (tres) meses de antelación a la fecha
de Concurso.  
   c) El día de la prueba, e inmediatamente antes de su realización, se
procederá a sortear el tema a ser desarrollado, de entre la lista a que se
refiere el literal anterior.

(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 269/998 de 29/09/1998 artículo 1.
Referencias al artículo
Ayuda