Aprobado/a por: Decreto Nº 210/999 de 20/07/1999 artículo 1.
                                 CAPITULO I

1. Organo de Reclutamiento.-
1.1. Conjuntamente con el Centro de Instrucción de Oficiales de Reserva,
funcionará un Centro de Reclutamiento de Personal de la Reserva del
Ejército, en el Instituto Militar de las Armas del Ejército.-
1.2. El citado Centro de Reclutamiento, además de lo dispuesto por las
Leyes, Reglamentaciones y Disposiciones en vigencia al respecto, se
ajustará a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento.-

(*)Notas:
Numeral 5.1.2 se modifica/n por: Decreto Nº 404/999 de 21/12/1999 artículo 
1.
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