REGLAMENTO DE LA REDENCION DE LA PENA POR TRABAJO Y ESTUDIO
Aprobado/a por: Decreto Nº 225/006 de 13/07/2006.
Derogado/s por: Decreto Nº 407/021 de 16/12/2021 artículo 2.
23. Toda organización no gubernamental u otro tipo de organización que
pretenda llevar adelante proyectos, dentro del recinto carcelario o
fuera del mismo, deberá contar con el aval del Departamento de
Educación de cada Establecimiento, del INACRI y del Departamento
Gestión Laboral de cada Establecimiento según corresponda, antes de
implementarse su ejecución. Se otorgará especial consideración a los
proyectos presentados por las organizaciones que se encuentren en
trámite a la fecha de entrada en vigencia del presente Reglamento.
(*)Notas:
(párrafo final) se agrega/n por: Decreto Nº 102/009 de 02/03/2009 artículo
2.
Ayuda