REGLAMENTO DE CALIFICACION Y DE ASCENSO DEL PERSONAL SUPERIOR Y
SUBALTERNO DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Aprobado/a por: Decreto Nº 245/993 de 01/06/1993 artículo 1.
Art. 42do.- El acceso a la jerarquía de Oficial en el grado de Alférez se
realizará en la fecha de producirse la vacante, computándose la
antigüedad en el grado a partir del 1º de febrero del año siguiente.
En la jerarquía de Oficial se otorgarán dentro de cada Cuerpo por los
Sistemas de Antigüedad Calificada y Concurso de Oposición, con fecha 1ro.
de febrero.
Cuando los ascensos son 50% por Antigüedad y 50% por Concurso las
vacantes se llenarán una por Antigüedad y una por Concurso
alternadamente, continuando con el orden de un año para otro sin
interrupciones dentro de cada Cuerpo.
(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 117/009 de 02/03/2009 artículo 2.
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