REGLAMENTO NACIONAL DE CARNICERÍAS
Aprobado/a por: Decreto Nº 31/021 de 21/01/2021 artículo 1.
Reglamento sustituido por: Decreto Nº 386/023 de 05/12/2023 artículo 1.
Artículo 7.- Las normas contenidas en el artículo 1° del presente Decreto sustituyen a la Sección 2 del Capítulo 10 del Reglamento Bromatológico Nacional sobre carnicerías, aprobado por el Decreto N° 315/994, de 5 de julio de 1994, en la redacción dada por el Decreto N° 110/995, de 24 de febrero de 1995. Sin perjuicio, durante el período de adecuación previsto en el artículo 5° del presente Decreto, mantendrá su vigencia en lo aplicable el Decreto N° 110/995 de 24 de febrero de 1995.
(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 315/994 de 05/07/1994 Capítulo 10
Sección 2.
Ayuda