Aprobado/a por: Decreto Nº 385/992de 13/08/1992 artículo 1. Título XI se agrega/n por: Decreto Nº 154/008 de 29/02/2008 artículo 2.
Art. 85. Si el consorcio resultare adjudicatario de las obras, el Registro procederá a su inscripción, previo cumplimiento de las formalidades establecidas en el art. 503 de la ley 16.060.Ayuda