Aprobado/a por: Decreto Nº 419/997 de 04/11/1997 artículo 1.
   Artículo 2.- Derógase el artículo 16.4.9 del Reglamento Bromatológico Nacional (Decreto No. 315/994 de 5 de julio de 1994) en los literales a), b), c), d), e), f), g) y h).
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