Aprobado/a por: Decreto Nº 435/996 de 19/11/1996 artículo 1.
Artículo 9.- Los precios del gas al consumidor final serán fijados por el Poder Ejecutivo a propuesta de los distribuidores, a través del Ministerio de Industria, Energía y Minería.
(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 203/015 de 28/07/2015 artículo 1.Ayuda