Aprobado/a por: Decreto Nº 436/980 de 19/08/1980 artículo 1.
                             Antecedentes

A.   BASES JURIDICAS.

1.   Ley 13.833, de fecha 29 de diciembre de 1969, que en su artículo 12º
     establece que queda prohibido verter en las aguas toda sustancia que
     en cualquier forma haga nociva su utilización, o destruya su flora o
     fauna, prohibiendo especialmente arrojar hidrocarburos, desperdicios
     radioactivos, residuos industriales, anilinas y que la Reglamentación
     determinará las medidas de precaución tendientes a evitar la
     contaminación o polución de las aguas.

2.   Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo:

     "ARTICULO 48. Cada parte se obliga a proteger y preservar el medio
     acuático y en particular a prevenir su contaminación, dictando las
     normas y adoptando las medidas apropiadas, de conformidad a los
     Convenios Internacionales aplicables y con adecuación, en lo
     pertinente, a las pautas y recomendaciones de los organismos técnicos
     internacionales.

     ARTICULO 49. Las Partes se obligan a no disminuir en sus respectivos
     ordenamientos jurídicos:

     a)   Las exigencias técnicas en vigor para prevenir la contaminación
          de las aguas; y
     b)   La severidad de las sanciones establecidas para los casos de
          infracción.

     ARTICULO 78. Se prohibe el vertimiento de hidrocarburos provenientes
     del lavado de tanques, achiques de sentinas y de lastre y en general,
     cualquier otra acción capaz de traer efectos contaminantes, en la
     zona comprendida entre las siguientes líneas imaginarias:

     a)   Partiendo de Punta del Este (República Oriental del Uruguay);
          hasta
     b)   Un punto de latitud 36º14' Sur, longitud 53º23' Oeste; de aquí
          hasta
     c)   Un punto de latitud 37º32' Sur, longitud 55º23' Oeste; de aquí
          hasta
     d)   Punta Rasa del Cabo San Antonio (República Argentina) y
          finalmente desde este punto hasta el inicial en Punta del Este".

3.   Disposición Marítima Nº 8 de la Prefectura Nacional Naval que
     establece que queda prohibido verter hidrocarburos y residuos
     provenientes del lavado de tanques, achique de sentinas y de lastre
     en general o cualquier otra acción capaz de tener efectos
     contaminantes en aguas del mar territorial uruguayo, con excepción de
     la zona que se encuentra:

     a)   Fuera de los límites del Río de la Plata;
     b)   Fuera de las 100 millas contiguas al mar territorial uruguayo,
          o sea, 100 millas a contar desde la costa oceánica;
     c)   Fuera de la zona de prohibición de acciones contaminantes
          (Artículo 78 del Tratado del Río de la Plata).

B.   BASES TECNICAS.

      El proyecto fue confeccionado en base a la Parte I -Prevención- del
     Manual sobre Contaminación Petrolífera, preparado por el Comité de
     Protección del Medio marino de OCMI, de acuerdo al Convenio
     Internacional para Prevenir la Contaminación de las Aguas del Mar por
     Hidrocarburos de 1954, al cual se adhirió nuestro país.

          REGLAMENTO PARA PREVENIR LA CONTAMINACION DEL MAR POR
              HIDROCARBUROS DEBIDO A OPERACIONES CON BUQUES

                              CAPITULO I

                         Disposiciones Generales

1.01 El presente Reglamento se basa en la Convención Internacional para
     prevenir la Contaminación de las Aguas del Mar por Hidrocarburos, en
     1954, de la Organización Consultiva Marítima Intergubernamental y es
     aplicable a las operaciones con buques que comprendan:

     1)   Carga, descarga y toma de combustible cuando estén amarrados a
          muelle o a un terminal mar adentro;
     2)   Trasvase de hidrocarburos de un buque tanque a otro, inclusive
          el caso de alijo de los transportadores de crudo de dimensiones
          muy grandes;
     3)   Descarga de hidrocarburos ocasionadas por los métodos utilizados
          para la limpieza de los tanques y por las operaciones de
          deslastrado;
     4)   Descarga de residuos de hidrocarburos y de aguas oleosas
          procedentes de las sentinas.

1.02 La jurisdicción de aplicación de este Reglamento es la que comprende
     a los puertos y aguas jurisdiccionales de la República Oriental del
     Uruguay, incluyendo la zona económica exclusiva, debiendo acatarse lo
     que al respecto establece el artículo 78 del Tratado del Río de la
     Plata y su Frente Marítimo y la disposición marítima Nº 8 de la
     Prefectura Nacional Naval.

1.03 La Autoridad Marítima responsable por el control del cumplimiento de
     lo establecido en este Reglamento y en los que de él se deriven, es
     la Prefectura Nacional Naval, quien a los efectos que correspondan
     aplicará el Reglamento Preventivo y Represivo de Infracciones
     Marítimas Fluviales y Portuarias.

1.04 Las Autoridades Marítimas dependientes de la Prefectura Nacional
     Naval, con jurisdicción regional en áreas marítimas o fluviales donde
     sea necesario establecer reglamentaciones particulares, así lo harán;
     en concordancia con lo establecido en este Reglamento.

                              CAPITULO II

               Prescripciones Aplicables a Todos los Buques

A.   GENERALIDADES.


2.01 Durante la carga, descarga, trasvase de hidrocarburos o toma de
     combustible, se adoptarán las precauciones generales que se
     enumeran a continuación:

     1)   Cuando la toma de combustible se lleve a cabo atracado a muelle,
          el buque tendrá que estar fuertemente amarrado por medio de
          cabos y/o cables que estén en buen estado, y cuyas dimensiones
          sean adecuadas para soportar la carga a la que probablemente
          estarán sometidos. Se inspeccionarán y ajustarán regularmente
          las amarras, para mantenerlas debidamente tensas y, con ello,
          evitar en la mayor medida posible que el buque se aparte del
          atracadero, en especial cuando suba o baje considerablemente el
          nivel de las aguas con el movimiento de la marea;
     2)   Mientras duren las operaciones, se obturarán de modo que queden
          estancos a los líquidos, todos los imbornales a los que tienen
          accesos los hidrocarburos, en el caso de ocurrir un derrame. Se
          limpiará periódicamente, de la cubierta, toda acumulación de
          agua, debiendo volverse a colocar los obturadores de los
          imbornales inmediatamente después de extraer el agua;
     3)   Durante las operaciones se colocarán bandejas de recogida de
          derrames debajo de las conexiones y bridas de los conductos
          flexibles. Estas bandejas se escurrirán o vaciarán si es
          necesario.
           Cuando no se disponga de medios para poder purgar, de modo
          adecuado, los conductos flexibles y las tuberías, se obturarán
          los acoplamientos en forma apropiada en el mismo momento de
          efectuar la desconexión;
     4)   Se dispondrá en todo momento de materiales secos, tales como
          arena o un absorbente de hidrocarburos, para tratar cualquier
          pequeño derrame que pueda producirse;
     5)   Antes de dar comienzo a trasvase de hidrocarburos, se
          verificarán los medios de comunicación entre el buque y las
          instalaciones en tierra, la estación de carga en el mar o el
          buque tanque, y todas las señales utilizadas tendrán que ser
          perfectamente comprendidas por una y otra parte;
     6)   Para poder detectar inmediatamente cualquier fuga o avería se
          inspeccionarán regularmente, antes de comenzar las operaciones,
          y a intervalos periódicos durante su empleo, los conductos
          flexibles y demás equipos en servicio. Durante las operaciones
          se deberán conectar y afianzar adecuadamente los conductos
          flexibles, procurando especialmente evitar que no queden
          aplastados entre el buque y el muelle, o entre el fondo del
          buque y el lecho del mar, en los atracaderos mar adentro,
          dotados de oleoductos submarinos. Cuando se trate de brazos de
          carga, se tendrán constantemente cuidado de que los brazos
          puedan desplazarse libremente siguiendo los movimientos del
          buque;
     7)   Los conductos flexibles tendrán que ser de longitud suficiente,
          habida cuenta de los movimientos normales del buque, y cuando
          éstos se doblen, el codo que forman no deberá tener un radio
          inferior a aquél para el cual hayan sido proyectados;
     8)   Cuando se utilice un atracadero mar adentro, antes de intentar
          elevar un conducto flexible a bordo, el Capitán u otro Oficial
          habilitado al efecto, verificará que el peso total que ha de
          elevarse no rebase los límites de capacidad del dispositivo para
          levantar pesos del buque, que se tenga el propósito de utilizar;
     9)   Cuando la temperatura ambiente sea inferior a la del nivel de
          congelación, para las conexiones de las tuberías no se
          utilizarán materiales de empaquetadura de las juntas que sean
          higroscópicos, puesto que en éstos puede ocurrir fugas si
          aumenta la temperatura de los oleoductos;
     10)  Cualquier derrame de hidrocarburos que ocurra accidentalmente en
          la cubierta se limpiará inmediatamente y vaciará, de ser
          posible, en los tanques de carga o de combustible, o bien en
          tierra.
           El hidrocarburo derramado no se descargará en el mar;
     11)  Todas las puertas laterales de las estaciones de toma de
          combustible en un buque si la hubiera, deberán cerrarse y
          afianzarse cuando no estén en servicio, lo cual también se hará
          cuanto antes al dejar de utilizarlas.

B.   OPERACIONES DE TOMA DE COMBUSTIBLE.

2.02 Antes de comenzar las operaciones de toma de combustible se designará
     un Oficial, quien fiscalizará personalmente todas las operaciones,
     debiendo observarse las siguientes precauciones:

     1)   El Oficial a cargo se cerciorará de que todo el personal que
          interviene en las operaciones de toma de combustible conoce
          perfectamente el circuito de combustible del buque, incluída la
          ubicación de los tubos de rebose y de aireación, de las ondas y
          de los indicadores de profundidad;
     2)   Se informará al personal en tierra, o a la tripulación del
          otro buque, del régimen máximo que se estime admisible, así como
          la presión máxima de funcionamiento en las tuberías de llenado
          de combustible líquido. El encargado de vigilar la operación
          deberá estar enterado del número de tanques que puede llenar
          simultáneamente, que condiga con el mantenimiento en el buque de
          condiciones satisfactorias de estabilidad; sabrá cual es el
          número máximo de tanques que él y su personal pueden atender
          adecuadamente, así como el orden que se tendrá que seguir para
          llenarlos;
     3)   El primer maquinista se cerciorará que se haya efectuado la
          inspección de los tubos de aireación, para verificar si el aire
          y los gases desplazados pueden escaparse libremente y con
          completa seguridad;
     4)   El Oficial encargado de las operaciones o quien se designe
          deberá hacer sondeos con precisión de los tanques para
          determinar la cantidad de hidrocarburos que se encuentra ya a
          bordo, y cerciorarse de que con toda seguridad los tanques
          pueden recibir la cantidad de hidrocarburos que se proyectaba
          cargar. El Oficial también procurará que los abastecedores le
          confirmen la unidad de medida utilizada, por ejemplo, si se
          trata de barriles o de toneladas y si éstas son toneladas cortas
          o largas;
     5)   Es esencial que el tanque de rebose, si lo hubiere, o el tanque
          de hidrocarburos destinado a servir de tanque de rebose, sea el
          último que se llena. Por lo tanto, la válvula de llenado de que
          está dotado este tanque estará bien cerrada hasta que se
          necesite el tanque al final de la operación de toma de
          combustible. Se comprobará que estén abiertas todas las válvulas
          necesarias de la tubería de llenado. Al dar comienzo a la toma
          de combustible se deberá mantener al mínimo el régimen de
          bombeo, de modo que se puede interrumpir rápidamente la
          alimentación de combustible, en caso de funcionamiento
          defectuoso. Al iniciar las operaciones se comprobará la presión
          de las tuberías de llenado para cerciorarse de que no se rebase
          la presión máxima de funcionamiento.

2.03 Durante la toma de combustible se observarán las siguientes
     precauciones:

     1)   Se harán sondeos frecuentes del nivel de combustible o de la
          capacidad disponible de los tanques. Se abrirán las válvulas de
          llenado de los tanques que se vayan a llenar, seguidamente
          antes de cerrar las válvulas de los tanques que se estén
          llenando. Durante el "llenado hasta el tope" de los tanques, se
          aminorará el régimen de alimentación y se advertirá con
          suficiente antelación a los abastecedores de que es menester
          reducir dicho régimen durante esas operaciones.
           Los tanques de hidrocarburos de doble fondo se "llenarán hasta
          el tope" por gravedad solamente desde los tanques profundos, en
          los casos en que ello sea posible. No se cerrarán las válvulas
          de llenado de las tuberías de hidrocarburo del buque hasta que
          se haya parado las bombas de alimentación, cerrado las válvulas
          y vaciado los conductos flexibles;
     2)   Se deberán observar estrictamente las instrucciones pertinentes
          relativas a la utilización y mantenimiento de los conductos
          flexibles, a fin de evitar se ocasionen daños a los mismos que
          causen derrames.

2.04 Al concluir las operaciones de toma de combustible, luego de haberse
     vaciado los conductos flexibles, habrá que cerciorarse de que haya
     colocado la bandeja de recogida de derrames debajo del acoplamiento
     del conducto flexible en la estación de toma de combustible;
     seguidamente se deberá quitar las bridas y colocar una brida de
     obturación en la extremidad de la tubería de llenado en la estación
     de toma de combustible. Se cerrarán de modo que queden estancas todas
     las válvulas de las tuberías de combustible de llenado de los
     tanques, y se verificarán por última vez los sondeos de todos los
     tanques de combustible líquido.

C.   TRASVASE DE COMBUSTIBLE LIQUIDO DENTRO DEL PROPIO BUQUE.

2.05 Cuando se trasvase combustible líquido dentro del propio buque, por
     ejemplo, de los tanques de combustible a los tanques de
     sedimentación, se verificará que toda válvula de descarga en el mar
     de la bomba de trasvase de combustible líquido, esté adecuadamente
     cerrada y protegida contra cualquier descarga accidental. Cuando no
     se utilice la tubería ésta deberá estar provista constantemente de
     una brida de obturación.

2.06 Se observarán las precauciones relativas a los tubos de aireación
     enumeradas en 2.02, inciso 3. El Oficial maquinista encargado del
     trasvase de hidrocarburos se cerciorará de que los tubos de rebose,
     si los hubiere, estén limpios y en buen estado de funcionamiento.
      Mientras se ejecutan las operaciones de trasvase se efectuarán
     sondeos frecuentes del nivel de los hidrocarburos o de la capacidad
     disponible de los tanques.

D.   LASTRADO Y DESLASTRADO DE LOS TANQUES UTILIZADOS ALTERNATIVAMENTE
     PARA COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y PARA AGUA DE LASTRE.

2.07 De ser posible, se evitará la utilización de los tanques de
     hidrocarburos para el transporte de agua de lastra. Si se precisa
     hacerlo, se tomarán las siguientes precauciones:

     1)   Durante el lastrado de los tanques de doble aplicación se
          tomarán las precauciones necesarias para impedir que los
          hidrocarburos refluyan hacia el mar. A este efecto, cuando se
          utilice una bomba centrífuga, se pondrá en marcha la bomba antes
          de abrir la válvula que dé al mar, abriéndose todas las válvulas
          maestras pertinentes situadas a lo largo de la tubería de
          lastre, antes de abrir la válvula del colector del tanque;

     2)   Se harán sondeos de todos los tanques para cerciorarse de que
          sólo reciben agua los tanques destinados a servir de tanques de
          lastre. Cuando se desborde el agua de estos tanques, es casi
          seguro que estará contaminada por hidrocarburos y susceptible
          de causar contaminación; por lo tanto durante el lastrado de los
          tanques que hayan contenido hidrocarburos, se tomarán tantas
          precauciones como cuando se "llenen hasta el tope" los tanques
          durante la toma de combustible. Cuando se use una bomba
          centrífuga, una vez que se hayan llenado los tanques, se
          cerrarán las válvulas de llenado de los tanques de lastre antes
          de parar la bomba, con el fin de asegurarse de que no se
          produzca ningún reflujo de agua en las tuberías de lastre;

     3)   Durante el deslastrado de los tanques de doble aplicación, se
          deberá bombear el agua contaminada haciéndola pasar por un
          separador de agua e hidrocarburos, a fin de asegurarse que el
          contenido de hidrocarburos del agua que se descargue sea
          inferior a 100 partes por millón (100 ppm) de mezcla, de que
          el régimen instantáneo de descarga de hidrocarburos no pase
          de 60 litros por milla, de que el buque está en navegación y
          de que la descarga se efectúe fuera de las zonas de prohibición
          de vertimientos de hidrocarburos;

     4)   Se prohibe el empleo de detergentes para la limpieza de sentina
          y/o tanques de carga, si se proyecta efectuar la descarga de las
          aguas de limpieza pasándolas por un separador de agua de
          hidrocarburos;

     5)   Si un buque llega a puerto con el agua de lastre en los tanques
          de doble aplicación, este lastre se descargará por bombeo en las
          instalaciones de separación de agua e hidrocarburos del puerto,
          o en alguna otra instalación, con arreglo a las directivas
          dictadas por la autoridad marítima local.

E.   DESCARGA DE AGUAS DE SENTINA ACUMULADAS EN LOS ESPACIOS DE MAQUINAS.

2.08 Con arreglo a lo prescripto en el artículo VII del Convenio
     Internacional para Prevenir la Contaminación de las Aguas del Mar por
     Hidrocarburos de 1954, todo buque estará provisto de dispositivos que
     permitan evitar el escape de fuel-oil o de aceite diesel pesado,
     hacia las sentinas del espacio de máquinas. Se inspeccionarán
     regularmente estos dispositivos y toda acumulación de hidrocarburos
     se trasvasará a un tanque de combustible o de sedimentación antes de
     que los hidrocarburos acumulados puedan derramarse y unirse a las
     aguas de las sentinas ordinarias, si se trata de sentinas especiales
     para hidrocarburos y de trancaniles. En el caso de bandejas colocadas
     bajo de las bombas y cuyo contenido no afluya hacia las sentinas para
     residuos de hidrocarburos, estas bandejas se mantendrán en buen
     estado de limpieza para poder detectar inmediatamente cualquier fuga
     y subsanarla antes de que los hidrocarburos derramados afluyan hacia
     las sentinas ordinarias.

2.09 Asimismo, se deberá obrar con sumo cuidado para evitar que las aguas
     de las sentinas ordinarias del espacio de máquinas se desborden y
     afluyan hacia las sentinas para hidrocarburos y los trancaniles y
     ocasionan la contaminación de las aguas de las restantes sentinas
     ordinarias.

2.10 Se inspeccionarán regularmente todos los tubos de aceite a presión
     dentro de los espacios de máquinas y las tuberías de combustible
     líquido, de modo que sea posible detectar cuanto antes cualquier fuga
     que pueda ocasionar contaminación y tomar medidas oportunas.

2.11 Cuando un buque lleva aguas oleosas cuya descarga proyecta efectuar
     en un próximo puerto de escala, se deberá avisar con anticipación a
     dicho puerto y pedirle que tenga dispuestas las instalaciones de
     recepción necesarias.

2.12 Mientras el buque se encuentre en aguas situadas dentro de los
     límites de las zonas de prohibición de vertimiento de hidrocarburos o
     en puertos, no se bombeará, para descargarla en el mar, agua
     contaminada por hidrocarburos de cualquier tipo.

2.13 El agua contaminada por hidrocarburos que se haya acumulado en las
     sentinas de los espacios de máquinas, mientras que el buque se
     encuentra surto en puerto, se descargará antes de hacerse a la mar.
     En la cubierta habrá conexión para facilitar la descarga en las
     instalaciones de recepción de las aguas de sentina contaminadas que
     se hayan acumulado.

2.14 Si no se cuenta con instalaciones de recepción, las aguas se
     descargarán por bombeo en un tanque de almacenamiento adecuado, a fin
     de eliminarlas, haciéndolas pasar por un separador de agua e
     hidrocarburos cuando el buque se encuentre fuera de las zonas de
     prohibición de vertimiento de hidrocarburos, prestando la debida
     atención a los límites del contenido de hidrocarburos por encima de
     los cuales constituya infracción de descarga en el mar de aguas
     contaminadas por hidrocarburos.

2.15 Cuando se proceda al tratamiento del agua contaminada por
     hidrocarburos, haciéndola pasar por un separador de agua e
     hidrocarburos, se retendrán los residuos de hidrocarburos recuperados
     y se efectuará su trasvase a los tanques de combustible líquido o
     se almacenarán en espera de poderlos descargar en las instalaciones
     de recepción.

2.16 Se prohibe el empleo de detergentes para la limpieza de sentinas o
     tanques de carga, si se proyecta efectuar la descarga de las aguas
     de limpieza, pasándolas por un separador de aguas e hidrocarburos.

                              CAPITULO III

          Prescripciones Aplicables a los Buques Tanque

A.   GENERALIDADES.
3.01 Además de las precauciones enumeradas en 2.01, los buques tanque
     deben observar las que se indican a continuación:

     1)   Antes de llegar a puerto o a un terminal mar adentro un buque
          tanque para dejar o tomar cargamento, se verificará si la
          profundidad del agua, con marea baja, es suficiente para el
          calado del buque tanque con carga completa;
     2)   El terminal informará al Capitán con qué remolcadores y
          embarcaciones de amarre se cuenta para ayudarlo, de ser
          necesario, a ejecutar las maniobras de amarre del buque, así
          como de las estachas de amarre y accesorios que será menester
          disponga el buque tanque para la operación inicial de amarre.
          Se comunicará al Capitán cualquier característica especial del
          muelle o de la boya de amarre, cuyo conocimiento pueda
          contribuir a la seguridad del amarre del buque y se le
          informará también del Código de señales visuales o acústicas que
          se utilicen durante las operaciones de amarre; estas señales
          tendrán que se perfectamente comprendidas por todos los
          interesados, a pesar de las dificultades de orden lingüístico
          que ello pueda entrañar;
     3)   Antes de llegar al atracadero, se tendrán dispuestas todas las
          estachas de amarre, bozas de amarre y defensas, así como las
          guías y trincas necesarias. Habrá que tener presente que la
          altura de flotación de un buque tanque puede acusar una
          variación de varios metros después de efectuada la descarga del
          cargamento, y además, las variaciones del nivel de las aguas
          con la marea;
     4)   El Capitán y sus Oficiales deberán prestar suma atención a los
          efectos que puedan tener en las amarras de su propio buque
          las turbonadas repentinas, así como el paso, el amarre y la
          salida a la mar de otros buques que se encuentren en su
          inmediata proximidad;
     5)   Muchos buques tanques modernos están dotados de chigres de
          amarre de tensión automática y se deberá examinar la forma de
          utilizarlos con el personal del terminal. Cuando fuerzas
          externas, tales como el viento, la corriente o peso de buques,
          puedan afectar el buque, o bien, en caso de duda, se frenarán
          los chigres de amarre y se accionarán sus mandos manuales;
     6)   Todas las precauciones normales que deben tomarse para prevenir
          la contaminación durante las operaciones de amarre de un
          buque tanque a muelle, habrá también que tomarlas cuando el
          buque se encuentra amarrado a una boya flotante. Mientras el
          buque tanque se encuentra amarrado a una boya flotante es
          esencial la inspección frecuente y regular de los amarres y
          conductos flexibles de carga, no debiendo estos últimos estar
          sometidos a tensiones causadas por las amarras. Se efectuarán
          inspecciones frecuentes a partir de la roda para asegurarse de
          que el buque no haga contacto con la boya;
     7)   Cuando la manipulación de la carga se lleve a cabo durante las
          horas de oscuridad, se dispondrá de un sistema de alumbrado
          adecuado y seguro para iluminar las zonas de trabajo, la
          totalidad de la cubierta de carga y la superficie del mar
          próxima al buque, de modo que se pueda detectar a tiempo
          cualquier fuga o derrame.

B.   OPERACIONES DE CARGA.

3.02 Antes de que el buque tanque llegue al terminal, ya sea para atracar
     a un muelle o bien para su amarre a una boya flotante, se deberá
     observar el siguientes procedimiento general:

     1)   El Capitán informará al personal del terminal de las dimensiones
          del buque, de su asiento y calado a la llegada, así como el
          calado máximo después de recibir su plena carga. Les deberá dar
          detalles del colector de hidrocarburos y de la disposición
          general de los tanques de carga y de lastre. Comunicará al
          terminal dónde y qué cantidad de lastre se lleva y cuánto tiempo
          será menester para descargarlo; así como la cantidad de fangos
          hidrocarbúricos, si se tiene la intención de descargarlos.
          Indicará también el régimen máximo a que deberá efectuarse la
          carga y el régimen de "llenado hasta el tope" que sean
          apropiados para el buque que se trata, y se facilitarán detalles
          sobre el método de aireación de los tanques de carga que se
          tiene el propósito de utilizar;
     2)   El personal del terminal informará al buque tanque de las
          característica del cargamento que habrá de embarcar, de
          cualquier precaución especial que deba tomarse para la
          manipulación de la temperatura de carga estimada y de la
          cantidad o cantidades de carga designada para su embarque en el
          buque;
     3)   Sobre la base de la información intercambiada entre el terminal
          y el buque tanque se deberá concertar un plan de carga.
          Este plan especificará el régimen de carga y el régimen máximo
          de "llenado hasta el tope" que se hayan proyectado utilizar el
          orden que se seguirá en las operaciones de carga, la presión
          máxima admisible en los conductos flexibles o en los brazos de
          carga del buque en tierra y el sistema de aireación de los
          tanques. Se informará también al Capitán de cualquier
          restricción que la utilización de los brazos de carga pueda
          imponer en los movimientos del buque;
     4)   Habida cuenta de los acelerados ritmos de carga y de la
          distancia que puede separar el buque tanque del equipo de
          trasvase de los tanques en tierra, es esencial que entre el
          terminal y el buque tanque se establezca y acuerde, antes
          de comenzar las operaciones, un sistema eficaz de señales de
          control de las operaciones de manipulación de la carga;
     5)   El sistema estará dotado de un dispositivo de "interrupción de
          emergencia" y todo el personal interesado conocerá y comprenderá
          por la duración de las señales cuando se trata de interrupciones
          normales y de emergencia;
     6)   Se individualizará al responsable de hacer que cesen las
          operaciones de carga y la forma en que es preciso proceder y
          habrá que atenerse estrictamente a las decisiones que éste
          adopte.

3.03 Los preparativos pertinente a la carga a observar son los siguientes:

     1)   Se deberán cerrar de modo que queden estancas y afianzar todas
          las válvulas que den al mar y las válvulas de descarga en el
          mar de que estén provistas las tuberías de carga de
          hidrocarburos, o que sean susceptibles de conectarse a estas
          tuberías;
     2)   El oficial encargado de la carga se cerciorará de que han sido
          obturadas todas las conexiones destinadas a la carga que no se
          están utilizando. Se inspeccionarán todas las válvulas antes de
          utilizarlas para verificar si están bien limpias y en buen
          estado, y, de no ser así, se deberán limpiar y dejarlas en
          condiciones de funcionamiento;
     3)   Antes de que comience el embarque de la carga, el Oficial
          encargado de dirigir las operaciones y un representante del
          personal del terminal se cerciorarán de que se han efectuado
          las comprobaciones necesarias y de que se han tomado todas las
          medidas de seguridad pertinentes.
           Se recomienda emplear una lista de verificación convenida de
          las válvulas, tuberías y tanques empleados; a fin de asegurarse
          de que la operación no sólo se realizará de manera eficaz sino
          también de que quedará eliminado o reducido a proporciones
          insignificantes el riesgo de contaminación por hidrocarburos
          resultante;
     4)   Antes de efectuar la conexión de los conductos flexibles de
          carga, se procederá a su inspección con objeto de detectar
          cualquier posible defecto, abrasión, indicio de fuga o de
          fractura de compresión;
     5)   Los conductos flexibles con sumo cuidado se deberán siempre
          manejar y se procurará no arrastrarlos sobre cualquier
          superficie ni enrollarlos con objeto de evitar puedan tomar
          vuelta por efecto de torsión. Se instalarán dispositivos
          elevadores y sustentadores y se procurará que el radio de
          curvatura de los conductos flexibles no sea inferior al
          recomendado por el fabricante.
           Se tomarán también medidas para protegerlos de los daños que
          puedan ocasionar las vibraciones, pulsaciones, frotamiento o
          fricción contra el borde de la cubierta o la barandilla del
          buque o el choque contra la cubierta.

3.04 Durante las operaciones de carga se observarán las siguientes
     precauciones:

     1)   Después de haberse conectado al colector de carga del buque los
          conductos flexibles o los brazos de manipulación de la carga, se
          dará comienzo a la carga a un régimen lento, para cerciorarse de
          que todas las conexiones, conductos flexibles y brazos de carga
          han quedado estancos y exentos de fuga; que los hidrocarburos se
          están cargando solamente en los tanques que corresponde y que no
          está aumentando excesivamente la presión en los conductos
          flexibles y oleoductos. Cuando se tenga la certidumbre de que no
          hay fugas y de que el hidrocarburo se está trasvasando a los
          tanques apropiados, se podrá aumentar el régimen de carga,
          pasando al régimen máximo convenido entre los Oficiales del
          buque tanque y el personal del terminal;
     2)   Mientras se llevan a cabo las operaciones, el personal del buque
          y del terminar efectuarán, a intervalos regulares, una
          inspección cuidadosa con objeto de detectar cualquier fuga de
          hidrocarburos. El Oficial encargado de las operaciones de carga
          procurará que, en todo momento, haya un número suficiente de
          miembros de la tripulación destinados al servicio de guardia o
          disponibles para efectuar cualquier ajuste e inspección
          necesarios. Como la altura relativa del buque tanque con
          respecto al atracadero varía en función del flujo de la marea o
          de las operaciones de toma de carga, se harán los
          correspondientes ajustes en los conductos flexibles, a fin de
          evitar que éstos y sus conexiones estén sometidos a esfuerzos y
          para asegurarse de que el radio de curvatura de los codos que
          puedan formar los conductos flexibles sea en todo momento mayor
          que el valor mínimo especificado por el fabricante. Cuando se
          utilicen brazos de carga, se tendrá constantemente cuidado de
          que éstos no se entorpezcan mutuamente y que se puedan desplazar
          libremente siguiendo los movimientos del buque.
          Mientras se ejecute la operación de carga se inspeccionarán las
          amarras con objeto de cerciorarse de que estén suficientemente
          tensas para impedir que el buque se aparte del atracadero o que
          se desplace a lo largo de éste;
     3)   Si se produjera una fuga en un oleoducto, conducto flexible,
          acoplamiento articulado o junta giratoria de un brazo de carga,
          se interrumpirán inmediatamente las operaciones que realicen a
          través de esa conexión, se determinará su causa y rectificará el
          defecto;
     4)   Habida cuenta de que una de las causas se sobrepresión en los
          oleoductos es el cierre parcial o total de una válvula efectuado
          rápidamente, mientras el hidrocarburo fluye a gran velocidad; es
          muy importante obrar con sumo cuidado a fin de que, cuando se
          termine de llenar un tanque y se proceda a llenar otro a bordo
          del buque, se mantenga el flujo y la presión en la red de
          tuberías. Antes de cerrar las válvulas de los tanques que se
          están llenando, se abrirán las válvulas de llenado de los
          tanques que van a llenarse en secuencia. Al abrir las válvulas
          de mando manual, se procurará que no queden inmovilizadas en la
          posición de apertura. Cuando el colector está provisto de
          válvulas mecánicas, la velocidad de cierre es limitada y el
          Oficial encargado de las operaciones de carga consultará al
          representante del terminal con respecto al tiempo de cierre
          admisible de la válvula, a fin de tener la seguridad de que no
          cabe la posibilidad de que las presiones en los oleoductos
          aumenten excesivamente a causa del cierre de la válvula,
          mientras se pasa de un tanque a otro;
     5)   Mientras se lleva a cabo la carga de hidrocarburos se harán
          verificaciones frecuentes para cerciorarse de que no haya fugas
          de hidrocarburos en las cámaras de bombas ni en los coferdanes
          o en los tanques cuyo cargamento no haya proyectado.
           Durante las operaciones de carga también se inspeccionará a
          intervalos frecuentes el agua en torno al buque tanque, con
          objeto de asegurarse de que el caso no muestre ningún indicio de
          fuga, y asimismo, de que no hay derrames de hidrocarburos a
          través de las válvulas  que dan al mar, ni de las válvulas de
          descarga en el mar.
           Si bien todos los imbornales de cubierta tendrán que estar
          eficazmente obturados para evitar que el hidrocarburo derramado
          afluya al mar, se extraerá periódicamente toda acumulación de
          agua, por ejemplo agua de lluvia, y se volverán a colocar
          inmediatamente obturadores de los imbornales después de haber
          vaciado el agua;
     6)   Se harán sondeos a intervalos regulares, de la capacidad
          disponible de los tanques de carga, para determinar con
          exactitud la cantidad total de carga embarcada y para asegurarse
          de que estén cerradas las válvulas de los tanques que se hayan
          llenado. El Oficial encargado de la operación de carga cotejará
          entonces sus datos con la evaluación efectuada por el personal
          del terminal. Si es apreciable la diferencia entre las dos
          evaluaciones de la cantidad cargada, o si se baja la presión en
          los oleoductos de carga, se interrumpirán las operaciones de
          cargamento e inspeccionarán los oleoductos para verificar si hay
          fugas. Esta medida cobra especial importancia en el caso de los
          oleoductos submarinos;
     7)   Durante la carga, el régimen deberá siempre regularlo las bombas
          y/o válvulas del terminal.
           Los tanques se llenarán hasta su máxima cabida. Para "llenar
          hasta el tope" cada uno de los tanques, se cerrarán lentamente
          las válvulas de carga del tanque; antes de "llenar hasta el
          tope" el último o los últimos tanques, el Oficial encargado de
          la carga a bordo del buque tanque pedirá, en el momento
          oportuno, al personal del terminal o de la estación de bombeo
          que reduzca suficientemente el régimen de carga para que el
          personal del buque pueda fiscalizar eficazmente las últimas
          fases de la toma de carga;
     8)   Cuando sea preciso que el personal en tierra interrumpa las
          operaciones, el Oficial que esté a cargo de ellas lo notificará,
          con suficiente antelación, a la estación de bombeo. Cuando las
          bombas se hayan parado, se cerrarán las válvulas de los
          oleoductos en tierra y se vaciarán las tuberías antes de cerrar
          las válvulas del colector de carga. Se tendrá que dejar en cada
          tanque la capacidad disponible adecuada, que no deberá ser
          inferior a la mínima necesaria para el viaje proyectado.

3.05 Cuando concluyan las operaciones de carga se adoptarán las siguientes
     precauciones:

     1)   El Oficial encargado de las operaciones, tan pronto como sea
          posible, se cerciorará de que estén cerradas todas las válvulas
          del circuito de oleoductos de carga y de que todas las aberturas
          de los tanques de carga estén firmemente cerradas para una
          travesía por mar;
     2)   Antes de retirarlos del buque, se obturarán las extremidades de
          los conductos flexibles;
     3)   Se dispondrá en todo momento de materiales secos, tales como
          arena o un absorbente de hidrocarburos para tratar cualquier
          derrame que pueda ocurrir.

C.   OPERACIONES DE DESCARGA.

3.06 Antes de que el buque tanque llegue al terminal, ya sea para atracar
     a un muelle o bien para su amarre a una boya flotante, se deberá
     observar el siguiente procedimiento general:

     1)   El Capitán informará al personal del terminal de las dimensiones
          del buque tanque, de su asiento y de su calado. Les dará también
          detalles del colector de carga de hidrocarburos y de la
          disposición general de los tanques de carga, de lastre y de
          combustible. Asimismo, se informará el personal del terminal de
          la cantidad o cantidades de carga transportada, de la
          temperatura a que se ha efectuado su transporte y de otras
          características pertinentes; así como de las precauciones
          especiales que deben tomarse para su manipulación.
           También se comunicará al terminal si durante la travesía de que
          se trate, se ha utilizado el sistema de carga sobre residuos y
          se indicará la cantidad del cargamento de hidrocarburos que se
          transporte en los tanques de decantación, para que el terminal
          pueda, si lo desea, separar el contenido de este tanque; que lo
          constituirán aguas de lavado y residuos de hidrocarburos;
     2)   El Capitán verificará si se cuenta con remolcadores y
          embarcaciones de amarre para ayudar al buque, de ser necesario,
          a ejecutar las pertinentes maniobras y el amarre.
           El terminal informará al Capitán, de las estachas de amarre y
          accesorios de que será menester que disponga el buque tanque
          para la operación de amarre.
           Se comunicará al Capitán cualquier otra característica
          especial del muelle o de la boya de amarre, cuyo conocimiento
          pueda contribuir a la seguridad del amarre del buque y se le
          informará también del Código de señales visuales o acústicas
          que se utilicen durante las operaciones de amarre; estas señales
          deberán poder comprenderlas perfectamente todos los interesados,
          a pesar de las dificultades de orden lingüístico que ello pueda
          suponer;
     3)   Sobre la base de la información intercambiada entre el buque
          tanque y el terminal, se concertará un plan de descarga. Este
          plan especificará los regímenes máximos de descarga, la presión
          máxima admisible en los conductos flexibles o en los brazos de
          carga del buque en tierra y si se tendrá que proceder a la
          aireación o inertización de los tanques que se vacían.
           Al igual que en las operaciones de carga, es sumamente
          importante que se establezca de común acuerdo un sistema
          eficaz de señales de control que puedan comprenderlas todos los
          interesados;
     4)   El Oficial que tenga a su cargo el buque tanque le corresponderá
          tomar la decisión de interrumpir las operaciones de descarga si
          ocurre un empeoramiento de las condiciones meteorológicas y el
          buque se ve sometido a bruscos movimientos que puedan ocasionar
          la ruptura de los conductos flexibles o daños a los brazos de
          carga.

3.07 Los preparativos pertinente a la descarga a observar son los
     siguientes:

     1)   Se deberán inspeccionar, cerrar de modo que queden estancas y
          afianzas todas las válvulas de las tuberías de carga situadas en
          la cubierta que no se necesiten durante la descarga, así como
          las válvulas que den al mar de que estén provistas las tuberías
          de descarga del cargamento, o que sean susceptibles de
          conectarse a dichas tuberías. Siempre que sea posible, estas
          válvulas deberán obturarse. Se obturarán o aislarán los
          conductos de carga de popa que no se vayan a utilizar, quitando
          al efecto una brida de acoplamiento; se obturarán o aislarán,
          asimismo estos conductos por la parte delantera de los espacios
          de alojamiento de popa.
           Siempre que sea posible, también se obturarán las demás
          tuberías de carga que no se utilicen. Se inspeccionarán todas
          las válvulas antes de utilizarlas, para verificar si están en
          buen estado y de no ser así, se limpiarán y dejarán en
          condiciones de funcionamiento. Se verificarán las válvulas de
          desahogo en las bombas principales de carga y agotamiento y se
          regularán a una presión adecuada superior a la presión máxima de
          funcionamiento convenida entre el personal del terminal y el del
          buque tanque; a condición de que no se rebase la presión de
          funcionamiento para la cual se han calculado las tuberías;
     2)   El Oficial encargado de dirigir las operaciones de descarga y
          un representante del personal del terminal se cerciorarán de que
          se han realizado las verificaciones necesarias y de que se han
          tomado todas las medidas de seguridad pertinentes. Se examinarán
          los conductos flexibles de carga para detectar si tienen algún
          defecto y estos tendrán que manejarse con cuidado, procurando
          no arrastrarlos ni arrollarlos; para evitar la posibilidad de
          que sufran desperfectos. Se instalarán dispositivos elevadores y
          sustentadores y se procurará que el radio de curvatura que
          formen al doblarse los conductos flexibles no sea inferior al
          recomendado por el fabricante.
           Se tomaran también medidas para protegerlos de los daños
          resultantes de vibraciones, pulsaciones, frotamientos o fricción
          contra el borde de la cubierta o la barandilla del buque o del
          choque contra la cubierta.

3.08 Durante las operaciones de descarga se observarán las siguientes
     precauciones:

     1)   En todo momento, mientras las bombas de carga estén en marcha,
          se pondrán en funcionamiento los ventiladores aspirantes de la
          cámara de bombas para mantener bastante por debajo del límite
          inferior de explosión de cualquier concentración de gas
          resultante de fugas en las conexiones y prensa estopas;
     2)   Después de haber conectado los conductos flexibles o los brazos
          de carga al colector de carga del buque y de que el personal del
          terminal indique que está dispuesto a recibir el cargamento de
          hidrocarburos, se pondrá en marcha lentamente las bombas y se
          abrirán las válvulas de descarga del cargamento. Se deberá
          comprobar que todas las conexiones, conductos flexibles o brazos
          de carga y juntas giratorias hayan quedado estancos a los
          hidrocarburos y que estén exentos de fugas y asegurarse de que
          no esté aumentando excesivamente la presión en los conductos
          flexibles y oleoductos. Cuando se haya adquirido la certeza de
          que no hay ninguna fuga, se podrá aumentar gradualmente el
          régimen de descarga, pasando al régimen máximo convenido entre
          el Oficial encargado de la descarga del cargamento y el personal
          del terminal.
           Durante la transición al régimen máximo de descarga, se
          vigilará constantemente la presión de descarga, a fin de
          cerciorarse de que no sea excesiva la presión en los conductos
          flexibles de carga. Cuando se haya logrado el régimen de
          descarga y la presión que sea menester, se llevará a cabo una
          nueva verificación de todos los conductos flexibles, juntas o
          brazos de carga para asegurarse de que no se ha producido
          ninguna fuga. También se inspeccionarán las diversas tuberías y
          válvulas que se hayan obturado, así como el agua en torno al
          buque tanque, especialmente en la proximidad inmediata de las
          válvulas de descarga en el mar de la cámara de bombas; con
          objeto de cerciorarse de que no haya indicio alguno de fuga.
          Mientras se lleven a cabo las operaciones de descarga, el
          personal del buque y del terminal efectuarán, a intervalos
          regulares, una inspección detenida con objeto de detectar
          cualquier fuga de hidrocarburos.
           Si bien todos los imbornales de cubierta estarán eficazmente
          obturados para evitar que los hidrocarburos derramados afluyan
          al mar, habrá que extraer periódicamente toda acumulación de
          agua, por ejemplo, agua de lluvia y se volverán a colocar
          inmediatamente los obturadores de los imbornales después de
          vaciar el agua;
     3)   El Oficial encargado de las operaciones de carga procurará que,
          en todo momento, haya un número suficiente de miembros de la
          tripulación destinados al servicio de guardia o disponibles para
          efectuar cualquier ajuste e inspección necesarios. Se designará
          a un miembro de la tripulación del buque para que preste
          servicio de guardia permanente en la cubierta de carga.
           Cuando la altura relativa del buque tanque, con respecto al
          atracadero, varíe en función de las operaciones de descarga o
          del flujo y reflujo de la marea, se harán los oportunos ajustes
          en los conductos flexibles para evitar que tanto éstos como sus
          conexiones estén sometidos a esfuerzos, y para asegurarse de
          que el radio de curvatura de los codos que puedan formas los
          conductos flexibles sea en todo momento mayor que el valor
          mínimo especificado al respecto por el fabricante. Se vigilará
          constantemente que los brazos de carga puedan desplazarse
          libremente siguiendo los movimientos del buque y que éstos no
          se entorpezcan mutuamente. Mientras se realiza la operación de
          descarga de hidrocarburos, se mantendrán tensas las amarras para
          evitar que el buque se aparte del atracadero o se desplace a lo
          largo de éste, lo cual podría ejercer esfuerzos excesivos en los
          conductos flexibles o hacer que se rebasasen los líquidos
          admisibles de movimientos de los brazos de carga, lo que a su
          vez podría originar una ruptura de las tuberías o fuga
          importante en éstas;
     4)   Se harán sondeos a intervalos regulares, de la capacidad
          disponible de los tanques de carga para determinar la cantidad
          de cargamento descargado. El personal del terminal verificará
          asimismo la cantidad de hidrocarburos recibida, y el Oficial
          encargado de la operación cotejará los datos obtenidos de estos
          sondeos con el miembro del personal del terminal encargado de
          recibir los hidrocarburos. Si es apreciable la diferencia entre
          las dos evaluaciones, se interrumpirán las operaciones de
          descarga e inspeccionarán los conductos para verificar si hay
          fuga.
           También se interrumpirá la descarga del cargamento de
          producirse una disminución de la presión en los oleoductos de
          descarga, que no obedezca simplemente a que haya un tanque de
          carga vacío a bordo del buque.
           Estas precauciones cobran especial importancia en el caso de
          oleoductos submarinos;
     5)   Si se produjera una fuga en un oleoducto, conducto flexible,
          junta, acoplamiento articulado o junta giratoria de un brazo de
          carga, se interrumpirá inmediatamente la descarga de
          hidrocarburos efectuada a través de esa conexión se determinará
          su causa y se rectificará el defecto.
           Se vigilará la presión de descarga en las demás tuberías para
          cerciorarse de que no se ha producido ningún aumento excesivo de
          la presión;
     6)   El personal del buque estará siempre dispuesto a interrumpir
          inmediatamente la operación de descarga, enseguida de recibirse
          la señal apropiada dada por el personal en tierra;
     7)   Si, hacia el final de las operaciones de descarga, hubiese la
          más mínima posibilidad de que se produjera una contrapresión en
          las tuberías en tierra, que pudiera originar un reflujo de
          hidrocarburos desde la instalación en tierra hacia el buque, se
          aflojará la válvula del colector de carga hasta que pueda
          cerrarse rápidamente en el último momento, tan pronto como se
          paren las bombas de agotamiento.

3.09 Cuando concluyan las operaciones de descarga, el Oficial encargado
     se cerciorará de que estén cerradas todas las válvulas del circuito
     de oleoductos de carga y de que todos los tanques de carga
     pertinentes estén vacíos.
      Se enjuagarán todas las tuberías de descarga, preferentemente con un
     chorro de agua del mar, en especial si se cuenta con instalaciones en
     tierra para la recepción de estas aguas de enjuagado.

D.   OPERACIONES DE LASTRADO.

3.10 Ya sea durante la travesía, mientras el buque tanque lleva a bordo el
     cargamento, o bien en cuanto llegue al puerto o al terminal de
     descarga, se llevará a cabo una inspección interna de los tanques
     permanentes de lastre para comprobar si hay alguna fuga en los
     mamparos que separan los tanques de carga de los tanques de lastres o
     las tuberías de carga que pasen por los tanques de cargamento.
      Si hay una fuga o fugas, el Capitán informará al terminal de que
     cabe la posibilidad de que ésta tenga que recibir por la tubería de
     lastre una mezcla de agua con hidrocarburos procedente del tanque de
     lastre. Los tanques permanente de lastre se llenarán sirviéndose
     solamente de las bombas de lastre del buque y de los oleoductos que
     no se utilicen para los hidrocarburos.

3.11 Cuando se tenga la intención de lastrar los tanques de carga, al
     mismo tiempo que se lleva a cabo la descarga del cargamento, el
     Oficial encargado de las operaciones informará al personal del
     terminal de la hora aproximada en que se dará comienzo al lastrado.
     Se debe mantener una separación adecuada y eficaz entre el circuito
     de carga y el circuito de lastre. Cabe hacer notar que este método no
     será necesario en el caso de los buques tanques de lastre separado.

3.12 Antes de lastrar los tanques principales de carga, se purgarán todas
     las tuberías de carga y las tuberías elevadoras verticales, bombeando
     su contenido en tanques elegidos para este fin, que no se vayan a
     utilizar para el lastrado.

3.13 Se deberán cerrar los tanques de carga, colectores, conexiones de
     conductos flexibles y las válvulas de descarga de popa, y de ser
     posible, se obturarán las tuberías. Todas las bombas y tuberías que
     hayan de servir para el lastrado se enjuagarán con agua limpia de
     mar, la cual se descargará en uno de los tanques de carga destinados
     a la recepción del lastre.
      Cuando se enjuaguen las bombas y tuberías se procurará muy
     especialmente que los hidrocarburos no refluyan al mar a través de la
     válvula de toma de agua de mar. A este fin, se pondrán en
     funcionamiento las bombas de carga utilizadas para el lastrado, antes
     de abrir la válvula de toma de agua de mar; de modo que se forme un
     vacío absoluto en la tubería de aspiración.

3.14 Si se tiene el propósito de efectuar el lastrado por gravedad, se
     bombeará el lastre durante diez minutos aproximadamente, luego de
     haber abierto la válvula de toma de agua de mar, a fin de enjuagar
     todas las tuberías del fondo antes de valerse únicamente de la
     gravedad para hacer que fluya el agua.

3.15 Se comenzará lentamente el lastrado y se verificarán los tanques para
     cerciorarse de que el lastre se recibe en los tanques destinados a
     este fin. Cuando se "llenen hasta el tope" los tanques de carga con
     agua de lastre, se tomarán las mismas precauciones que cuando los
     tanques se "llenan hasta el tope" con hidrocarburos; puesto que toda
     el agua que se desborde estará contaminada por hidrocarburos, y
     susceptible de causar contaminación.

E.   OPERACION DE DESLASTRADO.

3.16 Sólo el lastre limpio se descargará en el mar en una terminal.

3.17 Cuando se tenga intención de descargar lastre, mientras el buque
     tanque esté atracado en un terminal de hidrocarburos, el Capitán
     deberá contar con el consentimiento previo del personal del
     terminal.

3.18 Cuando se tenga el propósito de efectuar simultáneamente la carga y
     el deslastrado, el Capitán se cerciorará de que las tuberías de
     hidrocarburos y de lastre estén lo suficientemente separadas para
     poder hacerlo, sin riesgo de contaminación por hidrocarburos.

F.   LAVADO DE LOS TANQUES EMPLEANDO AGUA DE MAR.

3.19 Durante las operaciones de limpieza de los tanques, las aguas de
     lavado no se descargarán directamente en el mar.

3.20 No se empleará el método que consiste en abrir las válvulas de toma
     de agua de mar en la cámara de bombas y dejar que el agua que se
     encuentra en el fondo de los tanques de decantación salga por
     gravitación, con objeto de dar cabida en el tanque a más aguas de
     lavado; ya que la utilización de este método constituye una de las
     causas de contaminación por hidrocarburos, por cuando no hay medio
     alguno que permita darse cuenta si se está formando una mancha de
     hidrocarburos en la estela del buque.

3.21 Si no se dispone de tiempo suficiente para dejar que el agua de
     decante de la mezcla de agua y de hidrocarburos, o si el buque tanque
     se encuentra en una zona prohibida, el contenido del tanque de
     decantación se bombeará por la borda en las instalaciones de
     recepción del puerto de carga o en el próximo puerto de escala.

3.22 No se descargarán en los tanques de decantación del cargamento, los
     fangos hidrocarbúricos resultantes de los purificadores de aceites
     lubricantes y fuel-oil, sino que se retendrán en depósito o tanques
     apropiados en espera de eliminarlos, ya sea quemándolos en las
     calderas del buque o bien descargándolos en las instalaciones de
     tierra.

G.   TRASVASE DE HIDROCARBUROS DEL CARGAMENTO.

3.23 En el caso de ser necesario proceder en el mar al trasvase de
     hidrocarburos del cargamento, se tomarán las siguientes precauciones:

     1)   Se cerrarán firmemente todas las válvulas u oleoductos que no se
          vayan a utilizar, y cuando sea posible, se obturarán las
          tuberías;
     2)   Se obturarán todos los imbornales de cubierta, para evitar que
          los hidrocarburos derramados afluyan al mar;
     3)   El trasvase se deberá empezar lentamente, y después de
          cerciorarse de que el hidrocarburo se está bombeando de los
          tanques apropiados para su trasvase a los tanques que
          corresponda, se podrá acelerar el ritmo de trasvase.
           Habrá que tener presente que el trasvase de hidrocarburos del
          cargamento de un buque tanque puede modificar el asiento del
          buque y ocasionar el rebose fuente de contaminación.

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