REGLAMENTO GENERAL PARA LA ESCUELA MILITAR DE AERONAUTICA
Aprobado/a por: Decreto Nº 450/984 de 11/10/1984 artículo 1.
Art. 22 Dispondrá la baja:
a) Dando cuenta
1) De Cadetes Aspirantes por razones de escolaridad, previstas
en los artículos 323 y 326.
2) De los Cadetes por razones de Aptitudes Militares o Aptitudes
Físicas previstas en el artículo 361.
3) De los Aspirantes por razones de Conducta en los artículos 358 y
361.
4) De los Aspirantes por razones de Aptitudes Militares o Aptitudes
Físicas previstas en el artículo 361.
b) Solicitando autorización al Comando General de la Fuerza
Aérea, de los Cadetes por razones de conducta previstas en los
artículos 358 y 351.
(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 226/989 de 16/05/1989 artículo 1.
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