REGLAMENTO GENERAL PARA LA ESCUELA MILITAR DE AERONAUTICA
Aprobado/a por: Decreto Nº 450/984 de 11/10/1984 artículo 1.
Art. 312. La nota obtenida por los alumnos en los exámenes Ordinarios y
de Reparación, serán tenidos en cuenta a fin de elevar la calificación
anual en la asignatura, en los casos que sea aplicable y al solo efecto
de la aprobación de la misma. En estos casos se promediará la nota anual
con la del Examen Ordinario (si ésta es mayor), para el período de
Reparación y similar procedimiento se hará con la nota de Reparación
para el examen Previo.
(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 226/989 de 16/05/1989 artículo 1.
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