Aprobado/a por: Decreto Nº 458/979 de 14/08/1979 artículo 1.
Reglamento sustituido por: Decreto Nº 128/983 de 26/04/1983.

CAPITULO I

1. Marco Jurídico

     1.1 Ley 10.757 Orgánica Militar.
     1.2 Decreto 571/973 (Organización del Ejército Nacional).
     1.3 Decreto 318/979 (Creación del Servicio de Bandas Militares
          del Ejército).

CAPITULO II

2. Objetivos.

     2.1 Asegurar la existencia y disponibilidad de instrumentos
         musicales y materiales docentes musicales en el Ejército.
     2.2 Apoyar al Ejército en instrucciones, paradas y desfiles,
         proveer un medio de relaciones públicas y recreación.
     2.3 Capacitar al personal de Bandas Militares del Ejército para
         el funcionamiento de Bandas, operando la Escuela de Músicos y
         asegurando la instrucción específica de las distintas Bandas
         Militares.
     2.4 Recomendar la política de mantenimiento y desarrollo de las
         Bandas Militares del Ejército.

CAPITULO III

3.Funciones.

     3.1 Mantener e incrementar la moral, mediante el empleo de Bandas
         Militares o alguno de sus elementos, en demostraciones, paradas
         y desfiles; actos recreativos, ejecución de canciones populares,
         folklóricas, instrucción musical y coral del personal.
     3.2 Contribuir a desarrollar una imagen prestigiosa del Ejército en
         la sociedad, mediante una presentación eficiente en aquellas
         misiones que a este fin le sean encomendadas.
     3.3 Fortalecer los patrones culturales musicales de la población.
     3.4 Determinar necesidades; obtener, almacenar, mantener,
         abastecer, distribuir y evacuar el instrumental y material
         docente de Bandas militares.
     3.5 Asesorar al Comandante en Jefe del Ejército y al Estado Mayor
         sobre las actividades y funciones relativas a su especialidad.
     3.6 Hacer recomendaciones para obtener y emplear el Personal de
         Bandas Militares y distribuirlo entre las distintas unidades.
     3.7 Preparar y supervisar programas y directivas de instrucción a
         las Unidades subordinadas a su mando, y ejercer supervisión
         técnica sobre las Bandas del Ejército.
     3.8 Operar la Escuela de Músicos del Ejército.
     3.9 Supervisar la colección, presentación y disposición del Archivo
         Musical del Ejército.
     3.1 Estimular la creación musical militar y folklórica por parte de
         los integrantes del Servicio.

CAPITULO IV

4.Organización.

     4.1 Descripción:

          El Servicio de Bandas Militares del Ejército cumplirá sus
          funciones por medio de la siguiente estructura:

     4.1.1    Dirección:

               4.1.1.1 Director.
               4.1.1.2 Subdirector y Habilitado.
               4.1.1.3 Subdirector-Técnico.
               4.1.1.4 Oficina de Inspección.

     4.1.2    Divisiones:

               4.1.2.1 División I (Personal y Administración).
               4.1.2.2 División II (Habilitación).
               4.1.2.3 División III (Técnica).
               4.1.2.4 División IV (Escuela de Músicos del Ejército).

     4.2 Organigrama:

          Anexo Nº 1.

CAPITULO V

5.Unidades Administrativas.

     5.1 Dirección (Director):

          Será ejercida por el Director y el Subdirector de conformidad
          con la distribución de competencias que a continuación se
          indican:

     5.1.1    El Director será de la jerarquía de Oficial Superior de
              arma combatiente.

               a.   Relaciones:

                    1) Es coordinado particularmente por el Ayudante
                       General y a través de los distintos Departamentos
                       del Estado Mayor Ejército, en lo referente a:
                       a) Departamento I
                          Política de efectivos;
                       b) Departamento III
                          Recomendaciones sobre la política de
                          mantenimiento y desarrollo de las Bandas
                          Militares.
                          Capacitación del personal de Bandas Militares e
                          instrucción de las Bandas Militares;
                       c) Departamento IV
                          Mantenimiento de la existencia y disponibilidad
                          de instrumentos y material musical docente;
                       d) Relaciones Públicas
                          Apoyo al Ejército en instrucciones, paradas,
                          desfiles, medio de relaciones públicas y
                          recreación.

                    2) Supervisa a:

                       Subdirector.
                       Ayudantía.
                       Oficina de Inspección.
                       Divisiones I, II, III, IV;

               b.   Funciones:

                    1) Dirigir, regular y fiscalizar las actividades del
                       Servicio y de las Bandas Militares del Ejército;
                    2) Asesorar al Comando General del Ejército en todo
                       lo relacionado con el cometido del Servicio;
                    3) Lograr la máxima eficiencia militar del personal
                       de Bandas Militares del Ejército;
                    4) Proponer al superior:
                       a) Proyectos para racionalizar el funcionamiento
                          del Servicio de Bandas Militares del Ejército;
                       b) Destinos del personal de Bandas Militares;
                       c) Ascensos dentro del escalafón de personal
                          subalterno de Bandas Militares;
                       d) Programas de apoyo en actividades de
                          relaciones públicas y recreación;

                    5) Establecer directivas que regulen las actividades
                       internas del Servicio y de las Bandas Militares del
                       Ejército;
                    6) Solicitar la asignación de relevos de acuerdo a las
                       necesidades previstas; fiscalizar la inversión de
                       los fondos presupuestales, rubros y otros ingresos
                       autorizados;
                    7) Ejercer toda otra función a asegurar la eficiencia
                       del Servicio.

     5.1.2    El Subdirector, será de la jerarquía Oficial Superior o
              Jefe de Arma combatiente.

               a.   Relaciones:

                    1) Depende de: Director;
                    2) Supervisa a: Ayudantía y Divisiones I y II;

               b.   Funciones:

                    1) Sustituir al Director en caso de ausencia del
                       mismo;
                    2) Secundar al Director en las actividades de
                       dirección, regulación y fiscalización del Servicio
                       y de las Bandas Militares del Ejército;
                    3) Ejercer funciones de coordinación entre los
                       distintos niveles y reparticiones operativos o
                       administrativos;
                    4) Dirigir y fiscalizar las actividades de personal
                       de Habilitación y Administración;
                    5) Centralizar la conducción del trámite
                       administrativo;
                    6) Realizar la calificación del personal del Servicio.

     5.1.3    El Subdirector Técnico, será de jerarquía Jefe del Servicio
              General de Bandas Militares en actividad.

               a.   Relaciones:


                    1) Depende de: Director;
                    2) Supervisa a: Oficina de Inspección y Divisiones III
                       y IV;

               b.   Funciones:

                    1) Ejercer funciones de coordinación entre los
                       distintos niveles y reparticiones técnicas;
                    2) Programar las Inspecciones de Bandas y Charangas;
                    3) Centralizar la conducción del trámite técnico;
                    4) Planificar y recomendar las necesidades en
                       instrumentos y material musical docente;
                    5) Planificar y regular las actividades de la Escuela
                       de Músicos del Ejército y la Instrucción de las
                       Bandas Militares del Ejército;
                    6) Planificar y recomendar la política de
                       mantenimiento y desarrollo de las Bandas Militares
                       del Ejército;
                    7) Recomendar la calificación técnica del personal del
                       Servicio.

     5.1.4    Oficina de Inspecciones: estará integrada por un Jefe del
              Servicio General de Bandas Militares y el personal que se
              le asigne:

               a.   Relaciones:

                    1) Depende de: Director y Subdirector Técnico;
                    2) Supervisa a: eficiencia técnico militar de
                       las distintas Bandas Militares del Ejército;

               b.   Funciones:

                    1) Inspeccionar las Bandas Militares del Ejército en:
                       eficiencia técnico militar, inventarios de
                       existencias y otras inspecciones que la Dirección
                       determine;
                    2) Recomendar el plan de Inspecciones del Servicio;
                    3) Realizar evaluaciones y estudios técnicos ordenados
                       por la Dirección del Servicio.

     5.2      Divisiones:

     5.2.1    División I (Personal y Administración)

               Estará integrada por un Jefe (BM) y el Personal que se le
               asigne:

               a.   Relaciones:
                    1) Depende de: Director y Subdirector;
               b.   Funciones:

                    1) Planificar la distribución del personal de Bandas
                       Militares del Ejército; llevar un registro completo
                       del mismo;
                    2) Planificar, coordinar y supervisar el apoyo al
                       Ejército en instrucciones, paradas, desfiles, y en
                       las actividades de relaciones públicas y
                       recreación;
                    3) Realizar y procesar todo el trámite administrativo:
                       entrada, salida, registro, archivo y distribución
                       interna de correspondencias;
                    4) Registro y control de existencias;
                    5) Mantener al día los Informes de Calificación y Hoja
                       de Servicios y Hechos;
                    6) Administración interna, abastecimiento,
                       mantenimiento, transporte, evacuaciones y varios,
                       excepto material técnico de Bandas Militares.

     5.2.2    División II (Habilitación)

              Será comandada por el Subdirector del Servicio en caso de
              ser de la jerarquía de Jefe o por un Jefe en caso de que
              la Subdirección sea ejercida por un Oficial Superior.

               a.   Relaciones:

                    1) Depende de: Director y Subdirector;

               b.   Funciones:

                    1) Programar, administrar y fiscalizar en materia
                       financiera y contable;
                    2) Planificar en coordinación con la Subdirección
                       Técnica, las necesidades en rubros presupuestales;
                    3) Intervenir en todo hecho económico relacionado con
                       las funciones del Servicio;
                    4) Registrar contablemente todos los movimientos de
                       fondos, títulos, valores, etc.

     5.2.3    División III (Técnica)

               Estará comandada por el Subdirector Técnico y el personal
               que se le asigne.

               a.   Relaciones:
                    1) Depende de: Director y Subdirector Técnico.
               b.   Funciones:

                    1) Planificar y recomendar sobre las necesidades de
                       instrumentos musicales y material técnico en
                       general;
                    2) Obtención, almacenamiento, distribución y
                       mantenimiento de instrumentos musicales y material
                       técnico y docente musical. (En coordinación con
                       la División II);
                    3) Instrumentar las obras musicales, a efectos de
                       unificar un repertorio adecuado a los distintos
                       niveles técnicos. Distribuir para su ejecución
                       obligatoria música instrumental, preferentemente de
                       carácter militar;
                    4) Llevar el archivo de: partituras y copias de música
                       militar; Himnos de las diferentes naciones del
                       mundo; obras de tipo selecto y popular; folklore
                       americano en especial folklore nacional. Mantener
                       el archivo de las fichas historiales de los
                       instrumentos y materiales de Banda;
                    5) Mantener el Registro del repertorio de las Bandas y
                       Charangas del Ejército;
                    6) En coordinación con el Departamento III del Estado
                       Mayor del Ejército, planificar la instrucción de
                       Bandas Militares del Ejército;
                    7) Colaborar con la oficina de inspecciones en el plan
                       de Inspecciones del Servicio;
                    8) Dirección y control del taller de reparaciones de
                       instrumentos y material musical.

     5.2.4    División IV (Escuela de Músicos del Ejército)

              Será dirigida por un Jefe del Servicio General de Bandas
              Militares y contará con tres oficiales de Bandas Militares
              que comandarán los Cursos de Personal Superior, Personal
              Subalterno y Aprendices respectivamente, y Personal
              Subalterno que se le asigne.

               a.   Relaciones:

                    1) Depende de: Director y Subdirector Técnico.
               b.   Funciones:

                    1) Formar, capacitar técnica y militarmente y
                       perfeccionar los músicos y maestros de Bandas
                       Militares;
                    2) Dictar cursos técnicos de pasaje de grado y de
                       especialización, que capaciten técnica y
                       artísticamente al personal superior de Bandas
                       Militares en el ejercicio de funciones futuras,
                       particularmente las correspondientes al grado
                       inmediato superior. Desarrollar y complementar los
                       conocimientos adquiridos, ajustándolos al avance de
                       nuevas técnicas;
                    3) Dictar Cursos de pasajes de grado y especialización
                       para Personal Subalterno (BM) que capacite técnica,
                       cultural, militar y artísticamente al Personal
                       Subalterno particularmente en vista a su desempeño
                       en el grado superior y en misiones de su
                       especialidad;
                    4) Dictar cursos de Aprendices, impartiendo
                       instrucción militar básica individual y formando
                       técnicamente al futuro músico militar.

CAPITULO VI

6.Disposiciones Generales.

     6.1      Organización interna:

     6.1.1    La Dirección del Servicio de Bandas Militares, está
              facultada para darse la organización interna que estime
              pertinente, dentro de las distintas reparticiones
              establecidas en la estructura orgánica del presente
              Reglamento.

     6.1.2    Las misiones específicas y responsabilidad particulares
              que la Dirección asigne dentro de su organización interna
              deberán estar en consonancia con las asignadas a las
              respectivas reparticiones.

     6.2      Varios:

     6.2.1    Las coordinaciones dispuestas en el capítulo IV, así como
              otras necesarias que puedan surgir del cumplimiento de la
              misión del Servicio podrán realizarse en forma directa ante
              los Departamentos correspondientes.

     6.2.2    Se autoriza el enlace directo entre el Servicio y Comandos
              de Unidades, que posean Bandas o Charangas Militares en
              todas las relaciones de Servicios mediante un canal
              técnico.


          ANEXO Nº 1 AL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL
                    SERVICIO DE BANDAS MILITARES DEL EJERCITO

                              "ORGANIGRAMA"


                              +-----------+
                              | DIRECCION |
                              +-----Â-----+
             +-------------Â--------Á------------Â---- --------+
             |SUB-DIRECTOR |                     |SUB-DIRECTOR |
             +-----Â-------+                     |  TECNICO    |
                   |                             +-----Â ------+
                   |                                   |
         +---------Á-----+                     +-------Á---------+
+--------Á-------+ +-----Á-------+         +---Á-----+      +----Á-------+
|        I       | |     II      |         |   III   |      |    IV      |
|   PERSONAL Y   | |HABILITACION |         | TECNICA |      | ESCUELA DE |
| ADMINISTRACION | +-------------+         +---------+      |   MUSICOS  |
+----------------+                                          +------------+
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