Aprobado/a por: Decreto Nº 489/003 de 19/11/2003.
                                Capítulo I.
                           Definiciones - Misiones.

1.1 Definición.

Artículo 1ro.: El Ejército Nacional constituye la rama de las Fuerzas 
Armadas organizada, equipada, instruida y entrenada para planificar, 
preparar, ejecutar y conducir los actos militares que imponga la Defensa 
Nacional en el ámbito terrestre, solo o en cooperación con los demás 
componentes de las Fuerzas Armadas (artículo 1ro. del Decreto-Ley 15.688 
de 2 de noviembre de 1984).
1.2 Marco Constitucional y Legal.
1.2.1 Al Presidente de la República actuando con el Ministro o Ministros 
respectivos o con el Consejo de Ministros corresponde:
1) La conservación del orden y tranquilidad en lo interior y la seguridad 
en lo exterior.
2) El Mando Superior de todas las Fuerzas Armadas (artículo 168 de la 
Constitución de la República).
1.2.2 Las Fuerzas Armadas tienen por cometido fundamental defender el 
honor, la independencia y la paz de la República, la integridad de su 
territorio, su Constitución y sus leyes, debiendo actuar siempre bajo el 
Mando Superior, del Presidente de la República en acuerdo con el Ministro 
respectivo, de conformidad con lo que establece el artículo 168, inciso 
2do. de la Constitución (artículo 2do. del Decreto-Ley 14.157 Orgánico de 
las Fuerzas Armadas de 21 de febrero de 1974, con la modificación dada 
por la Ley 15.808 de fecha 24 de abril de 1986).
1.3 Misiones.
1.3.1 Misión Fundamental.
Consiste en "defender la independencia, la paz y el honor de la 
República, la integridad de su territorio, su Constitución y sus leyes", 
en el ámbito de su jurisdicción.
1.3.2 Misión Subsidiaria.
Sin detrimento de su Misión Fundamental, el Ejército Nacional, deberá 
llevar a cabo aquellas actividades que, en beneficio de la sociedad, le 
sean asignadas por el Mando Superior de las Fuerzas Armadas pudiendo 
incluir entre otras apoyo a Planes de Desarrollo, Obras de Conveniencia 
Pública, Mantenimiento del Orden Público y Atención a los Servicios 
Esenciales.
1.4 Objetivos.
Los Objetivos del Ejército Nacional se dividen en Básicos y 
Complementarios:
1.4.1 Objetivos Básicos.
La Defensa de la República, en lo que concierne a su:
- Honor.
- Independencia.
- Integridad Territorial.
- Paz.
- Constitución.
- Leyes.
1.4.2 Objetivos Complementarios.
- Apoyar el Desarrollo económico y social.
- Cooperar en el Mantenimiento del Orden y tranquilidad del país.
1.5 Tareas.
Se derivan del marco legal existente, disposiciones del Mando Superior o 
son deducidas de la Misión asignada al Ejército Nacional. Se clasifican 
en esenciales y accesorias.
1.5.1 Esenciales.
Son aquellas que la Fuerza desarrolla en forma específica y que conllevan 
al cumplimiento de su Misión principal, debiendo orientar permanentemente 
el pensamiento y la acción de todo profesional militar. Se dividen en:
- Tareas Esenciales de la Defensa Militar Externa.
- Tareas Esenciales de la Defensa Militar Interna.
1.5.1.1 De la Defensa Militar Externa.
1.5.1.1.1 Desarrollar un Poder de Disuasión sustentable y creíble.
1.5.1.1.2 Conducir, junto a las demás ramas de las Fuerzas Armadas, la 
Defensa Militar del país en el ámbito de su jurisdicción, en caso de 
materializarse acciones en contra de nuestra soberanía Territorial.
1.5.1.1.3 Contribuir a la preservación de los Valores Nacionales.
1.5.1.2 De la Defensa Militar Interna.
1.5.1.2.1 Participar en Operaciones contra el Terrorismo Internacional.
1.5.1.2.2 Conducir Operaciones contra Movimientos Insurgentes.
1.5.2 Accesorias.
Son aquellas que la Fuerza realiza sin menoscabo de las Tareas 
Esenciales, actuando en beneficio de otros factores del Poder Nacional y 
que normalmente no revisten carácter permanente.
Las mismas incluyen:
1.5.2.1 Apoyar a la Política Exterior del Estado.
1.5.2.2 Cooperar en la conservación del orden y la tranquilidad en lo 
interior.
1.5.2.3 Contribuir en la preservación del Medio Ambiente.
1.5.2.4 Realizar o apoyar tareas de Acción Comunitaria y/o Acción 
Cívica.
1.5.2.5 Ejecutar operaciones de Protección Civil en el marco de los 
diferentes Sistemas Nacionales de Emergencias establecidos.
1.6 Acciones.
1.6.1 Que se derivan de las Tareas Esenciales de la Defensa Militar 
Externa.
1.6.1.1 Relacionadas con el desarrollo de un Poder de Disuasión 
sustentable y creíble:
1.6.1.1.1 Formular la doctrina, las tácticas, las normas y los 
procedimientos para la organización, equipamiento, instrucción, 
entrenamiento, administración, mantenimiento de la moral y empleo de la 
Fuerza.
1.6.1.1.2. Formular y ejecutar los planes de reclutamiento, movilización, 
organización, equipamiento, instrucción, entrenamiento, apoyo logístico y 
operaciones del Ejército, e intervenir en la formulación y ejecución de 
los similares que incumben a las Fuerzas Armadas en su conjunto.
1.6.1.1.3 Mantener un despliegue de Fuerzas que permita el cumplimiento 
de sus misiones.
1.6.1.1.4 Establecer y mantener un Sistema de Inteligencia y 
Contrainteligencia eficiente.
1.6.1.1.5 Propiciar una mayor cooperación hemisférica en todos los 
órdenes, particularmente en aquellos aspectos vinculados con la 
seguridad.
1.6.1.2 Relacionadas con la contribución a la preservación de los Valores 
Nacionales:
1.6.1.2.1 Constituir el soporte fundamental de la estructura del Estado, 
respaldando la forma democrática republicana de gobierno que la Nación ha 
adoptado constitucionalmente.
1.6.1.2.2 Cooperar junto a otras instituciones del Estado en el resguardo 
de los valores nacionales asociados a la identidad nacional.
1.6.1.2.3 Impulsar la permanente promoción de los valores que sustentan 
la conciencia colectiva nacional, constituyéndose en un verdadero factor 
de afianzamiento del patriotismo y trasmisor del "ser nacional" a las 
nuevas generaciones.
1.6.1.2.4 Consolidar a la Institución militar como una escuela de moral 
estoica, en la que la abnegación, el sacrificio, el desinterés, el honor 
y la ecuanimidad constituyen las cualidades básicas de su fin solidario.
1.6.1.3 Relacionadas con la conducción, junto a las demás ramas de las 
Fuerzas Armadas, de la Defensa Militar del país en el ámbito de su 
jurisdicción, en caso de materializarse una agresión de origen externo.
1.6.1.3.1 Ejecutar los actos militares que imponga la Seguridad y la 
Defensa Nacional, sólo o en cooperación con las demás ramas de las 
Fuerzas Armadas.
1.6.1.3.2 Integrar Comandos y Fuerzas Conjuntas o Combinadas, según las 
necesidades de la Defensa Nacional.
1.6.1.3.3 Planificar y ejecutar las operaciones de Defensa Civil del 
Territorio.
1.6.1.3.4 Conducir las Operaciones Estratégicas y Tácticas en forma 
independiente o en cooperación con otras Fuerzas, en el ámbito terrestre, 
necesarias a la Defensa Nacional.
1.6.2 Que se derivan de las Tareas Esenciales de la Defensa Militar 
Interna.
1.6.2.1 Relacionadas con la participación en Operaciones contra el 
Terrorismo Internacional:
1.6.2.1.1 Formular la doctrina, las tácticas, las normas y los 
procedimientos para la organización, equipamiento, instrucción y 
entrenamiento contra actividades terroristas.
1.6.2.1.2 Formular y ejecutar los procedimientos necesarios para el 
equipamiento, instrucción y empleo de medios especializados en la 
detección y desactivación de artefactos terroristas.
1.6.2.1.3 Planificar y ejecutar actividades antiterroristas sólo o en 
cooperación con las demás ramas de las Fuerzas Armadas u otros organismos 
del Estado.
1.6.2.1.4 Planificar y ejecutar las operaciones de Defensa Civil del 
Territorio necesarias a estas operaciones.
1.6.2.1.5 Promocionar una mayor cooperación con otros países, 
particularmente en el ámbito continental.
1.6.2.2 Relacionadas con la conducción de Operaciones contra Movimientos 
Insurgentes:
1.6.2.2.1 Fortalecer el frente interno reafirmando los valores 
republicano - democráticos.
1.6.2.2.2 Formular la doctrina, las tácticas, las normas y los 
procedimientos para la organización, equipamiento, instrucción y 
entrenamiento en este tipo de operaciones.
1.6.2.2.3 Conducir las acciones militares necesarias para la 
neutralización del movimiento insurgente, sólo o en cooperación con las 
demás ramas de las Fuerzas Armadas o Instituciones del Estado.
1.6.2.2.4 Planificar y ejecutar las operaciones de Defensa Civil del 
Territorio necesarias a estas operaciones.
1.6.2.2.5 Cooperar en evitar la internacionalización del conflicto.
1.6.3 Que se derivan de las Tareas Accesorias.
1.6.3.1 Relacionadas con el apoyo a la Política Exterior del Estado:
1.6.3.1.1 Participar en Operaciones Militares resultantes de la puesta en 
vigencia de Tratados Internacionales suscritos por la Nación.
1.6.3.1.2 Participar en Operaciones de Mantenimiento de la Paz bajo 
mandato de Naciones Unidas.
1.6.3.1.3 Integrar Fuerzas Multinacionales de Paz en cumplimiento de 
Tratados Internacionales suscritos por el país.
1.6.3.1.4 Participar en Misiones Antárticas.
1.6.3.1.5 Designar Agregados Militares en el exterior.
1.6.3.1.6 Mantener presencia en todo Foro Internacional que promueva 
medidas de Paz y de estabilidad internacional, desarrollando un nivel de 
alta capacitación y formación en los expertos militares en esta área.
1.6.3.1.7 Proseguir desarrollando la Escuela de Operaciones de Paz del 
Ejército con la finalidad de entrenar y capacitar adecuadamente al 
Personal Nacional militar y civil, y de países amigos que así lo 
soliciten, en el cumplimiento de este tipo de operaciones.
1.6.3.1.8 Propiciar la integración y cooperación militar a través de 
conferencias, seminarios, debates sobre materias de interés común, 
visitas, etc.
1.6.3.2 Relacionadas con la cooperación en la conservación del orden y la 
tranquilidad en lo interior:
1.6.3.2.1 Apoyar cuando así lo disponga el Mando Superior de las Fuerzas 
Armadas, a los organismos competentes, ante amenaza grave al orden 
interno.
1.6.3.2.2 Ejercer el contralor sobre la fabricación, comercialización, 
transporte, tenencia y empleo de armas, municiones y explosivos.
1.6.3.3 Relacionadas con la contribución en la preservación del Medio 
Ambiente:
1.6.3.3.1 Ejercer el control sobre la fabricación, comercialización, 
transporte, tenencia y empleo de sustancias peligrosas con fines bélicos, 
en el ámbito nacional.
1.6.3.3.2 Ejercer la administración, conservación, operación y 
mejoramiento de los parques nacionales y las áreas protegidas puestas 
bajo custodia de la Fuerza.
1.6.3.3.3 Fomentar la conciencia en el frente interno, de la 
trascendencia de la preservación del medio ambiente.
1.6.3.4 Relacionadas con la realización o apoyo a tareas de Acción 
Comunitaria y/o Acción Cívica:
1.6.3.4.1 Actuar con sus medios en apoyo a otros Organismos del Estado o 
Instituciones públicas y/o privadas, en las siguientes áreas:
- Salud.
- Educación.
- Alimentación.
- Información y recreación.
- Parques Nacionales.
- Obras Públicas.
- Otras.
1.6.3.5 Relacionadas con la ejecución de Operaciones de Protección Civil 
en el marco de los diferentes Sistemas Nacionales de Emergencia 
establecidos:
1.6.3.5.1 Planificar y ejecutar las acciones necesarias de Protección 
Civil en el marco de los diferentes Sistemas Nacionales de Emergencia 
establecidos, ante desastres provocados por fenómenos naturales o por la 
acción del hombre, que afecten en forma significativa y grave al Estado, 
sus habitantes, los bienes de los mismos o el medio ambiente, dentro del 
área jurisdiccional del Ejército.
                               Capítulo II.
                          Organización General.

2.1 Organización general de los medios del Ejército Nacional
2.1.1 La organización para tiempo de paz del Ejército Permanente 
comprende:
2.1.1.1 Las diferentes Armas que componen el Ejército Nacional: 
Infantería, Artillería, Caballería, Ingenieros y Comunicaciones.
2.1.1.2 Los Servicios del Ejército.
2.1.1.3 Los Institutos, Escuelas y Centros de Instrucción.
2.1.2 Organizaciones de las Armas.
2.1.2.1 Unidad Básica.
Es un Batallón de Infantería, Ingenieros o Comunicaciones, Regimiento de 
Caballería o Grupo de Artillería.
Se organizan a su vez en Sub-unidades (Compañía, Escuadrón o Batería, 
acorde al Arma) variando el número de éstas en relación a la capacidad 
deseada de la Unidad.
La naturaleza de la Unidad dentro de cada Arma estará determinada por el 
material asignado y/o de su misión.
Las Unidades Básicas podrán desdoblar en forma permanente o 
semipermanente sus medios en Destacamentos valor Sub-unidad, recibiendo 
la nominación de Compañía, Escuadrón o Batería según corresponda.
2.1.2.2 Brigada.
Es la agrupación de dos o más Unidades Básicas con excepción de 
Artillería, bajo un mismo Comando.
Las Brigadas de Infantería y Caballería constituyen una Gran Unidad 
Táctica con capacidad para recibir otras Unidades de Combate, Apoyo al 
Combate y de Servicios, pasando a constituir entonces una Gran Unidad 
Táctica Elemental.
2.1.2.3 Dos o más Unidades de Artillería organizadas bajo un mismo 
Comando, se le denomina con el nombre del Arma y el de la Gran Unidad a 
la que apoyan.
2.1.2.4 División de Ejército.
Es una Gran Unidad Táctica Operativa conformada por medios de Comando, un 
número variable de Brigadas o Unidades independientes de Infantería y 
Caballería, Unidades Básicas de Artillería (de Campaña y de Defensa 
Antiaérea) y de Ingenieros y elementos de Comunicaciones valor Compañía, 
así como medios administrativos y logísticos.
2.1.3 Servicios del Ejército.
2.1.3.1 Servicios Logísticos.
Son reparticiones de la organización militar que tienen por objeto 
satisfacer necesidades de ésta mediante obtención, administración y 
distribución de los recursos que son necesarios a la Fuerza para cumplir 
con sus misiones.
2.1.3.2 Servicios Administrativos.
Son reparticiones de la organización militar que cumplen tareas 
administrativas, no logísticas, necesarias a la Fuerza para el 
cumplimiento de las diferentes misiones encomendadas, así como las 
relacionadas al aumento del bienestar de las tropas.
2.1.4 Institutos de Enseñanza, Escuelas y Centros de Instrucción del 
Ejército.
2.1.4.1 Instituto.
Es el Centro de Enseñanza de mayor nivel en el Sistema de Enseñanza del 
Ejército que puede agrupar bajo un mismo Comando varias Escuelas, 
coordinando la labor docente y administrativa de las mismas.
2.1.4.2 Escuela.
Es el Centro de Enseñanza cuya finalidad es formar, capacitar o 
perfeccionar militarmente, buscando desarrollar en forma integral las 
aptitudes militares e inculcar valores profesionales y personales 
tendientes a preparar al individuo en su doble rol de militar y 
ciudadano. Cultiva y fomenta además investigaciones que le son 
pertinentes.
Asimismo, se denominará Escuela a aquel Centro de Enseñanza que forma en 
especialidades de aplicación en el medio civil.
2.1.4.3 Sin perjuicio de las anteriores definiciones, la Escuela Militar 
y los Liceos Militares tendrán jerarquía de Instituto, dada la función 
que cumplen y su reconocimiento, tanto en el ámbito militar como en el 
medio civil, manteniendo por una razón histórica y legal (artículos 51 y 
siguientes del Decreto-Ley 15.688 de 30 de noviembre de 1984) su 
denominación de Escuela y Liceo respectivamente.
2.1.4.4 Centro de Instrucción.
Centro destinado a impartir instrucción sobre aspectos específicos de 
utilidad a la actividad militar.
Dentro de la Fuerza, constituye la repartición donde se desarrolla más 
integralmente una actividad de instrucción determinada y especializada, 
no pudiendo encarar aspectos de instrucción que corresponda a otro 
Instituto o a la instrucción que deba impartirse en las Unidades.
2.2 Organización Territorial.
2.2.1 Para tiempo de paz se divide el territorio nacional en cuatro 
Regiones Militares, a saber:
2.2.1.1 Región Militar Nro. 1 o del Sur: comprende los Departamentos de 
Montevideo y Canelones.
2.2.1.2 Región Militar Nro. 2 o del Oeste: comprende los Departamentos de 
San José, Colonia, Soriano, Flores, Durazno y Florida.
2.2.1.3 Región Militar Nro. 3 o del Norte: comprende los Departamentos de 
Artigas, Salto, Paysandú, Río Negro, Tacuarembó y Rivera.
2.2.1.4 Región Militar Nro. 4 o del Este: comprende los Departamentos de 
Maldonado, Lavalleja, Rocha, Treinta y Tres y Cerro Largo.
2.2.2 En tiempo de paz, cada Región Militar es asiento de una División de 
Ejército, que se numera acorde la Región Militar a la que pertenece.
2.3 Estructura Orgánica del Ejército Nacional.
2.3.1 Organización General.
2.3.2 El Ejército Nacional comprende:
2.3.2.1 El Comando General del Ejército integrado por órganos de Comando 
y Asesoramiento.
2.3.2.2 Las Divisiones de Ejército I, II, III y IV, las que dependen 
directamente del Comandante en Jefe del Ejército. Tienen a su cargo las 
misiones y tareas dispuestas por el Ejército dentro de la jurisdicción 
espacial asignada.
2.3.2.3 Unidades y Grandes Unidades de la Reserva General que dependen 
directamente del Comandante en Jefe del Ejército o se agruparán bajo un 
comando único subordinado al mismo cuando éste lo disponga. Tiene a su 
cargo las misiones y tareas dispuestas por el Ejército en las áreas y con 
la prioridad que se le asignen.
2.3.2.4 El Sistema de Enseñanza del Ejército conformado para asegurar la 
capacitación integral del Personal del Ejército en una adecuada 
complementación con el Sistema de Enseñanza Nacional.
Las relaciones funcionales del Comando de la Enseñanza del Ejército con 
los Institutos, Escuelas y Centros de Instrucción del Ejército que 
integran el Sistema de Enseñanza del Ejército, tendrán carácter técnico 
académico.
2.3.2.5 El Sistema de Apoyo Logístico del Ejército conformado por un 
conjunto de órganos coordinados que actúan en forma armónica, con la 
finalidad de asegurar el abastecimiento, mantenimiento, evacuación y 
transporte de todo aquello necesario para el cumplimiento de la misión 
del Ejército. Integra técnicamente a su funcionamiento al Comando de 
Apoyo Logístico del Ejército y Servicios directamente dependientes del 
mismo, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ejército 
dependiente del Comando General del Ejército y a los Departamentos IV 
(Logística), Comunicaciones e Informática e Ingenieros dependientes del 
Estado Mayor del Ejército, y a las Brigadas de Ingenieros Nro. 1 y de 
Comunicaciones Nro. 1, en cuanto a la coordinación de sus funciones 
logísticas.
2.4 Estructura orgánica del Comando General del Ejército.
2.4.1 Organización.
2.4.2 Composición.
2.4.2.1 El Despacho del Comandante en Jefe del Ejército integrado por:
2.4.2.1.1 Estado Mayor Personal.
2.4.2.1.2 Secretaria General.
2.4.2.1.3 Ayudantía del Comandante en Jefe del Ejército.
2.4.2.1.4 La Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ejército 
(O.P.P.E.) que incluye al Cuerpo de Auditoría económico - financiera.
2.4.2.2 El Estado Mayor del Ejército que se compone de:
2.4.2.2.1 Jefatura del Estado Mayor del Ejército.
2.4.2.2.2 Estado Mayor Coordinador.
2.4.2.2.3 Estado Mayor Especialista.
2.4.2.2.4 Centro de Operaciones del Ejército.
2.4.2.2.5 Oficiales de Enlace.
2.4.2.3 Junta Asesora en materia Logística - Económica - Financiera del 
Ejército.
2.4.2.4 Organos de Calificación del Personal del Ejército.
2.4.2.4.1 Tribunal Superior de Ascensos y Recursos del Ejército.
2.4.2.4.2 Comisión Calificadora del Personal Superior de las Armas del 
Ejército.
2.4.2.4.3 Comisión Calificadora del Personal de Reserva.
2.4.2.4.4 Comisión Calificadora del Personal Superior de los Servicios 
del Ejército.
2.4.2.4.5 Comisión Calificadora de Oficiales de los Cuerpos Técnicos, 
Profesionales, Administrativos y Especializados del Ejército.
2.4.2.4.6 Comisión Calificadora de Suboficiales de las Armas y Servicios 
del Ejército.
2.4.2.4.7 Comisión Calificadora de Sargentos a Suboficiales Mayores de 
los Cuerpos Técnicos, Profesionales, Administrativos y Especializados del 
Ejército.
2.4.2.4.8 Tribunales de Calificación y Ascenso del Personal Civil y 
Equiparado del Programa "Ejército".
2.4.2.5 Inspecciones de las Armas, los que actúan como auxiliares 
inmediatos del Comandante en Jefe del Ejército en asuntos de sus 
respectivas Armas.
2.4.2.5.1 Inspección del Arma de Infantería.
2.4.2.5.2 Inspección del Arma de Artillería.
2.4.2.5.3 Inspección del Arma de Caballería.
2.4.2.5.4 Inspección del Arma de Ingenieros.
2.4.2.5.5 Inspección del Arma de Comunicaciones.
2.4.2.6 Dependen además disciplinaria y administrativamente del 
Comandante en Jefe del Ejército los siguientes Tribunales de Honor:
2.4.2.6.1 Tribunales Especiales de Honor:
a) Tribunal de Honor para Oficiales Generales.
b) Tribunal de Honor Nro. 1 para Oficiales Superiores.
c) Tribunal de Honor Nro. 2 para Oficiales Superiores.
2.4.2.6.2 Tribunales Generales de Honor:
a) Tribunal General de Honor Nro. 1.
b) Tribunal General de Honor Nro. 2.
c) Tribunal General de Honor Nro. 3.
2.4.2.7 Tropas del Cuartel General las que son coordinadas y accionadas a 
través del Estado Mayor del Ejército.
2.5 Estructura Orgánica de las Divisiones de Ejército.
2.5.1 Organización General.
2.5.2 Composición general.
2.5.2.1 Medios Divisionarios de Comando que comprenden:
2.5.2.1.1 Comando de División.
2.5.2.1.2 Estado Mayor Divisionario.
2.5.2.2 Tropas del Cuartel General.
2.5.2.3 Un número variable de Brigadas de Infantería y Caballería.
Si no existe el número suficiente de Unidades básicas de un Arma para 
conformar una Brigada, esta Unidad dependerá directamente del Comando 
Divisionario.
2.5.2.4 Un Grupo de Artillería de Campaña el que podrá contemplar en su 
organización, medios de Defensa Antiaérea de corto alcance hasta valor 
Batería.
2.5.2.5 Un Batallón de Ingenieros de Combate.
2.5.2.6 Medios de Comunicaciones hasta valor Compañía, acorde necesidades 
de enlace y coordinación de la División de Ejército.
2.5.2.7 Dependen además disciplinaria y administrativamente de los 
Comandantes de Divisiones de Ejército, los Tribunales de Honor 
Divisionarios respectivos.
2.5.3 Composición de las Divisiones de Ejército I, II, III y IV.
Acorde a los Anexos 1, 2, 3 y 4 respectivamente.
2.6 Estructura orgánica de la Reserva de Ejército.
2.6.1 Organización.
2.6.2 Composición.
2.6.2.1 La Reserva de Ejército se compone de Unidades Básicas de todas 
las Armas. Cuando haya dos o más Unidades de Infantería, Caballería, 
Ingenieros o Comunicaciones, se organizarán en Brigadas por Arma, y en el 
caso de Artillería se conformará una Artillería de Ejército.
2.6.2.2 Cuando el Comandante en Jefe lo disponga, se conformará un 
Comando de la Reserva General.
2.7 Estructura Orgánica del Sistema de Enseñanza del Ejército.
2.7.1 Organización.
Referencias:
S.E.E. - Sistema de Enseñanza del Ejército.
O.C.E.E. - Organo Coordinador de la Enseñanza del Ejército.
C.E.E.E. - Centro de Estudios Estratégicos del Ejército.
E.E.S. - Escuela de Estudios Superiores.
E.C.E.M.E. - Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército.
E.Ing.M - Escuela de Ingeniería Militar.
E.I.E. - Escuela de Idiomas del Ejército.
I.M.A.E. - Instituto Militar de las Armas y Especialidades.
E.A.E. - Escuela de las Armas del Ejército.
E.E.E. - Escuela de Especialidades del Ejército.
E.E.F.T.E. - Escuela de Educación Física y Tiro del Ejército.
E.M. - Escuela Militar.
E.Com.E. - Escuela de Comunicaciones del Ejército.
E.P.F.E. - Escuela de Paracaidistas y Fuerzas Especiales.
C.I.I. - Centro de Instrucción de Infantería.
C.I.A.C.A. - Centro de Instrucción de Artillería de Campaña y Antiaérea.
C.I.B.M. - Centro de Instrucción de Blindados y Mecanizados.
C.I.Ing. - Centro de Instrucción de Ingenieros.
C.I.L.E. - Centro de Instrucción de Logística del Ejército.
C.I.E.I.D.E. - Centro de Instrucción y Estudios Informáticos del 
Ejército.
C.I.I.E. - Centro de Instrucción de Inteligencia del Ejército.
2.7.2 Composición.
2.7.2.1 Dirección General del Sistema de Enseñanza del Ejército.
2.7.2.1.1 Es desempañada por un señor Oficial General dependiendo a tales 
efectos del Comandante en Jefe del Ejército, pudiendo ser concurrente con 
la Dirección del Organo Coordinador de la Enseñanza del Ejército.
2.7.2.1.2 Tiene por misión la conducción, coordinación y supervisión de 
todas las actividades académico - profesionales del Personal Superior y 
Personal Subalterno, siendo asesor principal del Comandante en Jefe del 
Ejército en los asuntos relativos a la Enseñanza en el Ejército en todos 
los niveles.
2.7.2.2. Organo Coordinador de la Enseñanza del Ejército.
2.7.2.2.1 Tiene por misión asesorar al Director General de la Enseñanza 
del Ejército en todos los asuntos relativos a la Enseñanza del Ejército.
2.7.2.2.2 Es dirigido por el Director General del Instituto Militar de 
Estudios Superiores.
2.7.2.3 Institutos.
2.7.2.3.1 Instituto Militar de Estudios Superiores que comprende el 
Centro de Estudios Estratégicos del Ejército, la Escuela de Estudios 
Superiores, la Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército, la Escuela 
de Ingeniería Militar y la Escuela de Idiomas del Ejército.
2.7.2.3.2 El Instituto Militar de las Armas y Especialidades que 
comprende la Escuela de las Armas del Ejército (Escuela de Capacitación y 
Perfeccionamiento de Oficiales y Escuela de Sub-Oficiales del Ejército), 
la Escuela de Especialidades del Ejército (Escuela de Músicos del 
Ejército, Escuela de Operaciones de Paz del Ejército, Escuela de 
Formación y Capacitación de Oficiales de Reserva y Escuela de 
Administración), la Escuela de Educación Física y Tiro del Ejército y la 
Escuela de Equitación del Ejército.
2.7.2.3.3 La Escuela Militar.
2.7.2.3.4 Liceos Militares.
2.7.2.4 Escuelas.
2.7.2.4.1 Las ya mencionadas, agrupadas en los Institutos.
2.7.2.4.2 Escuela de Comunicaciones del Ejército.
2.7.2.4.3 Escuela de Paracaidistas y Fuerzas Especiales.
2.7.2.5 Centros de Instrucción.
2.7.2.5.1 De las Armas del Ejército.
a) Centro de Instrucción de Infantería.
b) Centro de Instrucción de Artillería de Campaña y Antiaérea.
c) Centro de Instrucción de Blindados y Mecanizados.
d) Centro de Instrucción de Ingenieros.
2.7.2.5.2 Del Comando de Apoyo Logístico del Ejército.
a) Centro de Instrucción de Logística del Ejército.
2.7.2.5.3 Dependientes del Estado Mayor del Ejército.
a) Centro de Instrucción de Inteligencia del Ejército.
b) Centro de Instrucción y Estudios Informáticos del Ejército.
2.8 Estructura Orgánica del Sistema de Apoyo Logístico del Ejército.
2.8.1 Organización.
2.8.2 Composición.
2.8.2.1 Comando de Apoyo Logístico del Ejército.
2.8.2.1.1 Es ejercido por un Oficial General quien será el responsable 
del funcionamiento del Sistema de Apoyo Logístico del Ejército.
Actúa como escalón de comando intermedio entre el Comando General del 
Ejército y los Servicios que se encuentran bajo su dependencia.
2.8.2.2 Dependen del Comandante de Apoyo Logístico del Ejército.
2.8.2.2.1 Servicio de Intendencia de Ejército.
2.8.2.2.2 Servicio de Material y Armamento.
2.8.2.2.3 Servicio de Veterinaria y Remonta.
2.8.2.2.4 Servicio de Parques del Ejército.
2.8.2.2.5 Servicio Geográfico Militar.
2.8.2.2.6 Servicio de Cantinas Militares.
2.8.2.2.7 Servicio de Transporte del Ejército.
2.8.2.2.8 Servicio Sanitario del Ejército.

          ANEXO 1 "COMPOSICION DE LA DIVISION DE EJERCITO I" 
          ANEXO 2 "COMPOSICION DE LA DIVISION DE EJERCITO II" 
          ANEXO 3 "COMPOSICION DE LA DIVISION DE EJERCITO III"
          ANEXO 4 "COMPOSICION DE LA DIVISION DE EJERCITO IV"

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica:
      Decreto Nº 495/005 de 29/11/2005,
      Decreto Nº 489/003 de 19/11/2003.
Numeral 2.6.1 (Organigrama) se modifica/n por: Decreto Nº 495/005 de 
29/11/2005 artículo 3.
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