Aprobado/a por: Decreto Nº 511/993 de 24/11/1993 artículo 2.
                           CAPITULO III 

                      DISPOSICIONES GENERALES

   3.1. El Centro de Instrucción de Cooperación Aire-Superficie (CICAS)
dependerá de la Brigada Aérea II. 

   3.2. El Centro de Instrucción de Cooperación Aire-Superficie funcionará en la Sede de la Brigada Aérea II, utilizando sus instalaciones e
infraestructura administrativa. 

   3.3. El Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, dispondrá la emisión del
Manual de Organización y Funcionamiento del Centro de Instrucción de
Cooperación Aire-Superficie de la Fuerza Aérea, el cual desarrollará y
establecerá la Organización y determinará las normas y procedimientos de
funcionamiento que aseguren el cumplimiento de su misión.

(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 111/999 de 16/04/1999 artículo 1.
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