Aprobado/a por: Decreto Nº 626/979 de 06/11/1979 artículo 1.

CAPITULO I

Finalidad:

Artículo 1º. Establecer un sistema de Calificación y Ascenso para el
personal del Código Bf en la categoría del personal militar subalterno.

Alcance:
Artículo 2º. La presente Reglamentación comprende a todo el personal Bf
(militar) encuadrado en el artículo 55 de la ley 13.640, de 26 de
diciembre de 1967 y artículo 46 de la ley 13.737, de 9 de enero de 1969.

CAPITULO II

Normas:

Artículo 3º. Todo Oficial que tenga a su mando personal subalterno del
Código Bf deberá calificarlo numéricamente cada tres meses en las
aptitudes de "Conducta", "Capacidad", "Rendimiento" y anualmente en
"Capacidad Cultural".

Estas notas serán las siguientes:

1 Equivalente a Deficiente.
2 Equivalente a Regular.
3 Equivalente a Bueno.
4 Equivalente a Muy Bueno.
5 Equivalente a Sobresaliente.

 Para esta calificación se utilizarán los formularios especiales cuyos
modelos se adjuntan.
Art. 4º. La nota a discernir anualmente en "Capacidad Cultural" sólo
tendrá carácter informativo y no será tenida en cuenta para la obtención
de los promedios y notas finales a acordar.
Art. 5º. Los formularios a que se refiere la última parte del artículo
3º serán elevados al titular de la Dirección que corresponda para su
visación y conformidad, debiendo éste discernir nuevas notas o
confirmarlas.
Art. 6º. El estudio de los formularios de calificación corresponderá a
una Comisión que será presidida por un Jefe e integrada con los dos
Oficiales más antiguos y un Secretario de la jerarquía de personal
superior, designados por el Director General.
Art. 7º. Realizado el mencionado estudio, dicha Comisión confeccionará
y elevará a la Dirección General un listado del orden de precedencia para
cada Grado a los efectos de los ascensos correspondientes.
Art. 8º. A los efectos establecidos en los artículos anteriores, la
Comisión se reunirá entre el 15 y el 20 de diciembre de cada año, debiendo
finalizar su labor antes del 30 del mismo mes. Sus resoluciones quedarán
asentadas en actas.
Art. 9º. La antigüedad computable en meses en cada Grado, sólo será tenida
en cuenta en caso de puntajes similares a los efectos del ascenso.
Art. 10. Las calificaciones se otorgarán tomando los períodos del 1º de
diciembre al 30 de noviembre siguiente, no obstante, de haber vacantes,
los ascensos podrán realizarse tomando el último año calificado y el o los
trimestres siguientes.
Art. 12. Cuando el interesado entienda que la calificación y jerárquico
correspondiente dentro del plazo de notificarse desconforme  y presentar
el recurso de revocación y jerárquico correspondiente dentro del plazo de
5 (cinco) días de su notificación ante la Comisión Calificadora.
Art. 13. La Comisión Calificadora dejará constancia al fallar en los
recursos, si el recurrente recurrió o no con razón. En este último caso,
ello constituirá un antecedente desfavorable a ser tenido en cuenta como
elemento negativo importante en la aptitud de conducta en el informe de
calificación correspondiente.
Art. 14. En caso de que la Comisión Calificadora estime que al recurrente
le asiste razón, realizará sin más trámite las modificaciones a la
calificación, poniéndolo en conocimiento del interesado por el conducto
correspondiente.
Art. 15. En caso de que la Comisión Calificadora entienda que ha obrado
con malicia, elevará lo actuado al Director General para la aplicación de
la sanción disciplinaria que corresponda.
Art. 16. En caso de que el calificado o el Oficial bajo cuyas órdenes
directas actúa éste, cambie de destino antes del 30 de noviembre de cada
año, se dejará constancia en la Hoja de Servicios y Hechos,
confeccionándose una Hoja de Calificación Parcial por ese período,
notificándose el interesado.
Art. 17. El Oficial calificador que le corresponda calificar al 30 de
noviembre de cada año, tendrá en cuenta las calificaciones parciales para
confeccionar la calificación anual que será definitiva. Las calificaciones
parciales serán adjuntadas a la anual como antecedentes.


                             ANEXO I

                  DIRECCION GENERAL DE METEOROLOGIA
                              DEL URUGUAY

 Calificación del Personal perteneciente al Código Bf.

Nombre: .............................. Grado: ................

Especialidad: ........................

1a. Calificación  - Febrero de 19 .....

                                        Nota

               1          2         3        4
           +---------Â---------Â---------Â-------+
           |         |         |         |       |
           |         |         |         |       |
           +---------Á---------Á---------Á-------+

                                        ...........de febrero de 19 ....

                                        El Oficial Calificador:

                                        ................................

2a. Calificación - Mayo de 19 ......


                                        Nota

               1          2         3        4
           +---------Â---------Â---------Â-------+
           |         |         |         |       |
           |         |         |         |       |
           +---------Á---------Á---------Á-------+

                                        ...........de mayo de 19 ....

                                        El Oficial Calificador:

                                        ................................



3a. Calificación - Agosto de 19 ......


                                        Nota

               1          2         3        4
           +---------Â---------Â---------Â-------+
           |         |         |         |       |
           |         |         |         |       |
           +---------Á---------Á---------Á-------+

                                        ...........de agosto de 19 ......

                                        El Oficial Calificador:

                                        ................................

4a. Calificación - Noviembre de 19 ......


                                        Nota

               1          2         3        4
           +---------Â---------Â---------Â-------+
           |         |         |         |       |
           |         |         |         |       |
           +---------Á---------Á---------Á-------+

                                        ...........de noviembre de 19 ....

                                        El Oficial Calificador:

                                        ................................


Nota final del período 1-12-19...... al 30-11-19......

              +------+                                 +------+
Nota Final    |      |             Capacidad Cultural  |      |
              +------+                                 +------+


                    Montevideo, ........de ................ de 19 ....

                    El Oficial Calificador:

                    ...................................................

NOTIFICACION:

(Conforme)   (Desconforme) ............................................


                    Montevideo, ........de ................ de 19 ....


                                    .......................
                                        Grado y Firma

Informe del Director de ................................................


              +------+                                 +------+
Nota Final    |      |             Capacidad Cultural  |      |
              +------+                                 +------+


                    Montevideo, ........de ................ de 19 ....

Especificaciones:

1:   Conducta
2:   Capacidad
3:   Rendimiento
4:   Se obtiene dividiendo entre 3 las notas numéricas de los concepto de
     cada período trimestral calificado.

     La Nota Final, se obtiene dividiendo entre 4 las Notas de los 4
     períodos trimestrales calificados.

Antigüedad Computable en meses en el Grado, sólo para el caso de puntajes
similares a los efectos del ascenso:


               ...........................  meses

               Orden de Precedencia: ..................................

               Comisión Calificadora

                    Montevideo, ........de ................ de 19 ....

                                 ......................................

                                        ......................
                                             Presidente

......................
    Secretario
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