MODIFICACION AL REGLAMENTO GENERAL DE DISCIPLINA
Aprobado/a por: Decreto Nº 74/997 de 11/03/1997 artículo 1.
Artículo 1.- Agréguese al Cuadro de Facultades Disciplinarias, fijado en
el Anexo N° 1 del Decreto Nro. 516/985 de 25 de setiembre de 1985, lo siguiente:
d) Cargo: Sub Director General de Secretaría e Inspector Nacional de
Policía.
A quien puede sancionar: A todos los funcionarios.
Graduación: A rigor Simple
25 días 25 días
(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 516/985 de 25/09/1985 artículo 6
Anexo Nº 1.
Artículo 2.- Agrégase al Cuadro de Facultades Disciplinarias, fijado en
el Anexo N° 2 del Decreto nro. 516/985 de 25 de setiembre de 1985, lo siguiente:
d) Cargo: Sub director General de Secretaría; e Inspector Nacional de
Policía.
A quien puede sancionar: A todos los funcionarios.
Graduación: (Descuento de Sueldo por día).
Multa hasta 25 días
(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 516/985 de 25/09/1985 artículo 6
Anexo Nº 2.
Artículo 3.- A efectos de ordenar los Anexos Nros. 1 y 2 los Jefes de
Policía de ambos Cuadros figurarán con la letra e) y así en forma
sucesiva y decreciente para las otras jerarquías que allí se mencionan.
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