REGLAMENTO ORGANICO DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
Aprobado/a por: Decreto Nº 831/976 de 22/12/1976 artículo 1.
Artículo 30º. La Unidad Asesora de Promoción Industrial, tiene a su cargo
la ejecución del Programa "Organización Institucional de Servicios
Industriales" a efectos del cumplimiento de compromisos contraídos por el
Gobierno de la República por los Convenios con la Agencia para el
Desarrollo Internacional de los Estados Unidos de América, Convenio de
Préstamo AID; 528-TO26; Convenio de Préstamo BIRF 1176 - UR celebrado con
el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, lo establecido en el
Fondo de Financiamiento de Inversiones para el Desarrollo (Resolución del
Banco Central de 25 de noviembre de 1975); las necesidades de la Ley de
Promoción Industrial 14.178 y las exigencias de apoyo al Comité
Coordinador creado por decreto 839/975, de 6 de noviembre de 1975. A
dichos efectos la mencionada unidad desarrolla actividades en las
siguientes áreas de operación:
A) Análisis y evaluación de proyectos;
B) Supervisión y Control;
C) Promoción de Proyectos;
D) Desarrollo industrial y estudios económicos.
CAPITULO IV
DISPOSICIONES GENERALES
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